Registraduría inicia en Boyacá el sorteo para elegir los 2.091 jurados que prestarán el servicio en las elecciones 2015

Lunes 28 de septiembre de 2015 - Boyacá

Los ciudadanos podrán consultar en la página www.registraduria.gov.co si fue elegido como jurado de votación.

Los jurados de votación se elegirán de una base de datos que contiene a los ciudadanos aptos para prestar el servicio, remitidos por los jefes de recursos humanos de empresas públicas, privadas e instituciones educativas, partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos.

La Registraduría Nacional del Estado Civil inicia este martes 29 de septiembre en el departamento de Boyacá, el sorteo para designar los ciudadanos que prestarán su servicio como jurados de votación en las elecciones de Autoridades Locales, que se realizarán el 25 de octubre de 2015.

En Tunja, el sorteo se realizará en el auditorio principal de la Registraduría Especial, ubicada en la calle 23 # 9-71.

La actividad se llevará a cabo en presencia de los Delegados Departamentales de la Registraduría en Boyacá, representantes de la Procuraduría y delegados de los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos.

Para las elecciones de Autoridades Locales, la Registraduría elegirá en Boyacá 2.091 jurados de votación, que prestarán el servicio en las 304 mesas de votación que se instalarán para la jornada democrática.

En los demás municipios del departamento los sorteos se realizaran del 5 al 9 de octubre.

La designación de los jurados de votación se lleva a cabo mediante un sorteo aleatorio, el cual se hace por medio de un software alimentado con las listas de empleados públicos y privados menores de 60 años, enviadas por los jefes de recursos humanos de empresas públicas, privadas e instituciones educativas, para consolidar la base de datos inicial de posibles ciudadanos elegibles como jurados en cada municipio del departamento donde se realizará la consulta.

Esta base de datos se cruza contra el Archivo Nacional de Identificación, ANI y el Censo Electoral, generando una nueva base de datos con la cual se realiza el sorteo y la designación de los jurados, incluyendo los jurados remanentes.

Mediante el software se les asigna la mesa y el puesto de votación en donde el ciudadano prestará el servicio. Adicionalmente, el lugar en donde se debe presentar para asistir a las capacitaciones de jurados de votación que por Ley, tienen carácter obligatorio. Las jornadas pedagógicas son programadas por la Registraduría en cada municipio y se realizarán en las sedes municipales de la entidad en el Valle.

Una vez se realice el sorteo en el Boyacá, los ciudadanos podrán consultar en la página web de la Registraduría Nacional www.registraduria.gov.co si fueron elegidos como jurados de votación. Así mismo con los jefes de personal de cada entidad y en las sedes municipales y especiales de la Registraduría en el departamento.

Según la Ley 163 de 1994, las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado de votación o las abandonen, serán sancionadas con la destitución del cargo que desempeñen, si son servidores públicos. Si no lo son, recibirán una multa de entre uno y diez salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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