Edición No. 57, Año V - noviembre de 2011
La frase del mes

“En Colombia se vive una ciclotimia electoral, luego de cada elección nos rasgamos las vestiduras y hacemos a la carrera una Reforma Política y Electoral que depende del ánimo del momento. Luego nos olvidamos del tema y empezamos a organizar unas elecciones igualitas a las anteriores porque las normas electorales tienen más de 60 años y porque el presupuesto simplemente se indexa y no provee ni aumento de mesas por crecimiento del censo ni incorporación de tecnología", dijo el Registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres, en el foro Autoridades Electorales, del ciclo por una Colombia Bien Gobernada - Elecciones 2011, organizado por la Registraduría, la Esap y la revista Semana, el 23 de marzo de 2011 en Bogotá.

“Hay dos tipos de candidatos: los que ganan las elecciones y los que dicen que se las robaron, porque los candidatos que pierden no salen a decirle a su electorado que su propuesta no logró suficientes votos, sino que les robaron las elecciones”, dijo el Registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres, en el foro Autoridades Estatuto Anticorrupción y Elecciones 2011, organizado por la Registraduría y la Procuraduría General de la Nación, el 26 de agosto en Riohacha.

La cifra del mes

3.388.731 colombianos estuvieron habilitados para votar con identificación biométrica en 6 departamentos el pasado domingo 30 de octubre. Entre 2009 y 2010 la Registraduría ya había aplicado con éxito tecnologías biométricas de identificación en 24 elecciones locales, sobre un potencial electoral de 2.456.722 de sufragantes y 5.537 mesas

También hubo identificación biométrica en la mesa de protocolo que se ubicó en la Plaza de Bolívar de Bogotá, y en la que sufragaron el Sr. Presidente de la República y otras personalidades.

 
El escrutinio de las elecciones será inmediato y está a cargo las Comisiones Escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral



El pasado 30 de octubre, una vez cerradas las urnas a las 4:00 pm, y concluida la labor de los jurados de votación, iniciaron los escrutinios por parte de las comisiones escrutadoras conformadas por Jueces, Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos...
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El Registrador Nacional, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, ganó el concurso de méritos organizado por las altas cortes y fue reelegido por 4 años

El Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, fue reelegido por el Consejo de Estado, la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, para un período de 4 años, luego de ganar el concurso público de méritos convocado por estas corporaciones...(ver más...)

Como preparación para las elecciones de autoridades locales la Registraduría adoptó 30 medidas distintas para garantizar transparencia

La Registraduría Nacional del Estado Civil adoptó hasta la fecha 30 medidas diferentes para garantizar transparencia en el proceso electoral y en las elecciones de autoridades locales...
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Estas son algunas de las preguntas más frecuentes sobre escrutinio

La Registraduría Nacional del Estado Civil presenta a continuación algunas respuestas a las preguntas más frecuentes sobre los escrutinios de las elecciones del pasado 30 de octubre, que estuvieron a cargo de jueces de la República, Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos...(ver más...)
Los claveros y sus funciones durante las elecciones

Los claveros son las personas encargadas de recibir e introducir en el arca triclave los pliegos electorales suscritos por los jurados de votación. Así mismo, deben custodiar y velar por la seguridad del arca triclave y contenido de esta....(ver más...)
Capacitación para todos los actores del proceso electoral

Tener ciudadanos informados permite realizar un proceso transparente y democrático. Es por ello que la Registraduría implementó diversas medidas para dar a conocer los diferentes procesos del certamen electoral....
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El preconteo o conteo rápido de mesa: una tradición electoral colombiana sin valor jurídico

Los jurados de votación tienen funciones específicas y fundamentales dentro de los eventos electorales, por ello deben ser conscientes de la importancia de su capacitación para poder prestar un buen ejercicio de sus funciones en las elecciones de autoridades locales que se realizaron el pasado 30 de octubre...
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Editorial
A cerrar la brecha electoral



Por. Carlos Ariel Sánchez Torres
Registrador Nacional del Estado Civil

Culminado el proceso de elección de autoridades locales en cuya preparación la Registraduría Nacional del Estado Civil trabajó durante más de un año, surgen algunas reflexiones sobre los retos de la Organización Electoral para los comicios de 2014 y 2015....(ver más...)
Registraduría está lista para el voto electrónico, pero han faltado recursos

A pesar de la probada utilidad de biometría para contrarrestar el fraude por suplantación de electores y de jurados de votación, su aplicación aún no se extiende por todo el territorio nacional por falta de presupuesto. La asignación de recursos para su implementación sigue siendo prioridad de la Registraduría...
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Estas son las 15 preguntas frecuentes sobre los claveros

A continuación se presentan las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre los claveros quienes custodian y velan por la seguridad y contenido de los pliegos electorales...
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Así Pasó

La Registraduría Nacional realizó varios simulacros y pruebas de funcionalidad de transmisión de datos...(ver más...)

Votar ahora es más fácil: Instructivo de votación del 30 de octubre...(ver más...)

La Registraduría Nacional del Estado Civil diseñó un nuevo modelo de cubículo...(ver más...)

30.669.020 colombianos conforman el censo electoral y estuvieron habilitados para votar el pasado 30 de octubre...(ver más...)

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Agenda - noviembre
1 Se iniciaron los escrutinios de los Delegados del Consejo Nacional Electoral. Martes siguiente a la elección, a las 9:00 am, según el Artículo 43 de la Ley 1475 de 2011
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No. 56, octubre 2011


 

El escrutinio de las elecciones será inmediato y estará a cargo las Comisiones Escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral

El escrutinio es la función pública mediante la cual se verifican y se consolidan los resultados de las votaciones. Consiste en el conteo y consolidación de los votos depositados por los ciudadanos por cada candidato y lista de candidatos.

Aunque en la tarde del domingo el preconteo o conteo rápido de mesa indique quién “ganó” las elecciones, realmente el preconteo sólo tiene valor informativo y es el escrutinio a cargo de las comisiones escrutadoras el proceso que tiene valor jurídico vinculante.

Para los escrutinios, el Tribunal Superior del Distrito Judicial designa dos ciudadanos cuya calidad de miembros está compuesta por un Juez, Notario o Registrador de Instrumentos Públicos, encargados de hacer el respectivo cómputo de los votos depositados en las Arcas Triclaves.

Las Comisiones Escrutadoras Auxiliares, Municipales y Distritales, son designadas en sala plena por los respectivos Tribunales Superiores de Distrito Judicial, de acuerdo al artículo 157 del Código Electoral, diez días hábiles antes de la fecha de la elección. El cargo de escrutador Municipal o Auxiliar es de forzosa aceptación y su falta se tipificará como causal de mala conducta, según el artículo 159 del Código Electoral.

La Reforma Política que aprobó el Congreso el año pasado y fue sancionada por el Presidente de la República en julio de este año, trae un cambio significativo en los escrutinios, que ya no comienzan el martes siguiente a la elección, como se hacía anteriormente, sino el mismo día de los comicios.

