11.742 jurados fueron sancionados en Bogotá por no prestar el servicio en elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República en 2014

Martes 15 de marzo de 2016 - Bogotá

La Ley establece que las personas que sin justa causa no concurren a desempeñar las funciones de jurado o las abandonan, se hacen acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos y si no lo son a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos vigentes.

Por medio de las resoluciones 147 y 148 del 7 de marzo de 2016, se sanciona a los jurados de votación que no asistieron a prestar el servicio o abandonaron sus funciones en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República en primera y segunda vuelta de 2014.

Un total de 11.742 ciudadanos fueron sancionados en Bogotá por no asistir a prestar su servicio como jurados de votación o abandonar sus funciones en las jornadas de primera y segunda vuelta de la elección de Presidente y Vicepresidente de la República en 2014.

A través de las resoluciones 147 y 148 del 7 de marzo de 2016, la Registraduría Distrital sancionó a 5.973 colombianos que no prestaron el servicio en la primera vuelta de la elección de Presidente y Vicepresidente de la República el 25 de mayo de 2014 en Bogotá y a 5.769 ciudadanos que no se presentaron en la segunda vuelta de este proceso electoral del 15 de junio en la capital del país. Los jurados sancionados pagarán una sanción económica de un salario mínimo legal mensual vigente al momento de la ocurrencia de la falta. Los ciudadanos que deseen conocer las resoluciones sancionatorias podrán ingresar a la página web de la entidad www.registraduria.gov.co

La Registraduría Distrital enviará a los jurados de votación sancionados, una citación para notificación personal de las resoluciones en mención. Esta notificación se está realizando en la Registraduría Auxiliar de Teusaquillo (Avenida carrera 28 # 35-24 piso 3) en el horario de 8:00 am a 4:00 pm.

La Registraduría Nacional del Estado Civil conoce únicamente las sanciones a los ciudadanos particulares que no prestaron su servicio como jurados, ya que los servidores públicos que no asistieron a cumplir su función como jurados el día de la elección, son sujetos de proceso disciplinario en su respectiva entidad y pueden ser sancionados hasta con la destitución de su cargo.

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