El miércoles 23 de abril, finalizó plazo de postulación de testigos electorales para elección de alcalde de Santa Bárbara, Antioquia

Lunes 21 de abril de 2014 - Antioquia

La Registraduría no podrá elaborar las acreditaciones a los testigos, hasta tanto el Consejo Nacional Electoral o quien el delegue, no emita la resolución de acreditación.

La base de datos de los testigos electorales, también debe ser remitida al Consejo Nacional Electoral para que sea publicada en su sitio web www.cne.gov.co.

Hasta este miércoles 23 de abril tienen plazo los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos o quienes estén interesados en el proceso electoral para la elección atípica de alcalde de Santa Bárbara, Antioquia, que se celebrará el domingo 4 de mayo de 2014.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución 1781 del 9 de julio de 2013, la postulación de los testigos electorales “deberá ser presentada a más tardar diez días antes de la celebración de la elección, y deberá ser suscrita por el representante legal o por quien este delegue, si se trata de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica; por los inscriptores en el caso de los movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos; o por el vocero, en el caso de los comités promotores del voto en blanco.”

El domingo 27 de abril, al día siguiente de la acreditación de los testigos electorales, la autoridad electoral competente, que para este caso será el registrador municipal de Santa Bárbara, Antioquia, mediante facultad delegada por el Consejo Nacional Electoral para expedir la resolución de acreditación, remitirá a la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dicho documento en el que conste el nombre e identificación del testigo, la organización que representa y la mesa o comisión escrutadora para la que fue acreditado. Un testigo podrá ser acreditado para una o más mesas, o comisiones escrutadoras.

La base de datos de los testigos electorales, también debe ser remitida al Consejo Nacional Electoral para que sea publicada en su sitio web www.cne.gov.co

La Registraduría no podrá elaborar las acreditaciones a los testigos, hasta tanto el Consejo Nacional Electoral o quien el delegue, no emita la resolución de acreditación.

Las credenciales deberán entregarse diligenciadas, en ningún momento podrán entregarse en blanco.

Calidades, funciones y prohibiciones del testigo electoral

  • Ser de reconocida honorabilidad.
  • Poseer idoneidad para el desempeño de las funciones.
  • Supervigilar las votaciones.
  • Realizar reclamaciones cuando fuere necesario.
  • Los testigos tienen derecho a acompañar al Registrador y a la fuerza pública en el transporte de los pliegos electorales.
  • No realizar proselitismo, ni portar prendas o distintivos de propaganda electoral.
  • No interferir en las votaciones ni en los escrutinios.

La organización a la cual el testigo represente deberá impartir una capacitación, a fin de optimizar el desempeño del testigo, teniendo en cuenta que las reclamaciones deben ser presentadas por escrito.

Para esta elección atípica la Registraduría realizó, el pasado martes 15 de abril, el sorteo de los cerca de 300 ciudadanos que prestarán su servicio como jurados de votación.

La elección atípica del nuevo alcalde de Santa Bárbara, Antioquia, se celebrará el domingo 4 de mayo de 2014, de 8:00 am a 4:00 pm. Los escrutinios municipales iniciarán el mismo domingo 4 de mayo. Los escrutinios departamentales, en caso de apelación, comenzarán el martes 6 de mayo de 2014.

De acuerdo con el Decreto 000845 del 6 de marzo de 2014, suscrito por el Gobernador de Antioquia, Sergio Fajardo Valderrama, la elección atípica de alcalde de Santa Bárbara, Antioquia, obedece a “Que el señor Jorge Hernán Ramírez Valencia, mediante oficio con radicado interno de la Gobernación de Antioquia No E 201400050034 del 31 de enero de 2014, presentó renuncia irrevocable al cargo de Alcalde Municipal de Santa Bárbara, Antioquia, a partir del 20 de febrero de 2014, inclusive; el cual venía desempeñando desde el 1 de enero de 2012, fecha en la cual tomó posesión.

Que mediante el Decreto No 000598 de febrero 14 de 2014, esta entidad aceptó la renuncia irrevocable presentada por el señor Jorge Hernán Ramírez Valencia, del cargo de alcalde municipal de Santa Bárbara- Antioquia, a partir del día 20 de febrero de 2014, inclusive, y encargó del mismo al señor, Jorge Iván Corrales Aranzazu, actual Secretario de Hacienda del municipio de Santa Bárbara- Antioquia; esto, mientras el partido, movimiento o coalición, al cual pertenece el titular, presentara la terna para su reemplazo, de conformidad con el parágrafo 3º de la Ley 1475 de 2011 y se surtiera el trámite respectivo.

Luego de las elecciones de autoridades locales del 30 de octubre de 2011, ya son 34 las elecciones atípicas que han sido celebradas.

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