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley 1475 de 2011, las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares comenzarán el escrutinio, a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa y a medida que se vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos, en el local que la respectiva Registraduría previamente señale.

Dicho escrutinio se desarrollará hasta las 12:00 de la noche. Cuando no sea posible terminar el escrutinio antes de la hora señalada, la audiencia de escrutinio continuará a las 9:00 am del día siguiente hasta las 9:00 pm y así sucesivamente hasta terminar el correspondiente escrutinio.

Finalmente, los escrutinios generales estarán a cargo del Consejo Nacional Electoral y deben iniciar a las 9:00 am del martes siguiente a las elecciones, en la capital del respectivo departamento. Los delegados del CNE deben iniciar y adelantar el escrutinio general, aunque no se haya recibido la totalidad de los pliegos electorales de los municipios que integran la suscripción electoral.

Con el escrutinio inmediato se reduce el fraude electoral

Esta nueva modalidad de escrutinio viene a reemplazar un sistema vulnerado por el fraude. Este nuevo sistema reduce la manipulación de los documentos electorales, evitando algunos tipos de fraude que son comunes en los certámenes electorales.

Con el inicio de los escrutinios, una vez terminado el conteo de mesa por parte de los jurados de votación, se acaba con el transito de los documentos electorales de un sitio a otro. Así mismo, se reduce el tiempo de espera para iniciar con el proceso de escrutinio como funcionaba con la normatividad que estaba vigente hasta julio del presente año, cuando se comenzó a aplicar la Reforma Política, donde los candidatos, testigos y demás actores del proceso debían esperar hasta el martes siguiente al domingo de elecciones.

Este lapso de tiempo se prestaba para la manipulación y corrupción de los documentos electorales, hecho que genera suspicacias por parte de los interesados, donde se realiza un conocido tipo de fraude electoral denominado el fraude de la mesa gemela y cambiazo, que consiste en que durante el tránsito de los documentos electorales entre la noche del domingo y la mañana del martes, se dé lugar al cambio de alguna de las bolsas. Los nuevos sacos contienen documentos y tarjetas electorales exactas a los que corresponden a la mesa, pero los resultados de la mesa consignados en las actas no son los mismos.


Los testigos en el escrutinio


De acuerdo con el artículo 42 de la Lay 1475 de 2011, a las 12:00 de la noche, una vez finalice el escrutinio el día de elección, las comisiones escrutadoras, le entregarán a un testigo por partido, movimiento político o grupos significativos de ciudadanos, una copia de las actas parciales de escrutinio, en medio físico o magnético.

Al iniciar la nueva jornada de escrutinio el día siguiente a la elección, la comisión escrutadora verificará junto con los testigos electorales que los datos parciales de escrutinio coincidan con la información entregada en la jornada anterior. De igual manera, las comisiones escrutadoras deberán entregar, en medio físico o magnético, una copia del acta final de escrutinio.

Este nuevo recurso que se le entregó a los testigos electorales durante el escrutinio en estas elecciones de autoridades locales que se realizó el 30 de octubre, es una importante herramienta con la que se verificó los resultados del escrutinio día a día y se evitó la posible alteración de los resultados de dicho proceso.

Para poder cumplir esta función las diferentes colectividades podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación y por cada uno de los órganos escrutadores. Hay dos clases de acreditaciones: la primera de ellas es para que el Testigo acompañe el proceso durante la jornada y otra acreditación para el escrutinio. El partido o movimiento político puede acreditar al Testigo para los dos actos o nombrar a una persona para cada uno de los procesos.

Los testigos electorales vigilarán el proceso de las votaciones y de los escrutinios, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades.


Reforma Política - Ley 1475 de 2011

ARTÍCULO 41. DEL ESCRUTINIO EL DÍA DE LA VOTACIÓN. Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares comenzarán el escrutinio que les corresponde el mismo día de la votación, a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa y a medida que se vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos, en el local que la respectiva Registraduría previamente señale.

Dicho escrutinio se desarrollará hasta las doce (12) la noche. Cuando no sea posible terminar el escrutinio antes de la hora señalada, la audiencia de escrutinio continuará a las nueve (9) de la mañana del día siguiente hasta las nueve (9) de la noche y así sucesivamente hasta terminar el correspondiente escrutinio.

Al concluir el escrutinio de mesa y luego de leídos en voz alta los resultados, las personas autorizadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil escanearán las correspondientes actas de escrutinio de mesa a efectos de ser publicadas inmediatamente en la página web de la entidad. Una copia de dichas actas será entregada a los testigos electorales, quienes igualmente podrán utilizar cámaras fotográficas o de video.

ARTÍCULO 42. DE LAS COMISIONES ESCRUTADORAS. Los miembros de las comisiones escrutadoras deberán estar en la sede del escrutinio desde las tres y media (3:30) de la tarde del día de la votación, activarán la entrega de los pliegos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales que no se hayan introducido en el arca triclave al empezar el escrutinio, verificarán cuidadosamente la hora y el estado de los mismos al ser recibidos, de todo lo cual se dejará constancia en el acta de introducción que suscriben los claveros.

Si faltaren pliegos de los corregimientos, inspecciones de policía o sectores rurales, la comisión escrutadora no podrá concluir el escrutinio antes de vencerse el mayor de los términos de distancia fijados por el Registrador Nacional del Estado Civil para el respectivo municipio.

PARÁGRAFO. Las Comisiones Escrutadoras, según el caso, entregarán a un testigo por partido, movimiento político o grupos significativo de ciudadanos, en medio físico o magnético, una copia de las actas parciales de escrutinio en cada jornada. Para iniciar la nueva jornada la Comisión Escrutadora, verificará junto con los Testigos Electorales, que los datos parciales de escrutinio coincidan con la información entregada en la jornada anterior. De igual manera, las Comisiones Escrutadoras deberán entregar, según el caso, en medio físico o magnético, una copia del acta final de escrutinio.

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El preconteo o conteo rápido de mesa: una tradición electoral colombiana sin valor jurídico

Una vez cerradas las urnas y concluida la jornada electoral a las 4:00 pm, los jurados inician el conteo de los votos depositados por los colombianos. Con esta información se da inicio al preconteo que es el proceso de transmisión, consolidación y divulgación rápida de los resultados electorales el mismo día de la elección.

La calidad y velocidad del proceso es clave para que los ciudadanos conozcan los resultados preliminares en el menor tiempo posible.

Todos los sistemas y personas involucradas deben trabajar prácticamente a prueba de fallas para garantizar que los resultados estén en el menor tiempo posible.

Este proceso tiene un valor únicamente informativo, para que la ciudadanía conozca los resultados, pero no tiene valor jurídico ya que es durante el escrutinio que se realiza con base en los formularios E-14 suscritos por los jurados de votación que se determina cuántos votos obtuvo cada candidato.

Los boletines de preconteo emanados de la Registraduría Nacional del Estado Civi, se van dando el mismo día de las elecciones, fruto de la información que de los resultados parciales van allegando los jurados de votación a las personas que la Entidad contrata para transmitirla. Esta información es consolidada en los centros de procesamiento para luego ser divulgada.

