"La reforma al sistema político y electoral debe ser integral, previsiva, estratégica, garantista y proporcional" dice el Registrador Nacional del Estado Civil

Martes 15 de julio de 2008 - Nacional

La democratización de los partidos políticos es un tema esencial dentro del sistema político colombiano, explica el Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, Registrador Nacional del Estado Civil.

Conformación de listas únicas y cerradas; elección de un senador por cada departamento, reformando la circunscripción nacional, y financiación anticipada de campañas con recursos públicos y privados, son algunas de las propuestas del Registrador Nacional del Estado Civil.

Durante una sesión de trabajo realizada hoy en la Universidad Sergio Arboleda por la Comisión de Ajuste Institucional, el Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, llamó la atención sobre la necesidad de diseñar una reforma con sentido previsivo, estratégico, integral, garantista y proporcional.

“Al final del día, se desea una reforma que guarde sentido de proporcionalidad entre los derechos fundamentales comprometidos, los deberes de los partidos y candidatos, y la modernidad, capacidad técnica, logística, financiera y humana de los organismos que hacen y realizan las elecciones. Si una de estas piezas del sistema no está a plenitud de condiciones frente a la otra, todo reforma constitucional o legal puede verse frustrada en el corto, mediano y largo plazo”.

Para lograr ese cometido y superar la crisis política, el Registrador considera de vital importancia trabajar en el proceso de la democratización de los partidos, “piedra de toque de muchas sinergias al interior del Sistema Política Colombiano”, y para ello presenta algunas propuestas:

Partidos con listas únicas y cerradas:

El Registrador considera la conformación de listas únicas y cerradas (que implican la eliminación del voto preferente) asegura reglas y mecanismos claros, objetivos y transparentes para la escogencia de candidatos, miembros del partido, directivos y la ejecución de los dineros recaudados por cuenta de la financiación política o electoral. La escogencia de candidatos en consultas internas jalona el proceso competitivo y aumenta la fiscalización sobre la influencia de dineros ilícitos al interior del mismo partido.

Senado con circunscripción nacional y regional:

Debido a las diferencias culturales de cada región del país y a la posibilidad de que el régimen sancionatorio deje a una región sin representación, el Registrador Nacional propone cambios en la circunscripción electoral del Senado de la República, para permitir la elección de un senador por cada departamento, además de los que por circunscripción nacional, de acuerdo al número de curules vigentes.

Eliminación de las vacancias transitorias:

En orden a moralizar la función política, el Registrador Nacional del Estado Civil considera que no deberían existir las vacancias transitorias, pues tales ausencias son un modo de “alternancia” o “carrusel” para fines ilegítimos o de agravamiento fiscal. Las listas únicas y cerradas serían inocuas si se admiten las vacancias temporales, señala Carlos Ariel Sánchez Torres.

Financiación anticipada de campañas:

Si las normas electorales persiguen erradicar la intromisión de dineros ilícitos en las campañas y garantizar la igualdad de oportunidades entre los distintos candidatos, la financiación electoral debe ser previa a la elección. Esta financiación puede ser mixta, con el apoyo del sector privado nacional, pero siempre que se trate de una rendición de cuentas públicas en cuanto al origen y destino de los dineros y apoyos recibidos.

Inscripción de candidatos por grupos de ciudadanos y voto en blanco:

Reconociendo que la soberanía popular es un principio y un valor constitucional, se deben fortalecer las opciones en donde la sociedad política expresa su voluntad por vías distintas de la partidista. En este sentido el Registrador Nacional aboga por flexibilizar las opciones para que grupos significativos de ciudadanos inscriban candidatos y que al voto en blanco no se le exija mayoría absoluta sino simple para que se obligue a convocar una nueva elección.

Prudencia frente al voto electrónico:

La Ley 892 de 2004 ordena la adopción del voto electrónico en el sistema electoral colombiano. Sobre este punto el Registrador Nacional del Estado Civil hace un llamado a la prudencia frente al tema. De acuerdo con el Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres “cambiar el sistema actual de conteo manual de votos -que es tangible- por uno automático no es sólo escoger una “urna virtual”. Es mucho más que eso; es evitar la manipulación de los resultados y las posibilidades de suplantación de identidad, y eso implica tener la seguridad de que el sistema está blindado contra todo intento o errores de procedimiento (arquitectura lógica y física y administración del sistema), ataques internos realizados por quien suministra o administra la solución informática, ataques de “hackers” o grupos ilegales o focos de corrupción, que el voto se contabiliza más de una vez, etc.”.

Sobre este tema, agrega el Registrador Nacional que la entidad “necesita un gran apoyo financiero y técnico para la diseñar un sistema electoral que con el apoyo de las tecnologías de la información y la innovación, despeje toda duda o desconfianza sobre el uso de medios “mudos” e “intangibles”. De momento, no se dispone de los estudios y pruebas sobre un sistema informático certificable; y lo más grave, no existen unas causales de reclamación apropiadas para este medio, pues esta realidad “virtual” supera las del artículo 192 del Código Electoral colombiano”.

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