Inscrita la propuesta de consulta popular de origen ciudadano, el Registrador dispondrá de quince (15) días para la elaboración y entrega de los formularios a los promotores y desde el momento en que lo haga ellos tendrán seis meses para recolectar las firmas de quienes apoyan la iniciativa. Este plazo podrá ser prorrogado en caso de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditado, hasta por tres meses más, en la forma y el tiempo que señale el Consejo Nacional Electoral.