La finalidad de los boletines es dar información a la opinión pública en general de cómo se va adelantando la jornada electoral, más no de declarar elecciones ni mucho menos servir de mecanismo jurídico para ser demandados por las diferencias que entre éstos y las actas de escrutinios existan, dado que por ley no tienen valor jurídico alguno.
Las diferencias entre los datos divulgados en el preconteo y los resultados del escrutinio obedecen en su gran mayoría a que el preconteo se realiza con base en transmisión de datos “voz a voz”, a través de teléfonos fijos, móviles o satelitales, con el fin de brindarle una información rápida a la opinión pública el día de la elección y es posible que existan errores humanos en la transmisión o recepción de la información.

También se presentan casos en los que los jurados cuentan como “tarjetas no marcadas” las tarjetas no utilizadas, situación que se corrige durante el proceso de escrutinio, y a ello se suma que el preconteo que alcanza cerca de un 99,7% de las mesas informadas mientras que el escrutinio se realiza sobre el 100% de las mesas instaladas.

En términos generales, en todos los procesos electorales es probable que existan algunas diferencias entre los datos del preconteo y el consolidado final del escrutinio y normalmente el margen de error es de alrededor del 0,5%. Pero finalmente es el escrutinio el único que tiene validez jurídica, tal y como lo han reiterado el Consejo Nacional Electoral, el Consejo de Estado y la Procuraduría General de la Nación.


Inicia el conteo

El domingo 30 de octubre cuando los colombianos eligieron a sus autoridades locales se realizó el preconteo y fue así como se conocieron los datos preliminares de los resultados de los comicios.

Todo este proceso comenzó a las 4:00 pm cuando se cerraron las mesas de votación ubicadas en los 1.102 municipios del país. Los jurados como primera actividad destruyeron el material sobrante para proceder a equilibrar las mesas y contar los votos depositados por cada uno de los aspirantes

Los jurados contaron los votos para Alcalde, luego los de Gobernador para seguir con concejos, asambleas y por último Juntas Administradoras Locales.

Una vez terminaron de contabilizar los votos de Alcalde el jurado diligenció los formatos E-14, los cuales sirvieron de primer paso en la transmisión de los resultados.

Este formulario que está compuesto por tres cuerpos, uno de ellos fue desprendido por el jurado y entregado a un delegado conocido como recolector de Actas de Escrutinio, con quien se inició el proceso de transmisión.

En total para la jornada electoral en el país se contó con un número de 13 mil ciudadanos que realizaron esta labor en todo el territorio nacional.


Transmisión y recepción

Una vez el recolector tuvo el formulario en sus manos llamó al centro de procesamiento, donde una de las 7.300 personas, conocida como receptor recibió los datos suministrados y los anotó en un formato preimpreso conocido como Formato de Transmisión de Resultados (FTR) igual al que tiene el recolector.

La Registraduría Nacional del Estado Civil contó con un total de 19.788 medios de comunicación para transmitir la información en todo el país.

Estos formatos tuvieron un código de 9 dígitos que funcionó como un código de barras, ya que representa el departamento, el municipio, la zona, el puesto, la mesa de donde se transmitieron los resultados.

Los formatos fueron ubicados en una bandeja, de donde otro recolector los cogió para proceder a escanearlos.

El escáner estuvo conectado a un computador que permite verificar e interpretar las imágenes. Cuando el equipo de cómputo no “entiende” alguno de los números emite una alerta, que obliga al funcionario a corregirlo y de no tener claridad en el número que se va a transmitir debió devolverlo al receptor para que escribiera bien el dato suministrado por el recolector. El objetivo con este fue asegurar que la digitalización de la información corresponde con la que contiene el documento físico en donde fue consignada.

Superado este proceso, el computador conectado a un procesador generó los boletines con un parámetro de información, lo que indica que un boletín salió cuando se cumplía con un 5% de mesas o cada 5 minutos, para que de manera constante los colombianos obtuvieran los resultados parciales de los comicios.

En cada capital de departamento operaron dos centros de procesamiento de datos, a excepción de los antiguos territorios nacionales. Estos centros estaban interconectados entre sí a través de un canal de datos principal y otro soporte. En total fueron 54 canales.

Información a los colombianos

Siempre que se emitió un boletín informativo se envió a la correspondiente sala de prensa, de las 34 instaladas en todo el país, y así mismo esta misma información fue enviada para la consolidación nacional, que contó con dos Centros de Procesamiento: uno principal y uno alterno.

Por diferentes canales la información fue enviada a tres servidores por tres canales distintos. Un canal llevó los datos al datacenter que se ubicó en Estados Unidos para ser divulgados al mundo en la web, el otro a la sala de prensa nacional ubicada en Corferias y uno más para la transmisión de archivos planos a los medios de comunicación, mediante VPN.

Proceso de divulgación: una suma de esfuerzos

Para el tema de suministro de canales de comunicación, mecanismos de seguridad, soporte y medios de comunicación como lo son las líneas telefónicas fijas, celulares o medios satelital, la Registraduría Nacional firmó un contrato con la Empresa de Teléfonos de Bogotá, ETB.

La transmisión de resultados electorales desde los puestos de votación hasta los Centros de Procesamiento de Datos en los municipios zonificados con número mayor a 200 mesas estuvo a cargo de personal contratado por las firmas preconteadoras Indra, ASD, Colvista, SIO, y DPS. Cada una de estas empresas, que ya ha trabajado en procesos electorales en el pasado con la Registraduría, se encargaron en esta ocasión de un grupo de departamentos específico para atender este proceso de telecomunicaciones.

En los demás municipios incluyendo los zonificados con menos de 200 mesas la transmisión la hizo directamente la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Después de la transmisión de la información a los Centros de Procesamiento se logró la consolidación de resultados proceso que estuvo a cargo de la Unión Temporal Consolidación Nacional de Procesos Electorales 2011, Conproel.

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A cerrar la brecha electoral


Por. Carlos Ariel Sánchez Torres
Registrador Nacional del Estado Civil

Culminado el proceso de elección de autoridades locales en cuya preparación la Registraduría Nacional del Estado Civil trabajó durante más de un año, surgen algunas reflexiones sobre los retos de la Organización Electoral para los comicios de 2014 y 2015.

En el año 2000 la Registraduría Nacional del Estado Civil comenzó la primera etapa del Programa de Modernización Tecnológica (PMT I), que tuvo continuidad con la segunda etapa desarrollada entre 2005 y 2010 (PMT II). En la primera década de este siglo y con una inversión cercana a los US$200 millones Colombia logró ponerse a la vanguardia mundial en materia de identificación biométrica. Hoy en día todos los colombianos tienen una cédula amarilla con hologramas, un documento uniforme, parametrizado y con altos estándares de seguridad.

Actualmente el Sistema Automatizado de Identificación Dactilar, AFIS (por sus siglas en inglés) de la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia almacena cerca de 750 millones de huellas dactilares de colombianos, desde 1952 a la fecha, incluyendo no sólo a los mayores de edad sino también a los jóvenes mayores de 14 años que cuentan con tarjeta de identidad biométrica, y los varios juegos de huellas de quienes en algún momento han tramitado duplicados o rectificaciones de sus documentos.

