GLOSARIO
Aa
El término hace referencia a los partidos y movimientos políticos, movimientos u organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos que inscribieron listas de candidatos para aspirar a un cargo o corporación pública de elección popular. También incluye a los comités independientes que se inscribieron para promover el voto en blanco.
Sigla para Archivo Nacional de Identificación, donde se registra la información actualizada y definitiva de cada ciudadano colombiano.
Es el acto mediante el cual un ciudadano habilitado para votar respalda a través del diligenciamiento y firma en el documento diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil para tal fin, a una persona o grupo de personas que pretendan una precandidatura o candidatura a un cargo de elección popular o como suplentes de estos, así como para manifestar su patrocinio en los diferentes mecanismos de participación ciudadana.
Depósito provisto de tres (3) cerraduras destinado a proteger los documentos electorales de los puestos de votación, que estarán bajo la custodia de los claveros.
Es el documento expedido por el Representante Legal de un partido o movimiento político con personería jurídica vigente, o por quien él delegue expresamente, a través del cual manifiesta de manera inequívoca el apoyo a un precandidato, candidato o lista, a un cargo o corporación específica, declarando que los avalados no se encuentran incursos en causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidos en la Constitución y la Ley para el ejercicio del cargo al cual los postulan.
Es el conjunto de entidades encargadas de la organización, dirección y vigilancia de las elecciones, y la identificación de las personas.
Las autoridades electorales son el Consejo Nacional Electoral, el registrador nacional del estado civil, los registradores distritales, los delegados departamentales, los embajadores, los cónsules, los jurados de votación, los registradores especiales, municipales y auxiliares, y las comisiones escrutadoras general, municipales y auxiliares.
Bb
Documento borrador de la tarjeta electoral que incluye logosímbolos, posición y datos de las listas o agrupaciones políticas en la tarjeta y de sus candidatos, y fotografía del candidato para los cargos uninominales de la respectiva agrupación política que lo inscribió y cuya función es permitir la verificación de la información de los inscritos antes de producir la tarjeta electoral definitiva.
Cc
Es el documento que contiene, en orden cronológico, las diferentes actividades que se desarrollan para un proceso de elección desde la convocatoria hasta la declaración o consolidación de los resultados.
Se denomina candidato a la persona que se postula a ser elegida para algún cargo público de elección popular o para la conformación de una corporación pública.
Es un ciudadano que se postula con el aval de un partido o movimiento político con personería jurídica o con la inscripción a un grupo significativo de ciudadanos u organizaciones sociales para ser elegido a un cargo público de elección popular.
Personas designadas por la ley para recibir e introducir los pliegos electorales en el arca triclave, y custodiar y velar por su seguridad.
Es un documento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil en el que consta que la persona ejerció el derecho al voto en la correspondiente elección ordinaria. El certificado electoral constituye plena prueba del cumplimiento del deber ciudadano y, con base en él, se reconocerán los beneficios y estímulos señalados en la ley, que podrán hacerse valer a partir del día siguiente a la fecha de la votación y hasta el día anterior a la fecha de la siguiente elección ordinaria, salvo una disposición contraria.
Es el registro general de las cédulas de ciudadanía correspondientes a los ciudadanos colombianos residentes en el país y en el exterior, que están habilitados para ejercer el derecho de sufragio por la Constitución y la ley.
Es un territorio o división política en el que los votos emitidos constituyen el fundamento para el reparto de los escaños entre candidatos o partidos. Hay circunscripciones especiales para los indígenas, las negritudes y los colombianos residentes en el exterior. Para las elecciones territoriales, cada departamento conforma una circunscripción para elegir gobernador y diputados, y cada distrito y municipio la conforma para elegir sus respectivos alcaldes, concejales y ediles según el caso. El Distrito Capital de Bogotá forma una circunscripción especial única, donde se vota por alcalde, concejales y ediles.
