Habitantes de Angostura, Antioquia, decidieron en las urnas no revocarle el mandato a su actual alcalde municipal

Domingo 7 de julio de 2013 - Antioquia

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

 Escrutadas las 13 mesas de votación, los jurados realizaron el conteo que arrojó como resultado que 968 ciudadanos acudieron a las urnas, cifra inferior al umbral mínimo de 2.452 sufragios.

 De los 8.438 ciudadanos habilitados para votar, 968 ejercieron su derecho al voto, es decir un 11.47% del censo electoral, los cuales fueron plenamente identificados con 14 estaciones biométricas al ingreso del puesto de votación.

Los habitantes del municipio de Angostura, Antioquia, decidieron ayer en las urnas que su alcalde municipal, José Miguel Vásquez Arango, del Partido Verde, continuará con su cargo hasta diciembre de 2015, ya que la solicitud de revocatoria de mandato presentada por algunos ciudadanos no alcanzó en la urnas el caudal de votos exigidos.

La jornada se realizó en completa normalidad y escrutadas las 13 mesas de votación instaladas, los jurados realizaron el conteo que arrojó como resultado que 968 ciudadanos acudieron a las urnas, cifra inferior al umbral mínimo de 2.452 sufragios, requerido para que la revocatoria hubiese prosperado

En la elección del actual alcalde de Angostura celebrada en octubre de 2011 se registraron un total de 4.459 votos válidos. Para que la revocatoria votada fuera efectiva se requería la aprobación de la mitad más uno de los votos depositados este domingo, siempre que el número de sufragios no fuera inferior al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al actual alcalde, es decir que al menos debían participar 2.452 personas y que la mitad más uno vote por el sí. Los votos por el “si” o por el “no” o “voto en blanco”, contribuyen a que la iniciativa alcance el umbral.

De los 8.438 ciudadanos habilitados para votar, 968 ejercieron su derecho al voto, es decir un 11.47% del censo electoral, los cuales fueron plenamente identificados con 14 estaciones biométricas al ingreso del puesto de votación, donde se autenticaron las impresiones dactilares de todos los votantes. Las huellas dactilares fueron comparadas con las minucias ya almacenadas en la base de datos, en un proceso que tardó entre 20 y 25 segundos por sufragante, brindando agilidad y transparencia al proceso electoral, ya que se evitó el fraude por suplantación de jurados y votantes.

Desde 1996 y hasta la fecha se han presentado ante la Registraduría Nacional del Estado Civil un total de 100 solicitudes para la revocatoria del mandato de diferentes mandatarios, de las cuales 52 no superaron la primera etapa de revisión de firmas, 6 superaron la revisión de firmas y están en proceso de resolver recursos, 4 se encuentran en revisión de firmas y otras 38 llegaron a las urnas, incluyendo la de Angostura Antioquia, que se votó hoy domingo 7 de julio. Ninguna de las 38 revocatorias que ha llegado a las urnas ha prosperado porque aunque el voto por el “sí” haya sido mayoritario, no se ha alcanzado el umbral mínimo necesario para revocar el mandato, que equivale al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

Revocatoria de Mandato de Angostura, Antioquia

Concepto

Total votos

Votos por el “sí”

899

Votos por el “no”

18

Votos en blanco

5

Votos nulos

15

Tarjetas no marcadas

31

Gran total de Votos

968

Umbral

2.452

Potencial votante

8.438



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