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Rendición de cuentas

La rendición de cuentas está enmarcada en la Constitución Política de Colombia con el fin de controlar el ejercicio del poder ejecutivo por parte de los ciudadanos. Mediante la Ley 489 de 1998, se estableció que todas las entidades y organismos de la administración pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de la democracia participativa y democratización de la gestión pública, para lo cual dichas organizaciones deben realizar la rendición de cuentas para la ciudadanía. A dicha ley se suma el Conpes 3654 de 2010, “por el cual se establece la Política de Rendición de Cuentas”; la Ley 1712 de 2014, “por medio de la cual se crea la ley de transparencia y del derecho de acceso a la información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”; y el Manual Único de Rendición de Cuentas, del Departamento Administrativo de la Función Pública, en el que se reitera el compromiso de realizar esta actividad, que promueve los principios de Transparencia y Participación Ciudadana.

En este orden de ideas, la Registraduría Nacional del Estado Civil, considera que la rendición de cuentas contribuye a tener un Estado justo, eficiente y eficaz, y, por tanto, a un mejor Gobierno. Por ello, su rendición de cuentas se ha constituido en un proceso permanente mediante el que se informan, explican y se dan a conocer los resultados de la gestión institucional.