Si, de conformidad con lo establecido en el artículo 15° de la Ley 1757 de 2015, una vez se haga la entrega de los apoyos reunidos sin exceder la fecha inicial, de no alcanzar con el mínimo de firmas requerido la Registraduría Nacional del Estado Civil, le otorgará el tiempo que le faltare del término inicial por un mes más.

¿Está listo mi documento de identidad?