El AFIS permite hacer búsquedas 1 a 1, para cotejar que la huella de una persona sí corresponde efectivamente a su titular, al comparar la huella con la información encriptada de la cédula de ciudadanía o con la información que reposa en las bases de datos de la Registraduría Nacional, y búsquedas 1 a N, para determinar entre el universo de datos a quién corresponde una huella determinada.

La principal característica del sistema de identificación colombiano es que la base de datos AFIS se comunica con la base de datos de registro civil, que contiene información del nacimiento, matrimonio y defunción de todos los colombianos. Por ello es posible que a partir de una huella dactilar, o incluso un fragmento de una huella, se pueda identificar no sólo a la persona a quien pertenece sino adicionalmente obtener los principales datos biográficos de ese colombiano.

Este banco de huellas es un patrimonio del Estado Colombiano que puede ser aprovechado para evitar fraudes por suplantación en el sector salud, de pensiones, en la banca, en el transporte, los seguros y por supuesto en el campo electoral.

Resulta inconcebible que Colombia tenga uno de los sistemas de identificación más modernos del mundo y también tenga uno de los sistemas electorales más anquilosados: Acá las elecciones se siguen haciendo con toneladas de papel, con formularios diligenciados a mano y con enormes posibilidades de error humano, tal y como se hacían hace 70 años.

Así como Colombia logró en una década renovar por completo su sistema de identificación, la tarea que viene ahora es cerrar la brecha con el sistema electoral, para que durante la preparación y realización de los comicios se puedan aprovechar las ventajas de poder garantizar la plena identidad de votantes, candidatos, testigos, escrutadores, claveros y demás actores del proceso electoral a partir de su huella dactilar.

Para estas elecciones el Gobierno Nacional asignó $10.000 millones para aplicar identificación biométrica en municipios con alto riesgo de fraude por suplantación de votantes, de acuerdo con el mapa de riesgo elaborado por la Registraduría Nacional. La dificultad para extender este beneficio a otras zonas del país es de índole presupuestal, ya que actualmente el alquiler de cada lector de huella tiene un precio elevado.

Sin embargo, en la medida en que otras entidades del Estado así como la empresa privada empiecen a aprovechar las ventajas de la identificación biométrica en el desarrollo de sus actividades cotidianas, será posible pensar que en los próximos comicios la identificación biométrica esté presente en todo el país en todas las etapas preparativas de las elecciones, así como en el día de los comicios, y que el Programa de Modernización Tecnológica, que ya se desarrolló en materia de identificación, pueda llegar al área electoral.

La Registraduría Nacional del Estado Civil nació hace ya casi 63 años con dos misiones claras: identificar a los colombianos y organizar las elecciones. Esta unión de misiones se entiende por la necesidad de garantizar un censo electoral ajustado a la realidad. Luego de haber depurado más de 4 millones de registros civiles de defunción gracias al PMTII, se entiende la urgencia de cerrar la brecha electoral y contar con unos comicios dignos del Siglo XXI en materia de presupuesto y tecnología.

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El Registrador Nacional, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, ganó el concurso de méritos organizado por las altas cortes y fue reelegido por 4 años


El Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, fue reelegido hoy por el Consejo de Estado, la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, para un período de 4 años, luego de ganar el concurso público de méritos convocado por estas corporaciones.

El artículo 266 de la Constitución Política, modificado por el artículo 15 del Acto Legislativo 1 de 2003 señala: “El Registrador Nacional del Estado Civil será escogido por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, mediante concurso de méritos organizado según la ley. Su período será de cuatro (4) años, deberá reunir las mismas calidades que exige la Constitución Política para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y no haber ejercido funciones en cargos directivos en partidos o movimientos políticos dentro del año inmediatamente anterior a su elección. Podrá ser reelegido por una sola vez y ejercerá las funciones que establezca la ley, incluida la dirección y organización de las elecciones, el registro civil y la identificación de las personas, así como la de celebrar contratos en nombre de la Nación, en los casos que aquella disponga”.

El artículo 13 del Acuerdo 001 del 13 de agosto de 2007, contentivo del Reglamento del concurso de méritos para la elección del Registrador Nacional del Estado Civil, establece la etapa clasificatoria, la cual consiste en que una vez en firme la lista de aspirantes admitidos al concurso, los Presidentes de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Corte Constitucional, evalúan y califican los méritos acreditados por cada aspirante, clasificándolos en un rango entre cero (0) y setecientos (700) puntos, para lo cual tienen en cuenta los valores establecidos para los siguientes criterios: experiencia profesional (general y relacionada), formación profesional avanzada, docencia universitaria y autoría de obras jurídicas. En esta primera etapa el actual Registrador Nacional obtuvo el máximo puntaje posible, es decir 700 puntos.

16 aspirantes fueron convocados a la segunda etapa, consistente en una entrevista personal con los presidentes de las altas cortes. Esta entrevista otorga un puntaje máximo de 300 puntos y el Dr. Carlos Ariel Sánchez obtuvo 300, para un total de 1.000 puntos sobre 1.000 en todo el concurso.

Su hoja de vida
El Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres es oriundo de Purificación, Tolima. Es abogado de la Universidad del Rosario y Doctor en Derecho en la modalidad Summa Cum Laude en la Universidad de Navarra (España). Además es Magíster en Derecho con Énfasis en Administrativo de la Universidad Sergio Arboleda y especialista en Derecho Comercial de la Universidad de los Andes; en Derecho Público Comparado de la Universidad de Turín (Italia), y en Derechos Humanos del Instituto de Derechos Humanos de la ESAP.

Ganó por concurso la dignidad de ser Decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas de la ESAP y bajo el mismo sistema de méritos fue designado Magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Fue Contralor de Bogotá, Consejero y Presidente del Consejo Nacional Electoral, Director Editorial de LEGIS S.A., y socio de la firma de abogados Procesos Electorales. Su experiencia docente por 25 años incluye entre otros cargos el de Director de la Maestría en Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario y Director de las especializaciones en Derecho Administrativo, Gerencia Pública y Control Fiscal. También ha sido profesor invitado en las Universidades de Urbino, Italia y Alfonso X el Sabio, España, en el programa de Doctorado en Derecho para Ibero-América.

El Registrador Nacional del Estado Civil ha publicado más de una docena de libros sobre derecho público, administrativo y electoral. Algunos de sus libros más consultados son “Participación Ciudadana en Colombia”, de Editorial Diké; “Teoría General del Acto Administrativo”, de Legis Editores, y “Derecho Electoral Colombiano, de Legis Editores, entre otros.

Antes de ser elegido como Registrador, el Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres se desempeñaba como investigador y docente de las universidades Sergio Arboleda y el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario.

Se posesionó como Registrador Nacional del Estado Civil el 6 de diciembre de 2007, luego de surtir un riguroso proceso de selección por méritos presidido por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Fue el primer Registrador Nacional elegido por meritocracia y a su vez desarrolló el primer concurso de méritos para la elección de los delegados departamentales y registradores distritales. Como resultado de dicho concurso 43 personas fueron incluidas en la lista de elegibles.

