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10 preguntas frecuentes sobre el voto en blanco para la elección de Gobernador de Huila

Martes 2 de abril de 2013 - Huila

Para la elección de Gobernador de Huila no se inscribió ningún grupo promotor de voto en blanco y por lo tanto los votos en blanco que se depositen en la elección del 14 de abril no generarán pagos por reposición de gastos de campaña a ninguna persona o colectividad.

¿Qué es el voto en blanco? ¿Cómo se vota en blanco? ¿Si gana el voto en blanco, se repite la elección? estas y otras preguntas se resuelven a continuación.

El domingo 14 de abrillos ciudadanos del departamento de Huila podrán elegir una de las dos opciones incluidas en la tarjeta electoral para la elección de gobernador del departamento.

Con fines pedagógicos, a continuación la Registraduría Nacional del Estado Civil responde las 10 preguntas más frecuentes sobre el voto en blanco.

1. ¿Qué es el voto en blanco?

De acuerdo con la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional, que declaró la exequibilidad de la Ley 1475 o Reforma Política, el voto en blanco es “una herramienta legítima y valiosa de expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad por parte de los sufragantes… el voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. Como consecuencia de este reconocimiento la Constitución le adscribe una incidencia decisiva en procesos electorales orientados a proveer cargos unipersonales y de corporaciones públicas de elección popular”.

2. ¿Cómo se vota en blanco?
Marcando de manera clara únicamente la casilla del voto en blanco. Si deja la tarjeta electoral sin marcar, no está votando en blanco. Para hacerlo es necesario marcar la casilla “voto en blanco”.

3. ¿Si gana el voto en blanco, se repite la elección?
De acuerdo con el artículo 9 del Acto Legislativo 01 de 2009, “Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando el total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral”.

No obstante, La Corte Constitucional, en sentencia C-490 de 2011 declaró inexequible la norma de la Reforma Política que ordenaba repetir elecciones “cuando el voto en blanco obtenga más votos que el candidato o lista que haya sacado la mayor votación” y en consecuencia la mayoría necesaria para repetir la elección es mayoría absoluta, es decir el 50% más 1 de los votos válidos, y no mayoría simple.

4. ¿Si gana el voto en blanco por mayoría absoluta cuándo se realiza la nueva elección?
El Artículo 30 de la Ley 1475 de 2011 señala que “la inscripción de candidatos para la nueva elección se realizará dentro de los diez (10) días calendario contados a partir del día siguiente a la declaratoria de resultados por la correspondiente autoridad escrutadora”.

5. ¿Qué pasa si vuelve a ganar el voto en blanco?
De acuerdo con el artículo 9 del Acto Legislativo 01 de 2009, “Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública… cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría”. Esto quiere decir que si en la repetición de la elección llegara a ganar el voto en blanco, quedaría como ganador el candidato que alcanzó la mayoría de votos válidos en el certamen electoral

6. ¿Si gana la abstención se repite la elección?
No. Si el voto en blanco obtiene mayoría absoluta en la elección de gobernador se repite la elección, pero no cuando la abstención obtiene mayoría, así ésta sea muy alta.

7. ¿Es cierto el mito según el cual el voto en blanco se suma al candidato con la mayor votación?
Ese mito es falso. El voto en blanco no se suma al candidato que obtenga la mayor votación en las elecciones. El voto en blanco se contabiliza independientemente, al igual que se hace con los sufragios alcanzados por cada candidato.

8. ¿Para la elección de Gobernador del Huila se inscribieron grupos promotores de voto en blanco?
No. Para la elección de Gobernador de Huila no se inscribió ningún grupo promotor de voto en blanco y por lo tanto los votos en blanco que se depositen en la elección del 14 de abril no generarán pagos por reposición de gastos de campaña a ninguna persona o colectividad.

9. ¿Qué son los grupos promotores de voto en blanco?
La Reforma Política de 2011 previó la posibilidad de inscripción de grupos promotores de voto en blanco, que deben cumplir con la normatividad del Consejo Nacional Electoral en cuanto a topes de gastos de campaña, publicidad, etc.. Si para la elección de Gobernador de Huila se hubiese inscrito algún grupo promotor del voto en blanco, la tarjeta electoral no traería dos opciones sino tres, ya que el ciudadano podría marcar la casilla habitual de voto en blanco o, si así lo decidiera, marcar la casilla del grupo promotor de voto en blanco inscrito. No obstante, para la elección de Gobernador de Huila no se inscribieron ante la Registraduría grupos promotores del voto en blanco.

10. ¿En todos los países hay voto en blanco?
No. En muchos países no existe la opción de voto en blanco y los ciudadanos que no desean votar por ningún candidato simplemente dejan de marcar la tarjeta. En Colombia los votos en blanco son votos válidos, a diferencia de las tarjetas no marcadas y los votos nulos.

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