Las firmas de respaldo para la solicitud del cabildo abierto sobre proyectos mineros en Pijao, Quindío, superaron el mínimo exigido para ser convocado

Lunes 15 de julio de 2013 - Quindío

La Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante Circular 138 del 10 de octubre de 2012, estableció el procedimiento que deben seguir los registradores para los cabildos abiertos.


 La solicitud de cabildo abierto sobre procesos megamineros en Pijao, fue presentada el jueves 11 de julio por Liliana Mónica Flórez Arcila.

 Como resultado de la revisión de firmas de respaldo para la solicitud de cabildo abierto en el municipio de Pijao, Quindío, se pudo establecer que de los 49 apoyos presentados por los solicitantes, 47 resultaron válidos.

Las firmas de respaldo para la solicitud de cabildo abierto sobre procesos megamineros en el municipio de Pijao, Quindío, superaron el mínimo exigido para convocarlo, luego de la revisión realizada por la Registraduría Municipal de Pijao.

Como resultado de la revisión de firmas de respaldo para la solicitud de cabildo abierto, el Registrador Municipal de Pijao, Harold Edward Lara Soto, expidió una certificación según la cual de los 49 apoyos presentados por los solicitantes, 47 resultaron válidos. Los dos apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles.

Para que la solicitud de cabildo abierto prosperara se requerían 30 apoyos válidos, correspondientes al 5 por mil del censo electoral del municipio, que es de 5.840 ciudadanos. 

Las firmas para solicitar el cabildo abierto fueron radicadas el 11 de julio de 2013, ante la Registraduría Municipal de Pijao por: Liliana Mónica Flórez Arcila, promotora del cabildo abierto.

Procedimiento para los cabildos abiertos
La Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante Circular 138 del 10 de octubre de 2012, estableció el procedimiento que deben seguir los registradores para los cabildos abiertos:

La Ley 134 de 1994 establece además le necesidad de presentar ante la secretaría del concejo municipal o la respectiva corporación, solicitud razonada, con no menos de quince días de anticipación a la fecha de iniciación del período de sesiones.

Cualquier asunto de interés para la comunidad, puede ser materia del cabildo abierto, excepto presentar proyectos de ordenanza, acuerdo o cualquier otro acto administrativo.

Cuando se trate de asuntos que afecten específicamente a una localidad, corregimiento o comuna, el cabildo abierto podrá sesionar en cualquier sitio de éste, con la presencia del respectivo concejo municipal o distrital, o la junta administradora local, según el caso.

En los procesos de convocatoria y celebración de los cabildos abiertos pueden participar las organizaciones civiles y todas las personas que tengan interés en el asunto.

Así mismo, durante la realización del cabildo, tendrán voz, el vocero de quienes solicitaron el cabildo abierto y quienes se inscriban a más tardar tres días antes de la realización del cabildo en la secretaría respectiva, quienes deben presentar un resumen escrito de su futura intervención.

A dichos cabildos pueden ser convocados funcionarios municipales o distritales, por solicitud de los promotores del cabildo o por iniciativa de los voceros, previa proposición aprobada por la corporación. Los funcionarios deben ser citados con cinco días de anticipación, para que concurran al cabildo y para que respondan, oralmente o por escrito, sobre hechos relacionados con el tema del cabildo. La desatención a la citación sin justa causa, será causal de mala conducta.

Terminado el cabildo, dentro de la semana siguiente, en audiencia pública a la cual serán invitados los voceros, el presidente de la respectiva corporación dará respuesta escrita y razonada a los planteamientos y solicitudes ciudadanas. Cuando se trate de un asunto relacionado con inversiones públicas municipales, distritales o locales, la respuesta deberá señalar el orden de prioridad de las mismas dentro del presupuesto y los planes correspondientes.

Con esta solicitud, ya son dos los cabildos abiertos que han sido convocados en el departamento del Quindío. El pasado viernes 14 de junio, la Registraduría Municipal de Montenegro recibió la solicitud de un cabildo abierto sobre los servicios públicos en el municipio.

Una vez efectuada la revisión de los apoyos, la Registradora Municipal de Montenegro, María Ofir Cuéllar Garaviz, expidió una certificación según la cual de los 373 apoyos presentados por los solicitantes, 297 resultaron válidos.

Para que la solicitud de cabildo abierto prosperara se requerían 155 apoyos válidos, correspondientes al 5 por mil del censo electoral del municipio, que es de 30.926 ciudadanos.

Por su parte, con relación al tema minero, este es el segundo mecanismo de participación ciudadana que se promueve en un municipio colombiano en lo corrido del año. La semana anterior La Registraduría Nacional publicó el calendario electoral para la consulta popular en Piedras, Tolima, que se desarrollará el domingo 28 de julio, en la cual los habitantes de dicho municipio deberán responder con “sí” o “no” a la pregunta: “Está de acuerdo, como habitante del municipio de Piedras, Tolima, que se realice en nuestra jurisdicción actividades de exploración, explotación, tratamiento, transformación, transporte, lavado de materiales, provenientes de las actividades de explotación minera aurífera a gran escala, almacenamiento y el empleo de materiales nocivos para la salud y el medio ambiente, de manera específica el cianuro y/o cualquier otra sustancia o material peligroso asociado a dichas actividades y se utilicen las aguas superficiales y subterráneas de nuestro municipio e dichos desarrollos o en cualquier otro de naturaleza similar que pueda afectar y/o limitar el abastecimiento de agua potable para el consumo humano, la vocación productiva tradicional y agrícola de nuestro municipio.”

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