Su gestión en la Registraduría
Al comenzar su gestión lideró el proceso de formulación del Plan Estratégico 2008-2011 “El Servicio Es Nuestra Identidad”, en cuya ejecución se destacan logros importantes como los siguientes:

En materia electoral:

  • Depuración del censo electoral a partir de la actualización del Archivo Nacional de Identificación (ANI)
  • Publicación permanente del censo electoral en la página web www.registraduria.gov.co desde febrero de 2008.
  • Introducción del sistema de identificación biométrica en los procesos electorales para evitar el fraude por suplantación Entre 2009 y 2010 se implementó tecnología biométrica en 24 elecciones atípicas con un potencial de 2.456.722 sufragantes y 5.537 mesas instaladas.
  • Desarrollo de mapas de riesgo para identificar las zonas del país con mayor vulnerabilidad por suplantación electoral y por trashumancia electoral.
  • Diseño de un esquema de divulgación rápida de información de preconteo al cierre de las urnas, que permitió romper 2 veces el récord histórico de velocidad de entrega de información en la primera y segunda vuelta presidencial de 2010.
  • Aplicación de la Ley de Voto Bajo Techo que prevé que los sufragantes acudan a las urnas en puestos de votación ubicados en recintos cerrados y no al aire libre, lo cual garantiza mayor comodidad y seguridad para los votantes y el material electoral.
  • Rediseño de la tarjeta electoral con el fin de disminuir el elevado número de votos nulos, sobre todo en la elección de corporaciones públicas con listas con voto preferente.

En materia de identificación:

  • Culminación exitosa del proceso de renovación de cédulas que comenzó en el año 2006. Entre los años 2008, 2009 y 2010 la Registraduría produjo más de 25 millones de cédulas amarillas con hologramas.
  • Actualización del Archivo Nacional de Identificación, ANI, a partir de la ejecución de un proyecto de inversión que permitió la búsqueda de registros civiles de defunción en hospitales, cementerios, alcaldías, notarías y parroquias de 847 municipios del país.
  • Consolidación de una base de datos con más de 750 millones de huellas dactilares, habilitada para cotejar la identidad de todos los colombianos y de esta manera evitar fraudes por suplantación en el sector bancario, de salud, comercial y de seguridad, entre otros.
  • Fortalecimiento de la Unidad de Atención a la Población Vulnerable UDAPV, que desarrolla campañas de identificación especialmente orientadas para población que vive en zonas de difícil acceso, miembros de minorías étnicas como afrodescendientes e indígenas, víctimas de desastres naturales, comunidades desplazadas, niños y mujeres cabezas de hogar. Entre los años 2008 y 2011 se han realizado más de 100 campañas que han beneficiado a más de 500.000 personas.
  • Lanzamiento del nuevo formato de tarjeta de identidad para jóvenes entre 14 y 17 años. El nuevo documento tiene identificación biométrica y características de seguridad similares a las de la cédula amarilla con hologramas. Entre 2008 y 2010 la Registraduría produjo 1.184.288 tarjetas de identidad de nuevo formato.

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Como preparación para las elecciones de autoridades locales la Registraduría ha adoptado 30 medidas distintas para garantizar transparencia

La Registraduría Nacional del Estado Civil ha adoptado hasta la fecha 25 medidas diferentes para garantizar transparencia en el proceso electoral y en las elecciones de autoridades locales.

Dentro de las medidas adoptadas se encuentra un nuevo software de sorteo jurados, rediseño del cubículo y la tarjeta electoral, verificación de las listas de ciudadanos elegibles como jurados y publicación de la lista de los 101.000 candidatos inscritos en la página Web, entre otros. A continuación se explican cada una de las 25 medidas de transparencia adoptadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil:

1. Elaboración de Mapa de Riesgo Electoral: Este año por segunda ocasión la Registraduría Nacional publicó un mapa de riesgo, esta vez sobre trashumancia electoral, con base en las 989 resoluciones proferidas por el Consejo Nacional Electoral en 2007, en el cual se evidencia que 14 departamentos y 143 municipios del país tienen riesgo alto de fraude por trasteo de votos. Este mapa permitió planear el proceso de inscripción de cédulas,  adoptar controles y focalizar esfuerzos.

2.Diseño de un nuevo formulario de inscripción de cédulas: El nuevo formulario utilizado para la inscripción 3.910.289 cédulas de ciudadanía, incorporó nuevas características de seguridad como código de barras, número de consecutivo, nombre del municipio, número de mesa y número de puesto, con el fin de impedir el traslado y la utilización del número de documento de identificación en otros puestos de votación.

3. Nueva Plataforma Web para Censo Electoral: Con esta nueva plataforma Web se realizó el seguimiento del número de ciudadanos inscritos diariamente en el censo electoral y se pudo evidenciar el crecimiento inusitado de inscripciones de cédulas, en diferentes municipios del país, generando alertas tempranas y así tomar los correctivos del caso. La Registraduría remitió al Consejo Nacional Electoral casos de crecimiento inusitado de inscritos en 76 puestos en 67 municipios del país.

4. Publicación del Censo Electoral:

 Las personas interesadas pueden encontrar las listas de las cédulas de ciudadanía aptas para votar en las Delegaciones Departamentales, en la Registraduría Distrital y en las Registradurías Municipales, Especiales y Auxiliares a nivel nacional. La publicación del censo electoral se hace con el fin de que los ciudadanos se acerquen y verifiquen el estado de las cédulas habilitadas para votar y puedan realizar las reclamaciones a que haya lugar.

5. Nuevo software de sorteo de Jurados: La Registraduría diseñó este año un software para realizar el sorteo de los jurados, que se nutre con las listas de ciudadanos que remiten las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos. El sorteo se realiza en forma aleatoria para garantizar la heterogeneidad de la filiación política y así brindarle transparencia al proceso electoral. Este software permitió identificar homogeneidad en algunas mesas y por ello se verificaron las bases de datos y se reemplazaron los jurados inicialmente seleccionados.

6. Cruce de bases de datos: A través del nuevo software implementado para el sorteo de jurados, la Registraduría pudo cruzar las listas de empleados públicos y privados enviadas por los jefes de recursos humanos de las diferentes empresas, los miembros de las instituciones educativas y los listados que enviaron los partidos y movimientos políticos, con la información de censo electoral y el con el Archivo Nacional de Identificación, ANI. Este cotejo permitió dejar por fuera de las bases de datos un total de 51.718 cédulas de ciudadanos inicialmente reportados como elegibles.

7.  Revisión del sorteo de jurados en varios departamentos del país: La Registraduría Nacional del Estado Civil, en un trabajo técnico realizado de manera conjunta con la Procuraduría General de la Nación, realizó verificaciones a las bases de datos de jurados de municipios de Magdalena, Casanare, Cesar, Meta, Atlántico y Córdoba, y reemplazó los jurados originados en bases en listados posiblemente manipulados.

