Alta de la cédula de ciudadanía por pena cumplida
Este trámite se realiza cuando la cédula que fue dada de baja en el Archivo Nacional de Identificación (ANI) por sentencia condenatoria que imponia como pena accesoria la interdicción de derechos políticos; recupera el estado de "vigencia" en el Archivo Nacional de Identificación (ANI) y habilita la cédula en el censo electoral. El procedimiento se realiza al cumplirse el tiempo de pena previsto en la sentencia.
Requisitos:
- Verificar el estado del documento en la página web de la entidad consultando aquí. Si la cédula ya se encuentra vigente, NO se debe adelantar ningún trámite.
- Presentar solicitud escrita dirigida a la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante la cual se solicita dar de alta la cédula de ciudadanía por pena cumplida y el restablecimiento de los derechos y funciones públicas.
- Adjuntar a la solicitud, certificación expedida por el juzgado que acredite el cumplimiento de la pena impuesta.
Nota: La extinción de la pena puede ser reportada directamente por el juzgado o por el ciudadano afectado.