Referendo

Puede ser de origen ciudadano o de autoridad pública para convocar al pueblo a la aprobación o rechazo de un proyecto de norma jurídica o derogue o no de una norma ya vigente. Solo pueden ser materia de referendo ante las corporaciones públicas, aquellas que sean de la competencia de la respectiva corporación o entidad territorial.

¿Está listo mi documento de identidad?