Ciudadanos de Oporapa, Huila radicaron ante la Registraduría Municipal firmas de respaldo para solicitar la revocatoria de mandato de su alcalde

Jueves 13 de junio de 2013 - Huila

Quienes desean promover la iniciativa de revocatoria de mandato deben diligenciar el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato

 El mandatario, Yamid Sterling Sánchez, ganó las elecciones de 2011 avalado por el Movimiento de Inclusión y Oportunidades. En esa jornada democrática el mandatario obtuvo un total de 2.079 votos.

 Esta es la décimo séptima solicitud de revocatoria de mandato de un alcalde municipal que recibe la Registraduría en lo corrido del año 2013.

Ciudadanos del municipio de Oporapa, Huila, radicaron el martes 11 de junio ante la Registraduría Municipal de Oporapa, un conjunto de firmas, con las cuales aspiran convocar a las urnas a la ciudadanía para que decida sobre la revocatoria de mandato de su actual alcalde.

El mandatario, Yamid Sterling Sánchez, ganó las elecciones del 30 de octubre de 2011 avalado por el Movimiento de Inclusión y Oportunidades. En esa jornada democrática el mandatario obtuvo un total de 2.079 votos, razón por la cual se requiere que las firmas válidas entregadas sean al menos 832, cifra que equivale al 40% de la votación obtenida por el alcalde para que los ciudadanos de Oporapa sean convocados a las urnas.

Esta es la décimo séptima solicitud de revocatoria de mandato de un alcalde municipal que recibe la Registraduría en lo corrido del año 2013. Del total de las solicitudes de revocatoria, 7 han prosperado, 7 no alcanzaron el mínimo de firmas requerido para convocarlas y 3 se encuentran en proceso de revisión.

La Registraduría Nacional, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, así como la Resolución 10840 del 19 de diciembre de 2012 y la Circular 174 del 19 de diciembre de 2012, expedidas por la Entidad, procederá a la revisión de las firmas radicadas en el municipio de Oporapa, Huila.

Los promotores de la revocatoria de mandato del alcalde de Oporapa, Huila, son Yanaleisi Vargas Ortiz, Carlos Guamanga, Francy Lorena Parra y Duverney Chavarro Leiton, quienes afirman haber entregado 63 folios que dicen contener 1.153 firmas. La Registraduría Municipal de Oporapa, remitió el mismo martes 11 de junio a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en Bogotá, los apoyos radicados para proceder a la revisión de las firmas.

La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral del municipio y realizar un análisis grafológico para comprobar que no hay “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un plazo de un mes contado a partir de la entrega de la documentación para entregar la correspondiente certificación. Este término se podrá prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del lugar.

Las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página web www.registraduria.gov.co. El formulario debe incluir un encabezado en cada uno de los folios, que describa los fundamentos de la convocatoria a la revocatoria de mandato, por insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de gobierno, para que el ciudadano tenga pleno conocimiento de las razones por la cuales firma como apoyo. Además debe contener casillas para que los ciudadanos de su puño y letra, diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula, dirección y firma. La revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo.

Con fundamento en este informe, el respectivo registrador expedirá una Resolución motivada por medio de la cual certificará si la solicitud cumple o no con los requisitos. Si la cantidad de firmas válidas supera el 40% de los votos obtenidos por el mandatario, la Registraduría de Oporapa, convocará a los ciudadanos para la votación de la revocatoria en dicho municipio, la cual debe efectuarse dentro de un término no superior a dos meses, contados a partir de la certificación expedida por la Entidad.

Contra esta resolución proceden los recursos de reposición ante el Registrador Municipal del Estado Civil de Oporapa y el de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil en Huila, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

De acuerdo con la Ley 741 de 2002 que modificó el artículo 69 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria es aprobada “por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

Revocatorias de mandato radicas en 2013

Lugar

Fecha de radicación

Nombre del Mandatario (a)

Partido o Movimiento Político que lo avala

Firmas presentadas

Mínimo de firmas requeridas

Firmas válidas

Firmas rechazadas

Mínimo de votantes para que la revocatoria proceda (55%)

Resultado

1. 
Santander, Contratación

14 de enero

Rubén Acuña Galeano

Partido Social de Unidad Nacional

232

214

114

118

970

No Certificada

2. 
Santander, Contratación

28 de enero

Rubén Acuña Galeano

Partido Social de Unidad Nacional

287

214

207

237

970

No Certificada

3. 
Antioquia, Angostura

18 de febrero

José Miguel Vásquez Arango

Partido Verde

1.541

1.011

1.304

237

2.452

Certificada – En recurso de reposición y apelación

4. 
Bolívar, Achí

4 de marzo

Walter Salvador Villacob Hernández

Partido Social de Unidad Nacional

1.995

1.552

1.634

361

5.344

Certificada – En notificación y recursos

5. 
Huila, Campoalegre

7 de marzo

Neyla Triviño Rojas

Coalición ASI- Verde

4.513

2.146

3.357

1.138

7.558

No certificada. -En notificación y recursos

6. 
Antioquia, Vigía del Fuerte

8 de marzo

Miryam del Carmen Serna Martínez

Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia

503

440

417

86

1.631

No certificada – En notificación y recursos

7. 
Caquetá, Florencia

20 de marzo

María Susana Pórtela Lozada

Partido Social de Unidad Nacional

15.736

8.421

11.349

4.387

30.756

Certificada – En notificación y recursos

8. 
Ponedera, Atlántico

22 de marzo

Hernando Julio Manotas Manotas

Partido Cambio Radical

1.518

1.193

1.236

282

5.670

Certificada – En notificación y recursos

9. 
San Marcos, Sucre

3 de abril

Arnulfo Miguel Ortega López

Partido Cambio Radical

5.005

2.630

2.773

2.232

13.157

Certificada – En notificación y recursos

10. 
Usiacurí, Atlántico

3 de abril

William Pastor Bresneider Alvear

Partido Liberal Colombiano

757

561

426

331

2.303

No certificada – En notificación y recursos

11. 
Gómez Plata, Antioquia

4 de abril

Mario de Jesús Restrepo Pérez

Partido Cambio Radical

612

508

467

145

2.851

No certificada – En notificación y recursos

12. 
Santiago, Putumayo

16 de abril

Tito Iván Barrera Ortega

Partido Conservador Colombiano

670

386

574

96

1.762

Certificada – En notificación y recursos

13. 
Bogotá D.C.

18 de abril

Gustavo Francisco Petro Urrego

Progresistas

641.707

289.263

357.250 

273.373

1.234.214

Certificada – En notificación y recursos

14. 
La Sierra, Cauca

10 de mayo

Huver Ramos Estupiñán

Partido de Unidad Nacional

1.101

 877

698 

400

3.078

No certificada – En notificación y recursos

15.
Santa Marta, Magdalena

21 de mayo

Carlos Eduardo Caicedo Omar

Partido Liberal Colombiano

29.821

29.821

 

 

80.055

En revisión

16. 
Usiacurí, Atlántico

24 de mayo

William Pastor Bresneider Alvear

Partido Liberal Colombiano

894

561

 

 

2.303

En revisión

17. 
Oporapa, Huila

11 de junio

Yamid Sterling Sánchez

Movimiento de Inclusión y Oportunidades

1.153

832

 

 

2.951

En revisión

Totales

 

 

 

707.151

339.753

23.858

283.423

1.398.025

 

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