La Registraduría remite la lista de los candidatos inscritos a la Procuraduría General de la Nación para que este organismo verifique si alguno de ellos eventualmente se encuentra incurso en una inhabilidad. Si lo está, será el Consejo Nacional Electoral el encargado de “decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones Públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad”.