Así será la tarjeta electoral que se entrega en Bello, Antioquia, para que los ciudadanos decidan si revocan o no el mandato de su alcalde

Domingo 6 de abril de 2014 - Antioquia

Las capacitaciones para los 2.000 jurados de votación que prestarán sus servicios durante la revocatoria de mandato se desarrollarán los días martes 1, miércoles 2 y jueves 3 de abril.

Para la revocatoria de mandato la Registraduría Nacional del Estado Civil imprimirá 298.000 tarjetas electorales que serán entregadas a los ciudadanos en los 30 puestos de votación que se ubicarán en el municipio durante la jornada electoral.

Ya está listo el diseño de la tarjeta electoral que se entrega a los ciudadanos del municipio de Bello, Antioquia, para que decidan el domingo 6 de abril en las urnas, si le revocan o no el mandato a su actual alcalde.

La Registraduría Nacional del Estado Civil imprimirá 298.000 tarjetas electorales que serán entregadas a los ciudadanos en los 30 puestos de votación que se ubicarán en el municipio durante la jornada electoral.

La tarjeta electoral para este certamen democrático tiene la siguiente pregunta: ¿Desea usted revocar el mandato del señor Carlos Alirio Muñoz López, alcalde del municipio de Bello - Antioquia elegido para el periodo 2012 – 2015? así como la casilla para marcar por el SI o por el NO.
Una vez el ciudadano reciba la tarjeta electoral y se dirija a la urna, debe hacer una marca clara en la casilla de la opción de su preferencia.
La votación donde los ciudadanos de Bello, Antioquia, decidirán si revocan o no el mandato a su actual alcalde, Carlos Alirio Muñoz López, se celebrará el domingo 6 de abril de 8:00 am a 4:00 pm.

De acuerdo con la Resolución 104 del 14 de febrero de 2014, ordena a los Registradores Especiales de Bello, Antioquia, “expedir la debida certificación de cumplimiento de los requisitos legales y constitucionales para convocar a votaciones con fines de Revocatoria del Mandato del Alcalde Municipal de Bello Antioquia, señor CARLOS ALIRIO MUÑOZ LÓPEZ, con fundamento en el segundo experticio técnico de noviembre 1 de 2013, enviado por el Director de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil.”

En la Resolución 104 de 2014 se establece que contra la misma “no procede recurso alguno y con ella se agota la vía gubernativa”.
La decisión fue tomada teniendo en cuenta el resultado de la segunda revisión grafológica realizada por la Dirección Nacional de Censo Electoral y los correspondientes informes que sirvieron como fundamento para descartar las inconsistencias alegadas por la defensa del alcalde durante la fase de interposición de recursos de reposición y apelación.

Como resultado de la segunda revisión de los apoyos hecha por la Dirección de Censo Electoral en Bogotá, se determinó que de 19.330 registros analizados, 18.744 fueron validados. Para convocar a la consulta con fines de revocatoria de mandato se requería un mínimo de 14.388 apoyos, razón por la cual los Delegados Departamentales de Antioquia confirmaron la decisión tomada en la Resolución 004 de 2013.

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