8.  Capacitación y cartillas para jurados: como novedad para este año, la cartilla de capacitación para jurados no se incluyó en el kit electoral sino que se entregó a los jurados durante las capacitaciones presenciales que comenzaron desde septiembre, con el fin de que tuvieran tiempo para estudiarlas. Así mismo se programaron capacitaciones a jurados en empresas con el fin de facilitar su formación. También se suscribió un convenio con el Sena para ofrecer un curso virtual de capacitación a los jurados de votación.

9.  Implementación de la Reforma Política en el Calendario Electoral: La Ley 1475 que introdujo la Reforma Política implementó cambios en el calendario electoral, como la modificación en la fecha de reemplazo de candidatos a alcaldías que estaba fijada para el 26 de octubre y que fue modificada para el martes 18 de octubre. Así mismo, se fijó como fecha para inicio de los escrutinios el domingo 30 de octubre, el cual conforme a la nueva legislación debe efectuarse una vez se haya concluido el proceso de votación que será a las 4.00 pm.

10.  Publicación de listados de candidatos inscritos en la Página Web: La publicación de los listados de los 101.430 candidatos inscritos en la página Web de la Registraduría www.registraduria.gov.co tuvo como finalidad hacer oponible la decisión de aquellos ciudadanos de optar como candidatos a cargos de elección popular y así quienes consideren que existen aspirantes que se encuentren incursos en alguna inhabilidad constitucional o legal, hicieran en tiempo el trámite respectivo de solicitud de revocatoria ante el Consejo Nacional Electoral.

11. “Votar ahora es más fácil”: reingeniería de la tarjeta electoral: Para las elecciones de autoridades locales se entregará a los ciudadanos un nuevo modelo de tarjeta electoral que rediseñó la Registraduría con el acompañamiento de la Universidad de los Andes, en asocio con el Instituto Republicano Internacional (IRI) y la Agencia Estadounidense de Cooperación para el Desarrollo (USAID), con lo que se busca reducir en un 70%  la cantidad de votos nulos, de acuerdo con las pruebas realizadas entre marzo y mayo de este año.

12.  Nuevo cubículo para garantizar el secreto al voto: Atendiendo recomendaciones de misiones internacionales de observación electoral, en estos comicios los colombianos estrenarán un nuevo modelo de cubículo, para proteger el secreto del voto y evitar que otros ciudadanos puedan ver las marcas que hace cada sufragante. El nuevo diseño es más fácil de armar, más económico y ofrece mayor privacidad al votante, ya que tiene una pestaña o “pared” a cada lado y otra al frente que garantiza el secreto al voto.

13. Acompañamiento de la Procuraduría en los Procesos Electorales: Para estas elecciones la Registraduría Nacional del Estado Civil solicitó el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación dentro de los diferentes procesos que viene adelantando la Entidad. Es así como, dicho Órgano de Control ha estado presente en el proceso de revisión de firmas, seguimiento del censo electoral, en el proceso de selección de jurados de votación, procesos precontractuales y contractuales, realización del ciclo de Foros del Estatuto Anticorrupción y Elecciones 2011 y  verificación y acompañamiento procesos Trashumancia Electoral

14. Revisión de las inscripciones por firmas: La Registraduría adelantó la revisión una a una de cerca de 5 millones de firmas aportadas por alrededor de 240 grupos significativos de ciudadanos que optaron por este mecanismo para inscribir candidatos. La verificación permitió descubrir ciudadanos muertos que firmaban planillas, firmas que no correspondían al censo electoral de la circunscripción en la cual deseaba participar el aspirante, fotocopias, planas y cédulas que no se encuentran registradas en el Archivo Nacional de Identificación. Con el resultado final del proceso la Dirección de Censo Electoral le dio traslado a la Fiscalía para lo de su competencia.

15.  Acompañamiento a la Policía para garantizar la seguridad y el orden público: La Registraduría Distrital capacitó sobre temas electorales hasta el pasado 23 de septiembre a 13.946 policías de Bogotá que prestarán su servicio durante la jornada del 30 de octubre y capacitaciones similares se adelantaron en otras delegaciones departamentales de la Registraduría en todo el país. La Policía y demás miembros de la Fuerza Pública se encargan de controlar el ingreso a los puestos de votación, entre otros aspectos y proteger la seguridad física de las instalaciones de la Registraduría y el material electoral, entre otros.

16. Selección objetiva de contratistas: Para la contratación de la elaboración y distribución del kit electoral así como de la infraestructura de telecomunicaciones, preconteo, consolidación y divulgación de datos electorales, se realizaron procesos de selección objetiva y los pliegos de contratación fueron publicados de manera oportuna en el Portal de Contratación a la Vista.

17.  Más y mejor Capacitación para candidatos y partidos: Con el fin de capacitar distintos actores del proceso electoral en todo el país, la Registraduría suscribió un convenio con la Revista Semana y la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, para realizar un ciclo de 5 foros llamados “Por una Colombia bien gobernada, Elecciones 2011”, donde se trataron temas electorales como financiación de campañas, la vigilancia electoral, las funciones de los organismos electorales y la vigilancia electoral. Los foros se realizaron en Bogotá, Medellín, Barranquilla y Cali. Además se realizaron 8 foros con la Procuraduría en Bogotá, Medellín, Riohacha, Barranquilla, Bucaramanga, Villavicencio, Ibagué y Pereira.

18.Traslado de funcionarios: En época preelectoral la Entidad acostumbra a realizar traslados de funcionarios en zonas distintas a aquellas en donde normalmente realizan su función, con el fin de garantizar absoluta imparcialidad a los distintos actores del proceso electoral. Así mismo en algunos casos el traslado se realiza para proteger a funcionarios que reciben amenazas.

Hasta el pasado 13 de octubre la Registraduría Nacional del Estado Civil había ordenado el traslado de 780 funcionarios. Para las elecciones locales de 2007 fueron trasladados 737 y en el año 2003 la Entidad realizó el traslado de 301 funcionarios de la Entidad.

19. Implementación del Aplicativo Cuentas Claras: La Registraduría y el Consejo Nacional Electoral con el apoyo de la Corporación Transparencia por Colombia y el Instituto Nacional Demócrata, NDI, suscribieron un convenio con el fin de unir esfuerzos para favorecer la transparencia y establecer la rendición de cuentas de los ingresos y gastos de las campañas electorales a través del Software aplicativo “Cuentas Claras”. En este software se implementó el módulo “Libro de ingresos y Gastos”, en el cual se deben asentar todos los ingresos y gastos de campaña de los candidatos para las Elecciones de Autoridades Locales del pasado 30 de octubre.

20.  Simulacros y pruebas de funcionalidad: Desde el 1 de octubre la Registraduría programó distintos simulacros, pruebas de funcionalidad y pruebas de stress para medir la capacidad técnica instalada, tanto de líneas telefónicas como de los software de preconteo y poder adoptar correctivos de manera oportuna con el fin de garantizar la entrega rápida de la información el día de las elecciones. En cada simulacro completo participaron más de 20.000 personas, entre transmisores, receptores y funcionarios de la Entidad.