Para todo colombiano la calidad de ciudadano en ejercicio es condición previa e indispensable para ejercer el derecho al voto, a intervenir en los mecanismos de participación ciudadana y en las consultas populares, internas e interpartidistas. Se adquiere la calidad de ciudadano a partir de los dieciocho (18) años de edad.
Conjunto de personas mayores de 18 años a las que se les debe garantizar el derecho a elegir y tomar decisiones a través de los mecanismos de participación ciudadana.
Es la norma mediante la que se rige el proceso y la Organización Electoral para asegurar que las votaciones reflejen la expresión libre, espontánea y auténtica de los ciudadanos, y que los escrutinios sean reflejo exacto de los resultados de la voluntad del elector que fue expresada en las urnas.
Es la unión entre 2 o más agrupaciones políticas con el fin de presentar candidatos de coalición para cargos uninominales.
Está integrada por los jueces de la República, notarios y registradores de instrumentos públicos. Tienen la función de realizar el escrutinio con base en los pliegos electorales diligenciados por los jurados de votación.
Grupo de tres ciudadanos que registran un comité con el objetivo de postular candidatos o promover el voto en blanco a través de la recolección de apoyos.
Es la división del departamento que incluye un núcleo de población. Los corregimientos departamentales no forman parte de un determinado municipio. Respecto a temas electorales, estos solo podrán elegir candidatos a la asamblea departamental y la gobernación.
Los sectores territoriales en que se divide el municipio para su mejor administración y prestación de los servicios a cargo del municipio y otras entidades. Los corregimientos son divisiones del área municipal y, por ello, carecen de personería jurídica propia, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Establece el tiempo, la ejecución y el responsable de la ejecución de las actividades relacionadas con la capacitación a los actores del proceso electoral.
Corresponde a un formulario que se suministra a los jurados de votación para facilitar la contabilización (conteo) de los votos por cada candidato y conocer el número real de votos de una manera práctica. Está compuesto por filas que poseen los nombres de los candidatos y por columnas en las que se registran los votos obtenidos por cada uno de ellos.
Organismos destinados para atender los casos de emergencia que se puedan presentar durante el desarrollo de los procesos electorales.
Dd
Funcionario electoral encargado de preparar y organizar la logística para los puestos de votación, garantizar su adecuado funcionamiento durante la jornada electoral, y recibir de los jurados de votación los pliegos electorales, una vez concluya el escrutinio de mesa, entre otras labores.
Funcionarios de la Registraduría encargados de la organización, logística, apoyo y coordinación general del evento electoral. Portarán el carné u otro elemento distintivo (camisetas, chalecos o gorros) para identificarse.
Los principios de publicidad y de eficacia del Censo Electoral exigen que la organización electoral cuente con la debida anticipación, con datos ciertos y actuales para el desarrollo de los comicios y de los mecanismos de participación ciudadana.
Es el conjunto de instalaciones públicas y privadas empleadas para la realización de la jornada de votación y los escrutinios de mesa, que reflejan la organización del territorio con propósitos electorales según el departamento, el municipio, la zona (cabecera municipal, puesto censo, corregimiento y cárcel), la localidad o comuna, el puesto y la mesa.
Son aquellos documentos que son diligenciados y firmados durante la jornada electoral, y que no hacen parte de los pliegos electorales.
Ee
Es el mecanismo a través del cual los miembros de una comunidad eligen representantes o cargos políticos mediante una votación.
Elecciones para ocupar los cargos de las corporaciones públicas de elección popular, que se realizan porque sus convocatorias están contempladas en la Constitución y la ley. Estas elecciones son las de presidente(a) y vicepresidente(a), Congreso (Senado y Cámara de Representantes) y autoridades locales (gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles).
Es una audiencia pública en donde se verifican y consolidan los resultados de las mesas de votación que conforman las circunscripciones electorales.
Es la función pública mediante la cual se verifican y consolidan los resultados de las votaciones. Esta diligencia la realizan los jurados de votación, las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral para hacer el cómputo de los sufragios, realizar las declaratorias de elección que tengan lugar y resolver las cuestiones de hecho y de derecho que se aleguen con fundamento en las causales legales de reclamación.
