Registraduría Nacional del Estado Civil - Cabildo abierto

Cabildo abierto

El Cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

Porque el cabildo abierto es un mecanismo de participación democrática ciudadana consagrada en el capítulo IV de la Constitución Política de Colombia de 1991 que establece y estipula los instrumentos con los cuales cuenta la ciudadanía para hacerse partícipe en asuntos públicos.

La principal razón es para discutir, refrendar o dar a conocer puntos de vista divergentes sobre asuntos relacionados con asuntos públicos como pueden ser las políticas públicas, acciones de gobierno o la eventual toma de decisiones por parte de la administración pública.

La solicitud de un cabildo abierto debe ser iniciativa de un número de personas no inferior al 5 por 1000 del censo electoral de la circunscripción correspondiente (localidad, municipio, distrito, departamento).

El Cabildo Abierto deberá celebrarse a más tardar un mes después de la radicación de la petición. Si la petición fue radicada cuando la respectiva corporación no se encontraba en sesiones ordinarias, el cabildo deberá realizarse en el siguiente periodo de sesiones.

Podrá ser materia del cabildo abierto cualquier asunto de interés para la comunidad, pero a través de este mecanismo no se podrá presentar iniciativas de ordenanza, acuerdo o resolución local. Es obligación del alcalde o gobernador asistir al Cabildo.

A los cabildos abiertos podrán asistir todas las personas que tengan interés en el asunto. Además del vocero, podrán intervenir, por el mismo tiempo a que tienen derecho por reglamento los miembros de la respectiva corporación, quienes se inscriban, en la secretaría respectiva, a más tardar tres días antes de la realización del cabildo.

Los resultados de un cabildo abierto no son decisiones vinculantes. Es decir que no son de obligatorio cumplimiento para el mandatario o la corporación a la que le atañen los efectos de las discusiones y conclusiones logradas. Sin embargo, durante su desarrollo se pueden presentar opiniones, puntos de vista, estudios o datos que contribuyan a enriquecer las discusiones sobre los asuntos discutidos y a ampliar la información para la toma de decisiones por parte de los organismos del Estado.

Una semana después de la realización del cabildo se realizará una sesión a la que serán invitados todos los que participaron en él, en la cual se expondrán las respuestas a los planteamientos y solicitudes presentadas por los ciudadanos.

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