21. Blindaje contra ataques informáticos: Desde mediados de septiembre el Registrador Nacional del Estado Civil solicitó a la Policía Nacional y a la Fiscalía General de la Nación apoyo para blindar a la Entidad frente ataques informáticos, trabajando conjuntamente en la prevención e investigando amenazas e incrementos súbitos en el número de consultas a la página web de la Registraduría Nacional. Desde entonces se han sostenido reuniones de trabajo con el equipo de la Dijín y se han adoptado distintas medidas de protección para garantizar que el 30 de octubre los colombianos puedan conocer de manera rápida los resultados electorales.

22. Suspensión de Entrega de Cédulas: La Registraduría Nacional del Estado Civil, el Ministerio Público y la Fiscalía General de la Nación, adelantaron inventarios de cédulas de ciudadanía en todas las Registradurías del país y procederán al sellamiento de los archivadores que contienen los referidos documentos de identidad  el sábado 29 de octubre, para así evitar suplantaciones.

23. Implementación de la identificación biométrica para elecciones el 30 de octubre: En las elecciones de autoridades locales del 30 de octubre, la Registraduría Nacional del Estado Civil realizará el mayor despliegue biométrico en la historia de las elecciones colombianas, en un esfuerzo sin precedentes por evitar el fraude por suplantación de votantes y jurados. Durante el certamen electoral, cerca de 3 millones de ciudadanos, alrededor del 10% del censo electoral, serán identificados con herramientas biométricas en puestos de votación de los departamentos de Valle, Bolívar, Atlántico, Meta, La Guajira y Córdoba.

24.Controles al kit electoral: El proceso de producción del kit electoral incluye controles como tintas visibles a la luz ultravioleta, chips de seguridad que se insertan en cada kit para controlar su ubicación y un diseño de la caja para evitar que el kit se abra antes del día de la elección. Cada uno de los 91.520 kits puede ser monitoreado desde Bogotá para determinar si su contenido está completo y si ya llegó a su puesto de destino.

25. Puestos Unificados de Mando P.U.M.: Con la participación de todas las autoridades que intervienen en la organización y desarrollo de las elecciones, se promoverá la conformación de puestos unificados de mando, ubicados en las gobernaciones y alcaldías a nivel nacional. Esta medida garantiza la oportuna respuesta a situaciones imprevistas y el adecuado control del proceso.

26.  Destrucción de Tarjetas Electorales Sobrantes: Para estas elecciones de autoridades locales se ha dispuesto la destrucción de las tarjetas electorales no utilizadas sobrantes, su empaque en sobre sellado y recolección inmediata, una vez finalice la jornada de votación a las 4:00 pm y antes de abrir las urnas que contienen los votos depositados para los diferentes cargos y corporaciones públicas, esto con el fin de evitar su eventual utilización fraudulenta.

27.  Información de Preconteo: Se han tomado las medidas necesarias para garantizar la contabilización y publicación de los resultados electorales de la totalidad de las mesas de votación con el objetivo de lograr el 100% y tener resultados rápidos el 30 de octubre.

28.  Digitalización y Publicación de Formularios E-14 o actas de escrutinio en la página web: Desde el año 2009 la Registraduría comenzó a digitalizar los formularios E-14 o actas de escrutinio de jurados, para que los partidos, candidatos y ciudadanos en general puedan hacer seguimiento de los resultados del preconteo de votos. Para estas elecciones se ha contratado la digitalización de las actas de escrutinio E-14 con el fin de entregar la información en CD a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Así mismo, se ha previsto la publicación de ésta información en la página Web para ser verificada por cualquier ciudadano.

29.  Escrutinio inmediato: De acuerdo con lo ordenado por la Reforma Política, este año los escrutinios a cargo de las comisiones escrutadoras comenzarán el domingo 30 de octubre y no el martes siguiente a la elección. Esto significa que el escrutinio se realizará de manera paralela al preconteo y no posteriormente, y por tal razón el preconteo no servirá de base para el escrutinio. el trabajo de éstas parte de cero, los computadores con los que trabajan no tienen información cargada y tendrán que revisar uno a uno los formularios E-14 suscritos por los jurados. el escrutinio inmediato de mesa exige el nombramiento de más de 1.200 registradores ad hoc, quienes estarán como secretarios de las comisiones escrutadoras desde el domingo por la tarde.

30. Concentración de Escrutinios: Se ha venido implementando la concentración de escrutinios en un solo recinto, lo cual facilita la seguridad, el control del evento, compartir recursos y solución de imprevistos. Esta medida se toma de acuerdo a las condiciones particulares de cada municipio y en la medida de la disposición de recintos adecuados para este fin e implica un esfuerzo logístico importante para la Entidad ya que el escrutinio comenzará el domingo y no el martes siguiente a la elección, y muchos puestos de votación funcionan en colegios y universidades que el lunes 31 deben estar disponibles para las clases de los estudiantes.


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Registraduría está lista para el voto electrónico, pero han faltado recursos

Para la organización de los comicios de 2011, la Registraduría Nacional del Estado Civil solicitó inicialmente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en el año 2010, un total de $741.548 millones.

De esta cifra cerca de $517.000 millones estarían destinados a la implementación del voto electrónico y medidas identificación biométrica de sufragantes, orientadas a garantizar la transparencia en la elección de autoridades locales del 30 de octubre de 2011.

Aunque en el país se han realizado ejercicios democráticos con el uso del voto electrónico como el realizado el domingo 27 de septiembre de 2009 en las consultas de partidos en Bogotá donde un total de 2.573 colombianos tuvieron la experiencia de sufragar mediante este sistema, aún su implementación no se ha logrado extender a nivel nacional por falta de presupuesto.

La no asignación de la totalidad de los recursos solicitados por la Registraduría al Gobierno nacional para las elecciones de autoridades locales tuvo como principal consecuencia suprimir la implementación de componentes tecnológicos del proceso electoral.

De hecho, en el 18 de mayo, ante la Comisión de Seguimiento Electoral de la Cámara de Representantes, el Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, señaló: “No hay dinero suficiente ni para mesas, urnas ni para tarjetas electorales. Para hacer las elecciones como se hacen desde hace décadas, manuales y rudimentarias, faltan $131.000 millones. Para todas las innovaciones tecnológicas que queremos hacer para evitar el fraude electoral en los comicios de autoridades locales es claro que no nos van a dar los recursos necesarios solicitados y en este contexto el voto electrónico hace parte de la ciencia ficción electoral”.

El Registrador Nacional ha expresado que la implementación del voto electrónico en Colombia debe ser gradual, como se hizo en Brasil, en donde comenzó su utilización en algunas elecciones de tipo local y fue expandiéndose paulatinamente. Así mismo ha llamado la atención sobre la necesidad de utilizar un sistema que genere confianza entre partidos, candidatos y sufragantes, con máquinas individuales, que no tengan interconexión entre unas y otras para evitar el fraude; que deje evidencia física del voto y que permita hacer reclamaciones en la etapa de escrutinio.

