Ciudadanos de Ponedera, Atlántico, radicaron por segunda vez ante la Registraduría firmas de respaldo para solicitar la revocatoria de mandato de su alcalde

Miércoles 24 de julio de 2013 - Atlántico

Se requiere que las firmas válidas entregadas sean al menos 1.193, cifra que equivale al 40% de la votación obtenida por el mandatario

 Los ciudadanos que radicaron las firmas afirmaron entregar 184 folios con 2.186 firmas de apoyo a la revocatoria de mandato.

Ciudadanos de Ponedera, Atlántico, radicaron el pasado 23 de julio ante la Registraduría Municipal un conjunto de firmas con las que aspiran a que se convoque a la ciudadanía a las urnas para decidir la revocatoria de mandato de su actual alcalde.

El actual mandatario, Hernando Julio Manotas Manotas, ganó las elecciones de autoridades locales de 2011 avalado por el Partido Cambio Radical. En esa jornada el alcalde obtuvo un total de 2.983 votos, razón por la cual se requiere que las firmas válidas entregadas sean al menos 1.193, cifra que equivale al 40% de la votación obtenida por la mandataria y que es requisito para que los ciudadanos de Ponedera sean convocados a las urnas para decidir sobre la revocatoria del mandato de su alcalde.
Los ciudadanos que radicaron esta solicitud afirmaron haber entregado 184 folios con 2.186 apoyos que respaldan la revocatoria de mandato.

El sustento de la iniciativa de revocatoria de acuerdo con la solicitud presentada es la insatisfacción general de la ciudadanía.

La Registraduría Municipal de Ponedera, remitió ayer martes 23 de julio de julio a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en Bogotá, los apoyos radicados para proceder a la revisión de las firmas, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, así como la Resolución 10840 del 19 de diciembre de 2012, expedidas por la Entidad.

La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral del municipio y realizar un análisis grafológico para comprobar que no hay “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un plazo de un mes a partir de la entrega de la documentación para entregar la correspondiente certificación. Este término se podrá prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del lugar.

Las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página Web http://www.registraduria.gov.co. El formulario debe incluir un encabezado en cada uno de los folios, que describa los fundamentos de la convocatoria a la revocatoria de mandato, por insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de gobierno, para que el ciudadano tenga pleno conocimiento de las razones por la cuales firma como apoyo. Además debe contener casillas para que los ciudadanos de su puño y letra, diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula, dirección y firma. La revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo.
Con fundamento en este informe, el Registradora Municipal de Ponedera expedirá una Resolución motivada por medio de la cual certificará si la solicitud cumple o no con los requisitos. Si la cantidad de firmas válidas supera el 40% de los votos obtenidos por el mandatario, la Registraduría de Ponedera, convocará a los ciudadanos para la votación de la revocatoria en dicho municipio, la cual debe efectuarse dentro de un término no superior a dos meses, contados a partir de la certificación expedida por la Entidad.
Contra esta resolución proceden los recursos de Reposición ante el Registrador Municipal del Estado Civil de Ponedera y el de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador en Atlántico, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Esta es la segunda vez que radican firmas de apoyo para la revocatoria de mandato del municipio de Ponedera, Atlántico en lo corrido del año. La primera vez que radicaron firmas fue el pasado 22 de marzo, los apoyos fueron certificados en primera instancia, pero los Delegados Departamentales del Registrador Nacional en Atlántico, al decidir el recurso de apelación, revocaron la decisión inicial.

De las 26 solicitudes de revocatoria presentadas ante la Registraduría Nacional en lo corrido del año hay 14 iniciativas que no superaron la fase de certificación de firmas. De las restantes, cinco se encuentran en revisión, cinco más han sido certificadas y están en fase de recursos, mientras que hay dos que han pasado a fase de votación: Angostura, Antioquia, votada el pasado 7 de julio, y Achí, Bolívar, que será votada el próximo 25 de agosto.

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