Sí, pero solo en las elecciones ordinarias de carácter municipal y distrital. De acuerdo con la Ley 1070 de 2006, “los extranjeros residentes en Colombia podrán votar en las elecciones de carácter municipal y distrital, del último lugar donde haya fijado su domicilio”. Pueden elegir Juntas Administradoras Locales, Concejos Municipales y Alcaldes. No pueden elegir Gobernador ni Asamblea.

¿Está listo mi documento de identidad?