Es el proceso a través del cual los jurados de votación certifican la cantidad de sufragantes y clasifican los votos depositados por los ciudadanos en la respectiva mesa para registrarlos en el formulario E-14 o Acta de escrutinio.
Es una audiencia pública en donde se verifican y consolidan los resultados de las mesas de votación que conforman las circunscripciones electorales.
En virtud del principio de equidad e igualdad de género, los hombres, las mujeres y los demás grupos minoritarios gozarán de igualdad real de derechos y oportunidades para participar en las actividades políticas, dirigir las organizaciones partidistas, acceder a los debates electorales y obtener representación política.
Ff
Además de la acción penal, la legislación colombiana ha previsto algunas prohibiciones, deberes y limitaciones para los servidores públicos, con el objetivo de garantizar que, en el desempeño de sus funciones, no afecten el principio universal de la transparencia en todas sus actuaciones.
Son los instrumentos legales y procedimentales que contribuyen a sustentar las actividades o resultados desde el inicio del proceso electoral hasta la declaratoria de los resultados de la elección o proceso de votación.
Citación a jurados de votación.
Resolución por la cual se nombran reemplazos de jurados de votación.
Formulario de Inscripción de ciudadanos.
Comprobante de trámite de inscripción de ciudadanos.
Resolución por la cual se señalan los sitios para realizar los escrutinios.
Solicitud de Inscripción y constancia de aceptación de candidatos.
Acta de Modificación de Candidatos.
Acta de Conformación lista de Candidatos.
Urna cerrada y sellada.
Lista de sufragantes.
Acta [de] instalación y registro general de votantes.
Autorización del voto.
Acta de escrutinio de los jurados de votación. Es un mecanismo de verificación de votos que se diligencia una vez que ha concluido la jornada electoral. Este formulario contiene la misma información, pero tiene tres ejemplares diferentes: el de transmisión, que se utiliza para la transmisión de los resultados el día de la votación; el de delegados, para digitalizarlos y subirlos a la página web con el fin de que la ciudadanía los consulte; y el de claveros, para los escrutinios oficiales.
Credencial para testigos electorales ante la mesa.
Credencial para testigos ante la comisión escrutadora.
Recibo de documentos electorales entregados por los jurados de votación.
Constancia de prestación de servicio como jurado de votación.
Recibo de documentos electorales a funcionarios electorales.
Acta de introducción o retiro de documentos electorales en el Arca Triclave.
Sello del Arca Triclave.
Resolución por la cual se sustituyen los miembros de una comisión escrutadora.
Constancia de la comisión escrutadora.
Resultados del escrutinio.
Formulario para presentar reclamaciones.
Acta parcial de escrutinio.
Credencial de declaratoria de elección que expiden las comisiones distritales, municipales, y auxiliares.
Credencial de declaratoria de elección que expiden los Delegados del Consejo Nacional Electoral.
Personal de las Fuerza Militares y Policía Nacional encargados de la vigilancia del proceso electoral” (RNEC, s.f. a). Deben garantizar la seguridad en los puestos de votación y los sitios de escrutinio, controlando y permitiendo el ingreso y permanencia de todos los actores del proceso electoral y los ciudadanos. Al cierre de la jornada, deben hacer acompañamiento y custodia de los pliegos electorales desde los puestos de votación hacia las sedes de las comisiones escrutadoras para ser entregados a los claveros.
Es la actividad realizada por personas naturales en nombre del Estado. Tiene como objetivo lograr los fines esenciales del mismo gobierno.
se refiere a aquellos funcionarios y/o servidores (Fiscalía, Procuraduría, Personería, Delegados de Puesto, entre otros) que han sido comisionados para desempeñar funciones directamente relacionadas con el proceso electoral con miras a garantizar el desarrollo transparente de los comicios, en un lugar distante y/o diferente al lugar donde se encuentra inscrito en el Censo Electoral.
