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No se pueden presentar iniciativas populares legislativas y normativas sobre los siguientes temas:

  • Los que sean de iniciativa exclusiva del Gobierno, los gobernadores o los alcaldes.
  • Presupuestales, fiscales o tributarios.
  • Relaciones internacionales.
  • Concesión de amnistías o indultos.
  • Preservación y restablecimiento del orden público
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