Así avanzan las solicitudes de dos cabildos abiertos en los municipios de Norosí y Simití en el departamento de Bolívar

Miércoles 28 de agosto de 2013 - Bolívar

Cualquier asunto de interés para la comunidad, puede ser materia del cabildo abierto, excepto presentar proyectos de ordenanza, acuerdo o cualquier otro acto administrativo.


 Los resultados de la revisión de las firmas de apoyo de la solicitud de Cabildo Abierto en el municipio de Norosí, ya fueron notificados por el Registrador Municipal para su posterior convocatoria y celebración en el Concejo Municipal.

 Guillermo Gutiérrez García, presidente del Concejo Municipal de Simití radicó las firmas de respaldo del Cabildo Abierto sobre servicios públicos, medio ambiente, salud y educación en el municipio de Simití, el pasado viernes 23 de agosto de 2013.

Las firmas de respaldo para la solicitud de cabildo abierto en el municipio de Norosí, superaron el mínimo exigido para convocarlo, luego de la revisión realizada por la Registraduría Municipal de Norosí. Así mismo, en el municipio de Simití avanza el proceso de revisión de los apoyos presentados ante la Registraduría Municipal.

Cabildo en Simití
La Registraduría Municipal de Simití, comenzó el proceso de revisión de las firmas radicadas el pasado martes 23 de agosto ante la Entidad para solicitar un cabildo ante el Consejo Municipal de Simití.

La solicitud de cabildo abierto es una iniciativa para la socialización de los temas de salud, educación, medio ambiente y servicios públicos en el municipio, la cual fue presentada por Guillermo Gutiérrez García, presidente del Concejo Municipal, quien afirmó haber presentado 16 folios con 174 firmas.

De acuerdo con la Ley 134 de 1994, para que el Cabildo sea aprobado, tras la revisión de apoyos y la iniciativa pueda ser trasladada al concejo municipal, el número de firmas válidas debe ser superior al 5 por mil del Censo Electoral del municipio.

Cabildo en Norosí
Como resultado de la revisión de firmas de respaldo para la solicitud de cabildo abierto en el municipio de Norosí, se pudo establecer mediante certificación expedida por el Registrador Municipal, Feiber Uribe Oliveros, que de los 23 apoyos presentados por los promotores, 20 resultaron válidos.

Para que la solicitud de cabildo abierto prosperara se requerían 16 apoyos válidos, correspondientes al 5 por mil del censo del municipio, que es de 3.187 ciudadanos.

Los tres apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles, incompletos, repetidos, por pertenecer a municipios diferentes, por pérdida o suspensión de derechos políticos, o por no estar inscritos en el Archivo Nacional de Identificación, ANI, entre otras razones.

Las firmas de respaldo para la solicitud de cabildo abierto sobre la prestación de servicios públicos domiciliarios, ejecución rubro de regalías, vías y vivienda en el municipio, fueron radicadas el miércoles 14 de agosto de 2013 ante la Registraduría Municipal de Norosí, por el solicitante Ismael Jiménez Nájera.

Procedimiento para los cabildos abiertos

La Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante Circular 138 del 10 de octubre de 2012, estableció el procedimiento que deben seguir los registradores para los cabildos abiertos, así como la Ley 134 de 1994 establece además le necesidad de presentar ante la secretaría de la respectiva corporación la solicitud razonada, con no menos de quince días de anticipación a la fecha de iniciación del período de sesiones.

Cualquier asunto de interés para la comunidad, puede ser materia del cabildo abierto, excepto presentar proyectos de ordenanza, acuerdo o cualquier otro acto administrativo.

Cuando se trate de asuntos que afecten específicamente a una localidad, corregimiento o comuna, el cabildo abierto podrá sesionar en cualquier sitio de éste, con la presencia del respectivo concejo municipal o distrital, o la junta administradora local, según el caso.

En los procesos de convocatoria y celebración de los cabildos abiertos pueden participar las organizaciones civiles y todas las personas que tengan interés en el asunto.

Así mismo, durante la realización del cabildo, tendrán voz, el vocero de quienes solicitaron el cabildo abierto y quienes se inscriban a más tardar tres días antes de la realización del cabildo en la secretaría respectiva, quienes deben presentar un resumen escrito de su futura intervención.

A dichos cabildos pueden ser convocados funcionarios municipales o distritales, por solicitud de los promotores del cabildo o por iniciativa de los voceros, previa proposición aprobada por la corporación. Los funcionarios deben ser citados con cinco días de anticipación, para que concurran al cabildo y para que respondan, oralmente o por escrito, sobre hechos relacionados con el tema del cabildo. La desatención a la citación sin justa causa, será causal de mala conducta.

Terminado el cabildo, dentro de la semana siguiente, en audiencia pública a la cual serán invitados los voceros, el presidente de la respectiva corporación dará respuesta escrita y razonada a los planteamientos y solicitudes ciudadanas. Cuando se trate de un asunto relacionado con inversiones públicas municipales, distritales o locales, la respuesta deberá señalar el orden de prioridad de las mismas dentro del presupuesto y los planes correspondientes.

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