Gg
Persona que ha sido capacitada para el estudio de la escritura con fines de identificación. Su labor tiene como función primordial descubrir y mitigar el fraude y la falsedad documental a través de procesos de revisión de textos manuscritos y firmas. Su participación como experto cobra vital importancia en la identificación de firmas en caso de suplantación de identidad, y en el análisis de textos manuscritos para establecer cuantas personas pudieron intervenir en el diligenciamiento de un documento.
Documento que contiene la conformación de listas, con datos y fotografías de los candidatos para el caso de las corporaciones públicas inscritas en la modalidad de voto preferente y no preferente.
Es un mecanismo de participación ciudadana para que un determinado grupo de personas, sin tener personería jurídica, pueda presentar listas de candidatos a través de firmas, atendiendo el censo electoral para la corporación a la que aspiran.
Ii
Los ciudadanos se identificarán, en toda actuación ante las autoridades electorales, con la cédula de ciudadanía. Los extranjeros residentes en Colombia se identificarán con la cédula de extranjería de residencia vigente.
La inscripción para votar se llevará a cabo automáticamente al momento de la expedición de la cédula de ciudadanía por primera vez.
Consiste en la posibilidad de que los ciudadanos puedan presentar proyectos de normas jurídicas ante las Corporaciones Públicas para que, dentro de la misma, sean debatidos y posteriormente, aprobados, modificados o negados.
Periodo establecido en las normas electorales para que los ciudadanos se postulen a cargos y corporaciones públicas de elección popular con el aval de un partido o con el apoyo de los Movimientos Sociales o Grupos Significativos de Ciudadanos o en representación de una circunscripción especial indígena o afrocolombiana.
Acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral con el fin de quedar incluido en el Censo Electoral si aún no lo está, o para efectuar el cambio de su lugar de votación.
La inscripción para votar se llevará a cabo automáticamente al momento de la expedición de la cédula de ciudadanía. La Registraduría Nacional del Estado Civil establecerá los mecanismos necesarios de publicidad y logística para la actualización de la información por zonificación; en caso de que el ciudadano cambie de lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate.
Jj
Ciudadanos mayores de 18 y menores de 60 años que, en representación de la sociedad civil, son designados mediante sorteo por la Registraduría Nacional del Estado Civil para ejercer funciones públicas de carácter transitorio en virtud de su labor. Cumplen con las funciones de atender el proceso de las votaciones, efectuar los escrutinios de mesa y registrar los resultados en los documentos electorales.
Ciudadanos mayores de 18 y menores de 60 años que son designados mediante resolución para presentarse en los puestos de votación asignados y, en caso de que no asistan los jurados titulares de las mesas, reemplazarlos en representación de la sociedad civil.
Kk
Conjunto de elementos utilizados para las capacitaciones de los actores del proceso electoral, principalmente para los jurados de votación.
Es el conjunto de elementos enviado a los puestos de votación. Contiene los formularios, sobres y útiles necesarios para el desarrollo de la jornada electoral y el escrutinio por parte de los jurados de votación.
Es el kit enviado a las delegaciones departamentales con el fin de tener material de soporte para el acondicionamiento de los puestos de votación y las comisiones escrutadoras.
Es el conjunto de elementos (marcadores, urnas, cubículos, sobres electorales, pitas, cintas, entre otros) y formularios indispensables para el desarrollo de la votación y los escrutinios. Existen cuatro tipos de kit electoral.
Es el kit enviado a las Delegaciones Departamentales, con el fin de tener material de soporte para el acondicionamiento de los puestos de votación y Comisiones Escrutadoras.
Es el conjunto de elementos enviados a las Registradurías del Estado Civil. Contiene los formularios y elementos para el acondicionamiento de los puestos de votación y las comisiones escrutadoras.
Mm
Es el instrumento con el que se pretende transmitir las funciones y competencias de cada uno de los actores del proceso electoral, utilizando cartillas, presentaciones, talleres, pendones y videos que faciliten el aprendizaje en sesiones presenciales o virtuales.
