Registraduría certifica que las firmas para solicitar un cabildo abierto sobre vivienda en Puente Nacional, Santander, superan el mínimo exigido

Miércoles 26 de febrero de 2014 - Santander

La totalidad de los 310 apoyos efectivamente recibidos como respaldo para la realización del cabildo abierto fue validada. Se necesitaban como mínimo 60 apoyos para que la iniciativa prosperara.

La totalidad de los 310 apoyos efectivamente recibidos como respaldo para la realización del cabildo abierto fue validada. Se necesitaban como mínimo 60 apoyos para que la iniciativa prosperara.

La Registraduría Nacional confirma que las firmas de respaldo para la solicitud de un cabildo abierto en el municipio de Puente Nacional, Santander, sobre promoción de vivienda de interés social superaron el mínimo exigido para convocar la realización del mecanismo, luego de una revisión de firmas “una a una” realizada por la Registraduría Municipal de Puente Nacional.

Como resultado de la revisión de firmas de respaldo para la solicitud del cabildo abierto en Puente Nacional, se pudo establecer que la totalidad de los 310 apoyos presentados, fue validada de acuerdo a lo establecido por las normas vigentes.

Para que la solicitud de cabildo abierto prosperara se requerían 60 apoyos válidos, correspondientes al 5 por mil del censo del municipio, que es de 11.847 ciudadanos.

Una vez recibida la certificación sobre los números de apoyos y debido a que las firmas radicadas en la solicitud del cabildo superan el cinco por mil requerido, los ciudadanos que conforman el comité promotor deben acercarse al Consejo Municipal de Puente Nacional, que es la autoridad encargada de analizar la propuesta y solicitar que sea incluido el tema en la agenda de discusiones de la corporación para la exposición del tema a tratar, así como la deliberación del mismo.

En el proceso de convocatoria y celebración de los cabildos abiertos pueden participar las organizaciones civiles y todas las personas del municipio que tengan interés en el asunto. Así mismo, durante la realización del cabildo, tendrán voz, el vocero de quienes solicitaron el cabildo abierto y quienes se inscriban a más tardar tres días antes de la realización del cabildo en el Consejo Municipal, quienes deben presentar un resumen escrito de su futura intervención.

Procedimiento para los cabildos abiertos

La Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante Circular 138 del 10 de octubre de 2012, estableció el procedimiento que deben seguir los Registradores para los cabildos abiertos, así como la Ley 134 de 1994 establece además le necesidad de presentar ante la secretaría de la respectiva corporación la solicitud razonada, con no menos de quince días de anticipación a la fecha de iniciación del período de sesiones.

Cualquier asunto de interés para la comunidad, puede ser materia del cabildo abierto, excepto presentar proyectos de ordenanza, acuerdo o cualquier otro acto administrativo. Cuando se trate de asuntos que afecten específicamente a una localidad, corregimiento o comuna, el cabildo abierto podrá sesionar en cualquier sitio de éste, con la presencia del respectivo concejo municipal o distrital, o la junta administradora local, según el caso.

En los procesos de convocatoria y celebración de los cabildos abiertos pueden participar las organizaciones civiles y todas las personas que tengan interés en el asunto. Así mismo, durante la realización del cabildo, tendrán voz, el vocero de quienes solicitaron el cabildo abierto y quienes se inscriban a más tardar tres días antes de la realización del cabildo en la secretaría respectiva, quienes deben presentar un resumen escrito de su futura intervención.

A dichos cabildos pueden ser convocados funcionarios municipales o distritales, por solicitud de los promotores del cabildo o por iniciativa de los voceros, previa proposición aprobada por la corporación. Los funcionarios deben ser citados con cinco días de anticipación, para que concurran al cabildo y para que respondan, oralmente o por escrito, sobre hechos relacionados con el tema del cabildo. La desatención a la citación sin justa causa, será causal de mala conducta.

Terminado el cabildo, dentro de la semana siguiente, en audiencia pública a la cual serán invitados los voceros, el presidente de la respectiva corporación dará respuesta escrita y razonada a los planteamientos y solicitudes ciudadanas. Cuando se trate de un asunto relacionado con inversiones públicas municipales, distritales o locales, la respuesta deberá señalar el orden de prioridad de las mismas dentro del presupuesto y los planes correspondientes.

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