Así avanzan los preparativos para la elección atípica de alcalde de Altamira, Huila

Miércoles 11 de septiembre de 2013 - Huila

Ya son 24 las elecciones atípicas que han sido celebradas desde las elecciones de octubre de 2011.

 Ley 163 de 1994, “los nominadores o Jefes de personal que omitan relacionar los empleados o trabajadores aptos para ser nombrados como jurados de votación, serán sancionados…”.

 El plazo para el envío de los listados por parte de las empresas del municipio de Altamira, Huila, venció el viernes 6 de septiembre.

La Registraduría Nacional del Estado Civil realiza durante esta semana la depuración, validación y consolidación de las listas de los ciudadanos que serán designados como jurados de votación para la elección atípica de alcalde de Altamira, Huila, que se realizará el domingo 6 de octubre.

Todas las empresas públicas y privadas, así como las instituciones educativas y partidos y movimientos políticos de Altamira, Huila enviaron a la registraduría municipal los listados de ciudadanos que pueden ser elegidos como jurados de votación, para la elección de su alcalde, en el formato establecido para tal fin.

El plazo para el envío de los listados por parte de las empresas del municipio de Altamira, Huila, venció el viernes 6 de septiembre, el registrador municipal revisó la integridad de las plantillas y las ingresó al aplicativo de consolidación. Los archivos planos fueron enviados ayer martes 10 de septiembre, a la Delegación Departamental de Huila, con el fin de hacer una revisión y auditoria de los mismos.

La Delegación Departamental enviará los archivos que contienen las listas de los ciudadanos a la Dirección de Censo Electoral que los confrontará contra el Archivo Nacional de Identificación, ANI y el Censo Electoral. Las novedades que se presenten serán enviadas a la Delegación Departamental para organizar las bases y en los sitios donde se presenta un número inferior de ciudadanos al requerido para ejercer el cargo de jurados, incorporar los restantes para con estas realizar el sorteo.

La Registraduría con los listados procede a realizar la depuración, la validación, la consolidación y generar un solo archivo plano con toda la información, para realizar el sorteo de los jurados de votación.

De acuerdo con el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 163 de 1994, “los nominadores o Jefes de personal que omitan relacionar los empleados o trabajadores aptos para ser nombrados como jurados de votación, serán sancionados con la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos y, si no lo fueren, con multas equivalentes hasta de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil”.

Mediante el Decreto 1311 del 8 de agosto de 2013, el Gobernador de Huila, Carlos Mauricio Iriarte Barrios, convocó a elección atípica para elegir el alcalde de Altamira, Huila, el 6 de octubre de 2013. Con base en esta fecha la Registraduría elaboró el calendario electoral.

De acuerdo con el artículo 101 del Código Electoral, el viernes 20 de septiembre, se realizará el sorteo para escoger los ciudadanos que prestarán su servicio como jurados de votación durante los comicios.

El martes 24 de septiembre, vence el plazo para que los partidos y movimientos políticos realicen la modificación de los candidatos, en caso de muerte de algún aspirante.

El miércoles 25 de septiembre es la fecha establecida por el calendario electoral, para la postulación de los testigos electorales y su acreditación será el sábado 28 de septiembre, al día siguiente, es decir el domingo 29 de septiembre, deberá enviarse a la Dirección de Gestión Electoral, la resolución de testigos electorales

La elección atípica de alcalde de Altamira, Huila, se celebrará el domingo 6 de octubre de 8:00 am a 4:00 pm. Los escrutinios municipales iniciarán el mismo domingo 6 de octubre. Los escrutinios departamentales, en caso de apelación, comenzarán el martes 8 de octubre.

De acuerdo con el Decreto 1311 del 8 de agosto de 2013, suscrito por el Gobernador de Huila, Carlos Mauricio Iriarte Barrios, la elección de alcalde de Altamira, Huila, obedece a “Que mediante oficio No 1385-13 del 15 de julio de 2013, radicado en la oficina de correspondencia con el No 12040 del 15 de julio de 2013, el Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva-Huila, solicita suspender en el ejercicio del cargo de Alcalde Municipal de Altamira – Huila, a Luis Eduardo Soto Diaz, identificado con la cédula de ciudadanía número 4.888.338 de Altamira, con el fin de hacerle efectiva la pena impuesta de 48 meses de prisión, por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Garzón – Huila, impuesta por sentencia de fecha junio 13 de 2012.

Que el Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, informa que la pena impuesta al señor Luis Eduardo Soto Díaz, dentro de la actuación radicada bajo el No. 412983104002 2011-00728, del Juzgado Segunda Penal del Circuito de Garzón Huila, mediante sentencia calendada el 13 de junio de 2012, fue de cuarenta y ocho (48) meses de prisión, multa de 50 SMLMV, y la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, por el término de 5 años, al hallarlo responsable del punible de celebración de Contrato sin el cumplimiento de requisitos legales, decisión que fue confirmada por la Sala Segunda de Decisión Penal del Honorable Tribunal Superior de Neiva, mediante providencia calendada el 13 de noviembre de 2012, la que quedó ejecutada el 4 de junio de 2013.”

Luego de las elecciones de autoridades locales celebradas en octubre de 2011, ya son 24 las elecciones atípicas que han sido celebradas. Otras dos elecciones ya están programadas: la de alcalde de Venecia, Cundinamarca y la de Altamira, Huila que se celebrarán el 6 de octubre Una elección atípica adicional está pendiente de convocatoria.

Con esta elección atípica de alcalde de Altamira, Huila, ya son siete las elecciones atípicas convocadas entre 1999 y la fecha, por la causal de destitución de mandatarios por tener sentencia penal en su contra.

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