Campañas políticas podrán acreditar sus testigos electorales hasta este sábado 26 de mayo

Jueves 24 de mayo de 2018 - Bogotá

Cada campaña política podrá acreditar además de los testigos electorales que designen para cada una de las mesas, hasta tres testigos electorales remanentes por cada uno de los puestos de votación.

La plataforma web de acreditación de testigos electorales para la primera vuelta presidencial estará habilitada por la Registraduría Nacional hasta este sábado 26 de mayo a las 10:00 am.

Para esta elección las campañas políticas también podrán acreditar testigos remanentes para las mesas de votación.

Hasta este próximo sábado a las 10:00 am, partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos podrán cargar sus testigos electorales para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República de 2018.

El Registrador Nacional del Estado Civil Juan Carlos Galindo Vácha informó que “a la fecha más de 156.691 testigos electorales han sido acreditados para hacer veeduría a las elecciones de este domingo 27 de mayo que se suman a otros 3.152 para Comisiones Escrutadoras”.

Así mismo recordó que para esta elección las campañas políticas podrán acreditar testigos remanentes para las mesas de votación. La Registraduría Nacional del Estado Civil socializó, por medio de la Circular 088 del 18 de mayo, la Resolución emitida por el Consejo Nacional Electoral 1356 “por medio de la cual se autoriza la designación de testigos electorales remanentes por puesto de votación”.

Cada partido, movimiento y grupo significativo de ciudadanos podrá acreditar además de los testigos electorales que designen para cada una de las mesas de votación, hasta tres testigos electorales remanentes por cada uno de los puestos de votación.

Los testigos electorales remanentes podrán permanecer dentro del recinto de votación, ingresar y salir del mismo, recolectar información que le suministren los testigos electorales principales, reemplazar de manera transitoria o definitiva a los testigos electorales asignados para cada una de las mesas, si es necesario. Los testigos remanentes contararán con la totalidad de atribuciones que la Ley le otorga a la generalidad de testigos electorales.

El Registrador Nacional del Estado Civil Juan Carlos Galindo Vácha también recordó hoy durante una reunión realizada con las campañas políticas que “además de los testigos electorales los partidos, movimientos y grupos significativos también pueden tener en las Comisiones Escrutadoras a representantes de los candidatos que asignan a través de un poder legal, para hacer veeduría del proceso electoral”.

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