Ciudadanos de La Sierra, Cauca, radicaron ante la Registraduría Municipal firmas de respaldo para solicitar la revocatoria de mandato de su alcalde

Miércoles 15 de mayo de 2013 - Cauca

Quienes desean promover la iniciativa de revocatoria de mandato deben diligenciar el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato

El mandatario Huver Ramos Estupiñán ganó las elecciones de 2011 avalado por el Partido Social de Unidad Nacional. En dichos comicios obtuvo un total de 2.193 votos válidos.

Los promotores de la revocatoria de mandato del alcalde de La Sierra, Cauca son Omar López Piamba, David Urbano Granda y William Eduardo Valencia Garzón, quienes afirmaron haber entregado 79 folios con 1.101 firmas.

Ciudadanos del municipio de La Sierra, Cauca radicaron el pasado viernes 10 de mayo ante la Registraduría Municipal de La Sierra, un conjunto de firmas, con las cuales aspiran convocar a las urnas a la ciudadanía para que decida sobre la revocatoria de mandato de su actual alcalde.

El mandatario, Huver Ramos Estupiñán, ganó las elecciones del 30 de octubre de 2011 avalado por el Partido Social de Unidad Nacional. En esa jornada democrática el mandatario obtuvo un total de 2.193 votos válidos, razón por la cual se requiere que las firmas válidas entregadas sean al menos 877, cifra que equivale al 40% de la votación obtenida por el alcalde para que los ciudadanos de La Sierra sean convocados a las urnas.

Esta es la décimo cuarta solicitud de revocatoria de mandato de un alcalde municipal que recibe la Registraduría en lo corrido del año 2013. Del total de las solicitudes de revocatoria, 6 han prosperado, 5 no alcanzaron el mínimo de firmas requerido para convocarlas y 3 se encuentran en proceso de revisión.

La Registraduría Nacional, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, así como la Resolución 10840 del 19 de diciembre de 2012 y la Circular 174 del 19 de diciembre de 2012, expedidas por la Entidad, ya está revisando las firmas radicadas en el municipio de La Sierra, Cauca.

Los promotores de la revocatoria de mandato del alcalde de La Sierra, Cauca, son Omar López Piamba, David Urbano Granda y William Eduardo Valencia Garzón, quienes afirman haber entregado 79 folios que dicen contener 1.101 firmas. La Registraduría Municipal de La Sierra, remitió el pasado lunes 10 de mayo a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en Bogotá, los apoyos radicados para proceder a la revisión de las firmas.

La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral del municipio y realizar un análisis grafológico para comprobar que no hay “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un plazo de 30 días contados a partir de la entrega de la documentación para entregar la correspondiente certificación. Este término se podrá prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del lugar.

Las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página web www.registraduria.gov.co. El formulario debe incluir un encabezado en cada uno de los folios, que describa los fundamentos de la convocatoria a la revocatoria de mandato, por insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de gobierno, para que el ciudadano tenga pleno conocimiento de las razones por la cuales firma como apoyo. Además debe contener casillas para que los ciudadanos de su puño y letra, diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula, dirección y firma. La revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo.

Con fundamento en este informe, el respectivo registrador expedirá una Resolución motivada por medio de la cual certificará si la solicitud cumple o no con los requisitos. Si la cantidad de firmas válidas supera el 40% de los votos obtenidos por el mandatario, la Registraduría de La Sierra, convocará a los ciudadanos para la votación de la revocatoria en dicho municipio, la cual debe efectuarse dentro de un término no superior a dos meses, contados a partir de la certificación expedida por la Entidad.

Contra esta resolución proceden los recursos de Reposición ante el Registrador Municipal del Estado Civil de La Sierra y el de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil en Cauca, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

De acuerdo con la Ley 741 de 2002 que modificó el artículo 69 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria es aprobada “por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

Revocatorias de mandato radicadas en 2013

Lugar

Fecha de radicación

Nombre del Mandatario (a)

Partido o Movimiento Político que lo avala

Mínimo de firmas requeridas

Firmas válidas

Mínimo de votantes para que la revocatoria proceda (55%)

Resultado

1. Santander, Contratación

14 de enero

Rubén Acuña Galeano

Partido Social de Unidad Nacional

214

114

970

No Certificada

2. Santander, Contratación

28 de enero

Rubén Acuña Galeano

Partido Social de Unidad Nacional

214

207

970

No Certificada

3. Antioquia, Angostura

18 de febrero

José Miguel Vásquez Arango

Partido Verde

1.011

1.304

2.452

Certificada – En recurso de reposición y apelación

4. Bolívar, Achí

4 de marzo

Walter Salvador Villacob Hernández

Partido Social de Unidad Nacional

1.552

1.634

5.344

Certificada – En notificación y recursos

5. Huila, Campoalegre

7 de marzo

Neyla Triviño Rojas

Coalición ASI- Verde

2.146

3.357

7.558

Certificada – En notificación y recursos

6. Antioquia, Vigía del Fuerte

8 de marzo

Miryam del Carmen Serna Martínez

Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia

440

417

1.631

No certificada – En notificación y recursos

7. Caquetá, Florencia

20 de marzo

María Susana Pórtela Lozada

Partido Social de Unidad Nacional

8.421

11.349

30.756

Certificada – En notificación y recursos

8. Ponedera, Atlántico

22 de marzo

Hernando Julio Manotas Manotas

Partido Cambio Radical

1.193

1.236

5.670

Certificada – En notificación y recursos

9. San Marcos, Sucre

3 de abril

Arnulfo Miguel Ortega López

Partido Cambio Radical

2.630

2.773

13.157

Certificada – En notificación y recursos

10. Usiacurí, Atlántico

3 de abril

William Pastor Bresneider Alvear

Partido Liberal Colombiano

561

426

2.303

No certificada – En notificación y recursos

11. Gómez Plata, Antioquia

4 de abril

Mario de Jesús Restrepo Pérez

Partido Cambio Radical

508

467

2.851

No certificada – En notificación y recursos

12. Santiago, Putumayo

16 de abril

Tito Iván Barrera Ortega

Partido Conservador Colombiano

386

 

1.762

En revisión

13. Bogotá D.C.

18 de abril

Gustavo Francisco Petro Urrego

Progresistas

289.263

 

1.234.214

En revisión

14. La Sierra, Cauca

1 de mayo

Huver Ramos Estupiñán

Partido Social de Unidad Nacional

877

 

 

En revisión

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