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Sí, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1757 de 2015, el vocero de la iniciativa mediante un escrito motivado (fuerza mayor o caso fortuito) podrá solicitar ante el Consejo Nacional Electoral la prórroga del plazo, quien decidirá si lo otorga hasta por tres meses más o lo deniega mediante un acto administrativo.