
Registraduría certifica que las firmas entregadas para solicitar la revocatoria del alcalde de Contratación, Santander, superan el mínimo exigido
Jueves 15 de agosto de 2013 - Santander
Tras la revisión de firmas se concluyó que el número de apoyos entregados fue de 409, de los cuáles 311 fueron certificados como válidos |
– La Registraduría Municipal de Contratación expidió la resolución 004 del 12 de agosto de 2013 en la que aprueba “la solicitud de convocatoria a votaciones de revocatoria del alcalde municipal”, dando continuidad al proceso.
– El pasado 18 de julio Ana Milena Ardila Soler y un grupo de ciudadanos afirmaron haber entregado 32 folios con 410 apoyos.
Concluido el proceso de la revisión de las firmas radicadas el pasado 18 de julio para promover la revocatoria del alcalde de Contratación, la Registraduría Municipal de Contratación, expidió la Resolución 004 del 12 de agosto de 2013 en la que resuelve: “aprobar la solicitud de convocatoria a votaciones para la revocatoria de mandato del señor alcalde Rubén Acuña Galeano”.
La decisión fue tomada teniendo en cuenta el resultado de la revisión de apoyos efectuada por la Dirección Nacional de Censo Electoral. De acuerdo con la revisión, de las 409 firmas realmente radicadas 311 resultaron válidas, mientras que los 98 apoyos restantes fueron invalidados por pertenecer al censo de otro municipio, por no aparecer en el Archivo Nacional de Identificación ANI, por uniprocedencia grafológica, por datos incompletos y porque el número de cédula no corresponde al de los nombres y apellidos, entre varias de las razones.
El mandatario, Rubén Acuña Galeano,quien ganó las elecciones de autoridades locales de 2011 avalado por el Partido Social de Unidad Nacional, obtuvo un total de 535 votos válidos. Por tal motivo, para que la solicitud de revocatoria procediera y la Registraduría convocara a las urnas para decidir sobre la revocatoria de su mandato se requería que las firmas válidas superaran el 40% de la votación obtenida por el alcalde electo, cifra equivalente a 214 firmas.
Contra esta resolución proceden los recursos de reposición ante el Registrador Municipal de Contratación y el de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil en Santander, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Una vez superada la fase de interposición de recursos, si la Resolución 004 del 12 de agosto de 2013 queda en firme, la Registraduría procedería a convocar la jornada de votación en un plazo no mayor a 2 meses y publicaría el calendario electoral correspondiente.
Informe Revisión de firmas |
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Registros Recibidos |
409 |
Registros Válidos |
311 |
Registros inválidos |
398 |
Registro duplicados |
4 |
Folio propuesta diferente |
0 |
Folio fotocopia |
0 |
Encabezado incompleto |
0 |
Fecha no corresponde |
9 |
Renglón fotocopia |
0 |
Datos incompletos |
33 |
Dato ilegible |
10 |
Nombre no corresponde |
11 |
No está en censo de Contratación - Santander |
21 |
No está en censo Nacional |
2 |
No está en el Archivo Nacional de Identificación ANI |
2 |
Registros uniprocedentes (planas) |
6 |