Expresión de la intención de voto del ciudadano a través de cualquier marca o signo visible en la tarjeta electoral.
Son funcionarios del Ministerio Público y la Fiscalía General de la Nación. Tienen las responsabilidades de vigilar y controlar —de acuerdo con su función institucional—, y de recibir las denuncias o quejas que los ciudadanos y otros actores del proceso hacen sobre irregularidades cometidas en el proceso electoral. Los funcionarios tendrán que portar el carné que los identificará en cada puesto de votación.
Espacio ubicado dentro del puesto de votación en donde los jurados atienden el proceso de las votaciones y realizan el escrutinio de mesa.
Periodo establecido en las normas electorales para que, los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, coaliciones, candidatos y organizaciones que postulen para las circunscripciones especiales, realicen reemplazos por renuncia, no aceptación de los candidatos inscritos, por revocatorias de inscripción proferidas por el Consejo Nacional Electoral o muerte del candidato.
Cuando un ciudadano inscribe su cédula dos o más veces, la última inscripción anula las anteriores.
Es aquel que, en razón a su población, no se encuentra dividido en zonas electorales.
Es aquel municipio que posee un censo electoral mayor a 20.000 ciudadanos y por lo cual, debido a razones logísticas, requiere ser dividido en zonas electorales para facilitar los procesos de inscripción de cédulas, votación y escrutinios.
Nn
Cambio del estado de la cédula de ciudadanía, en el censo electoral, de “habilitada” a “no habilitada” para sufragar o viceversa.
Cambio del estado de la cédula de ciudadanía en el Censo Electoral, de “habilitada” a “no habilitada” para sufragar o viceversa.
Oo
Personas o instituciones que, de manera imparcial e independiente, deben constatar el proceso de votación y los resultados divulgados por la Registraduría Nacional del Estado Civil, contribuyendo a la transparencia. Ninguna persona o institución que tenga la calidad de observador internacional del proceso electoral podrá ejercer las atribuciones que legal y constitucionalmente competen a las autoridades electorales, y estarán debidamente acreditadas por el Consejo Nacional Electoral.
Personas o instituciones encargadas de constatar, de manera imparcial e independiente, el proceso de votación y los resultados divulgados por la Registraduría, contribuyendo a la transparencia del proceso electoral.
Cuando se realiza el cambio lugar de votación por un ciudadano y este registro no se ve reflejado en el Censo Electoral.
El ciudadano cuya cédula de ciudadanía expedida por primera vez no queda incluida en el Censo Electoral, por errores de procesamiento o rechazos en el proceso de producción del documento.
Pp
Son instituciones permanentes que reflejan el pluralismo político, promueven y encauzan la participación de los ciudadanos, y contribuyen a la formación y manifestación de la voluntad popular, con los objetivos de acceder al poder y los cargos de elección popular, y de influir en las decisiones políticas y democráticas de la nación.
Es el proceso de contabilización de votos realizado por los jurados de votación inmediatamente después de que se cierran las urnas. El preconteo se hace con el fin de informar los resultados de la elección a la ciudadanía el mismo día que se desarrolla la jornada electoral, pero carece de valor jurídico vinculante, ya que solo el escrutinio genera consecuencias jurídicas luego de una elección.
Son las agrupaciones políticas y los comités independientes que deciden promover el voto en blanco.
Se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo.
Deben elaborarlo los municipios con población superior a 100.000 habitantes.
Documento mediante el cual se establece la pedagogía y los lineamientos a seguir en cada una de las capacitaciones a los actores y funcionarios del proceso electoral.
Cuando una disposición electoral admita varias interpretaciones, se preferirá aquella que dé validez al voto que represente la expresión libre de la voluntad del elector, por tanto, si se presentan varias interpretaciones sobre la marcación en la tarjeta electoral, siempre se optará por aquella que le dé validez al voto.
