La Registraduría Nacional del Estado Civil publicó el calendario electoral para que los habitantes del municipio de Angostura, Antioquia, decidan democráticamente en las urnas el domingo 7 de julio si revocan o no el mandato de su actual alcalde municipal.

De acuerdo con el calendario electoral establecido, el jueves 20 de junio se designarán las Comisiones Escrutadoras, el viernes 21 de junio será la designación de los jurados de votación, el miércoles 26 de junio se publicarán las listas de los jurados de votación y el domingo 7 de julio se realizará la jornada de participación ciudadana y ese mismo día una vez se cierren las urnas inicia el escrutinio municipal y en caso de apelación, el martes 9 de julio comenzarán los escrutinios departamentales.

La iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde municipal de Angostura, José Miguel Vásquez Arango, del Partido Verde, radicada el lunes 18 de febrero, superó el mínimo de firmas requerido para convocar a las urnas, luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional.

Como resultado de la revisión de firmas se pudo establecer que de los 1.541 apoyos presentados por los promotores, 1.304 resultaron válidos. Para que la revocatoria prosperara se requerían 1.011 firmas válidas, correspondientes al 40% de los votos obtenidos por el actual alcalde, quien ganó con 2.527 votos en las pasadas elecciones de 2011.

Los 237 apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles, incompletos, repetidos, por pertenecer a municipios diferentes o por no estar inscritos en el Archivo Nacional de Identificación, ANI, entre otras razones.

Agotados los recursos de ley, el Registrador Municipal de Angostura, Antioquia, mediante Resolución 003 del 20 de mayo de 2013 fijó el domingo 7 de julio como fecha para que los habitantes de Angostura, Antioquia, acudan a las urnas.

De acuerdo con la Ley 741 de 2002, "procederá la revocatoria del mandato para gobernadores y alcaldes, al ser ésta aprobada en el pronunciamiento popular por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al cincuenta y cinco por ciento (55%) de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario".

Para que el mandato del actual alcalde sea revocado se requiere que en la jornada democrática que se convocó para el 7 de julio se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección de alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí. En la última elección de alcalde de Angostura, los votos válidos ascendieron a 4.459, razón por la cual el umbral de participación para que la revocatoria del alcalde prospere está en 2.452 sufragantes.

La solicitud de revocatoria de mandato del alcalde de Angostura fue radicada el 18 de febrero en la Registraduría Municipal por un grupo de ciudadanos entre los que se cuentan Gloria Patricia Mejía Henao, Jeisson Alejandro Castaño Piedrahíta, John Fredy Madrid Gómez, Hernán Darío Mora Lopera, Omar Florez y Margarita María Soto Misas.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

En lo corrido del año 2013, la Registraduría ha recibido 15 solicitudes de revocatoria de mandato de un alcalde municipal. Del total de las solicitudes de revocatoria radicadas este año, seis han prosperado, seis no alcanzaron el mínimo de firmas requerido para convocarlas y tres se encuentran en proceso de revisión. De las seis revocatorias que han prosperado, esta es la primera que será votada en las urnas.

Desde 1996 y hasta la fecha se han presentado ante la Registraduría Nacional del Estado Civil un total de 95 solicitudes para la revocatoria del mandato de diferentes mandatarios, de las cuales 49 no superaron la primera etapa de revisión de firmas y otras 37 superaron la revisión de firmas, fueron votadas y ninguna alcanzó el umbral mínimo necesario para revocar el mandato. Adicionalmente 3 se encuentran en proceso de revisión de firmas, 5 más en etapa de recursos y la de Angostura, Antioaquia, está pendiente de votación.

Revocatorias de mandato radicas en 2013

Lugar

Fecha de radicación

Nombre del Mandatario (a)

Partido o Movimiento Político que lo avala

Firmas presentadas

Mínimo de firmas requeridas

Firmas válidas

Firmas rechazadas

Mínimo de votantes para que la revocatoria proceda (55%)

Resultado

1. Santander, Contratación

14 de enero

Rubén Acuña Galeano

 

 

232

214

114

118

970

No Certificada

2. Santander, Contratación

28 de enero

Rubén Acuña Galeano

 

 

287

214

207

237

970

No Certificada

3. Antioquia, Angostura

18 de febrero

José Miguel Vásquez Arango

 

 

1.541

1.011

1.304

237

2.452

Certificada – En recurso de reposición y apelación

4. 
Bolívar, Achí

4 de marzo

Walter Salvador Villacob Hernández

 

 

1.995

1.552

1.634

361

5.344

Certificada – En notificación y recursos

5. 
Huila, Campoalegre

7 de marzo

Neyla Triviño Rojas

 

 

4.513

2.146

3.357

1.138

7.558

No certificada. -En notificación y recursos

6. Antioquia, Vigía del Fuerte

8 de marzo

Miryam del Carmen Serna Martínez

 

 

503

440

417

86

1.631

No certificada – En notificación y recursos

7. Caquetá, Florencia

20 de marzo

María Susana Pórtela Lozada

 

 

15.736

8.421

11.349

4.387

30.756

Certificada – En notificación y recursos

8. Ponedera, Atlántico

22 de marzo

Hernando Julio Manotas Manotas

 

 

1.518

1.193

1.236

282

5.670

Certificada – En notificación y recursos

9. 
San Marcos, Sucre

3 de abril

Arnulfo Miguel Ortega López

 

 

5.005

2.630

2.773

2.232

13.157

Certificada – En notificación y recursos

10. Usiacurí, Atlántico

3 de abril

William Pastor Bresneider Alvear

 

 

757

561

426

331

2.303

No certificada – En notificación y recursos

11. 
Gómez Plata, Antioquia

4 de abril

Mario de Jesús Restrepo Pérez

 

 

612

508

467

145

2.851

No certificada – En notificación y recursos

12. Santiago, Putumayo

16 de abril

Tito Iván Barrera Ortega

 

 

670

386

574

96

1.762

Certificada – En notificación y recursos

13. 
Bogotá D.C.

18 de abril

Gustavo Francisco Petro Urrego

 

 

641.707

289.263

 

 

1.234.214

En revisión

14. 
La Sierra, Cauca

10 de mayo

Huver Ramos Estupiñán

 

 

1.101

 877

 

 

3.078

En revisión

15.
Santa Marta, Magdalena

21 de mayo

Carlos Eduardo Caicedo Omar

 

 

29.821

29.821

 

 

80.055

En revisión

Totales

 

 

 

705.998

338.360

23.858

9.650

1.392.771

 

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