Sí. Aquéllos que nunca han inscrito su cédula y su documento fue expedido entre el 1 de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003, quedan inscritos automáticamente en el puesto censo o en el puesto de la cabecera municipal. Las cédulas expedidas después del 7 de enero de 2003 quedan automáticamente inscritas en un puesto de votación cercano al lugar en el que fue expedida la cédula.