Sitio ubicado en los municipios o corregimientos en donde se instalan las mesas de votación para el desarrollo del certamen electoral.
Además de las mesas de votación que se instalan en cada puesto, existen sitios habilitados para que los ciudadanos con cédulas expedidas desde el 14 de marzo de 1988 y que no se hubiesen inscrito en otros lugares puedan ejercer el derecho al sufragio en la localidad donde haya sido expedida su cédula de ciudadanía.
Rr
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 316 de la Constitución Política, la residencia será aquella en donde se encuentre registrado el votante en el censo electoral.
Ss
Se conoce con el término sufragante a la persona que realiza el acto de cumplir con un sufragio o voto. El acto de sufragar es un derecho de gran importancia para cualquier democracia, ya que con él se puede llevar adelante la elección de los gobernantes en manos del pueblo.
Tt
Documento en el cual se reflejan los candidatos inscritos para una elección y que sirve como mecanismo para que el sufragante, en ejercicio del derecho al voto, marque la opción de su preferencia.
Son personas que, en nombre de las agrupaciones políticas, tienen derecho a vigilar los procesos de votación y los escrutinios, y a presentar reclamaciones escritas cuando se configuren las causales que establece la legislación. Los testigos electorales no podrán interferir, de ninguna forma, en las votaciones y los escrutinios que realizan los jurados de votación.
El testigo electoral que actúa ante la mesa de votación se identifica con la credencial formulario E-15, y el testigo electoral que actúa ante la comisión escrutadora, con la credencial formulario E-16. Podrá haber testigos suplentes en los puestos y los sitios de escrutinios para reemplazar, temporal o definitivamente, al titular si no se encuentra en la mesa o el sitio del escrutinio.
Acción de inscribir la cédula y votar en lugar distinto a aquel en el que se reside.
Vv
Es la manifestación de la opinión de una persona. Es un derecho ejercido por los ciudadanos que hacen parte del censo electoral y que expresan su decisión frente a candidaturas o asuntos sometidos a votación popular mediante el instrumento que determine la autoridad electoral. El derecho al voto constituye un derecho y un deber, y se ejercerá en forma directa y secreta en condiciones de libertad, igualdad y acceso de conformidad, según lo establecido en el artículo 258 de la Constitución Política.
Cuando la intención del sufragante al marcar deja claro para quién es el voto.
Es cuando aparece más de una marca en varios candidatos de diferentes agrupaciones políticas o se señala más de una organización partidista. Este voto no tiene validez por marcarse más de una casilla o por no poderse interpretar de manera inequívoca la voluntad del elector con su marcación.
Cuando el sufragante no marca la tarjeta electora.
Es el voto señalado en un espacio destinado especialmente para ello en la tarjeta electoral, y representa la expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad. Es un voto válido y, por tanto, debe ser computado.
El que suplante a un sufragante, vote más de una vez o consigne sin derecho un voto en una elección incurrirá en prisión de 4 a 8 años y una multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Es cuando la colectividad ordena previamente la lista de sus candidatos de manera que los ciudadanos solo votan por el partido, y alcanzarán curul los primeros renglones de la lista de acuerdo con el número de escaños que alcance el partido. El ciudadano solo puede votar por el partido sin tener en cuenta nombres específicos de candidatos.
Es cuando la colectividad deja que los ciudadanos voten no solo por el partido, sino también por cada uno de sus candidatos individualmente. En este caso, alcanzarán curul quienes obtengan mayores votaciones sin importar el orden inicial que ocupaban dentro de la lista. Dependiendo del total de escaños que alcance el partido, el ciudadano puede votar solo por el partido o por el partido y el candidato.
Zz
Es la división territorial de una circunscripción electoral que determina la Registraduría Nacional del Estado Civil, destinadas a facilitar las inscripciones, votaciones y escrutinios.
Es el espacio delimitado en la tarjeta electoral que contiene los números de cada candidato con su respectivo nombre y apellidos.