Recursos para Biometría

La Registraduría Nacional del Estado Civil realizará mañana domingo el mayor despliegue de identificación biométrica efectuado hasta la fecha en el país: a 3.388.731 colombianos en 15 municipios de 6 departamentos del país podrá cotejárseles su huella para evitar suplantación de votantes y jurados.

Con recursos asignados por el Gobierno Nacional, la Registraduría suscribió un contrato con Unión Temporal Validación 2011 por valor de $10.584.000.000 para implementar biometría en 666 puestos de votación de los municipios de Cartagena, Magangué y Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar; Cali, Yumbo, Jamundí, Palmira, Buenaventura y Yotoco en el Valle del Cauca y en Soledad, Atlántico.

Adicionalmente, con recursos propios, equipos técnicos y humanos, la Registraduría Nacional llegará a los municipios de Montelíbano, Uribia, Castilla la Nueva, Maicao y Puerto Gaitán de los departamentos de La Guajira, Córdoba y Meta.

En total, la Registraduría podrá realizar la identificación biométrica de 3.388.731 de electores, que son alrededor del 10% del censo electoral, en los puestos de votación de 15 municipios de 6 departamentos, en un esfuerzo por evitar el fraude por suplantación de votantes y jurados.

En Bogotá, se instalará una herramienta de identificación biométrica de electorales en la mesa número 1 o mesa protocolaria del puesto de votación de la Plaza de Bolívar, donde los ciudadanos podrán conocer como funciona este nuevo sistema que se aplicar para estas elecciones de autoridades locales.

Con la autenticación de ciudadanos se evita la suplantación de votantes, que es uno de los delitos electorales más frecuentes en las jornadas democráticas del país, de acuerdo con el mapa de riesgo de fraude electoral elaborado por la Registraduría Nacional, con base en las sentencias del Consejo de Estado sobre las elecciones de los años 2002 y 2006.

Estas herramientas biométricas se instalarán así mismo para dar cumplimiento al artículo 39 de la Lay 1475 de 2011, donde se estipulan que “La Registraduría Nacional del Estado Civil implementará, a partir de las próximas elecciones, la identificación biométrica de los electores”

Identificación biométrica ya mostró sus bondades

Con el fin de garantizar mayor transparencia, entre los años 2009 y 2010 la Registraduría implementó tecnología biométrica en 24 elecciones atípicas, con un potencial electoral de 2.456.722 de sufragantes y 5.537 mesas de votación instaladas.

La nueva cédula amarilla con hologramas, que portan más de 30 millones de colombianos e incluye un código de barras con información biométrica de cada titular, permite que en un proceso electoral se pueda cotejar la huella de quien se acerca a las urnas con la huella que reposa en la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Este ejercicio es posible ya que Colombia tiene una de las más completas bases de información biométrica del mundo, conformada por más de 750 millones de huellas dactilares, recogidas en casi de 63 años
de historia.

El uso de biometría en las elecciones atípicas ha permitido disminuir a cero el número de denuncias por suplantación y, al contrario, ha permitido capturar en flagrancia a personas que pretendían suplantar jurados o votantes.
La aplicación de la identificación biométrica en elecciones comenzó en Colombia el 22 de febrero de 2009 en la elección de alcalde de Belén de los Andaquíes, en Caquetá, sobre un censo electoral de 6.807 ciudadanos, y la última que se realizó fue el 24 de octubre de 2010 para la elección de Gobernador de Bolívar, sobre un censo electoral de 1.313.015 ciudadanos.

En Bogotá se usó por primera vez biometría en las consultas internas de partidos el 27 de septiembre de 2009. Para estas consultas se instalaron nuevas herramientas tecnológicas, combinadas con el sistema de voto electrónico en los puestos de Marly y la Plaza de Bolívar

La primera elección departamental con biometría se realizó el 31 de mayo de 2009 para elegir el Gobernador de Arauca.

La implementación de la biometría permitió la plena identidad de los votantes al momento reingresar al puesto de votación, mediante el cotejo de la información que reposa en el código de barras de la cédula de ciudadanía con la huella dactilar del portador.

Cuánto asignó el Gobierno para estas elecciones

De los $741.548 millones solicitados en 2010 para las elecciones de 2011, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público finalmente asignó $280.000 millones.

De estos recursos $97.098 millones corresponden al costo del kit electoral que no sólo contempla la elaboración de la papelería, urnas y cubículos, sino suministrar, clasificar, codificar, empacar, transportar, custodiar, entregar oportunamente y en buen estado el material necesario para garantizar a los colombianos el derecho al voto.

Así mismo todo el proceso de preconteo, la consolidación y las comunicaciones tuvieron un valor de $76.048 millones. Otros $10.000 millones corresponden al componente de biometría y el resto del presupuesto se destinó a la contratación de supernumerarios de apoyo para la inscripción de cédulas y la jornada electoral.

Eliminación del voto preferente y la inscripción de cédulas

La Registraduría Nacional del Estado Civil insistió durante el año 2010 cuando se debatía la Reforma Política en la conveniencia de la eliminación del voto preferente para avanzar hacia la conformación de listas únicas y cerradas, a través de consultas populares, lo cual aseguraría reglas y mecanismos claros y objetivos transparentes para la escogencia de candidatos, miembros del partido, directivos y la ejecución de los dineros recaudados por cuenta de la financiación política electoral.

Esta iniciativa no fue incluida en la Reforma Política pero sigue siendo una prioridad para el Registrador Nacional, en busca de procesos más transparentes y en el fortalecimiento de las colectividades para el proceso electoral.

Otra reforma propuesta por la Registraduría, que fue incorporada en el proyecto de ley de Nuevo Código Electoral, radicado el 28 de septiembre ante el Congreso, consiste en eliminar el proceso de inscripción de cédulas previo a cada elección y en su reemplazo crear el Registro Electoral, que se adelantará de manera permanente en todas las Registradurías
del país.

“En cualquier momento y de manera oficiosa, cualquier ciudadano podrá ir a la Registraduría e informar que cambió su domicilio y que por lo tanto a partir de la fecha desea seguir sufragando en determinado puesto de votación”, explicó el Registrador Nacional. Este Registro Electoral se adelantará de manera permanente, durante todas las épocas, y no sólo durante unos pocos días, previo a cada elección, como ocurre hoy.


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Estas son algunas de las preguntas más frecuentes sobre escrutinio

¿Qué es el escrutinio?

El escrutinio es la función pública mediante la cual se verifican y se consolidan los resultados de las votaciones. Consiste en el conteo y consolidación de los votos depositados por cada candidato y lista de candidatos.

¿Qué diferencia hay entre el preconteo y el escrutinio?

Los resultados que se entregan el domingo de la elección a través de la página web de la Registraduría y los medios de comunicación son el resultado del preconteo o conteo rápido de mesa, que tiene carácter informativo pero carece de valor jurídico vinculante, ya que de acuerdo con lo previsto en el Código Electoral, los resultados oficiales de la elección sólo se conocen una vez concluya el proceso de escrutinio, a cargo de las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral.

¿Quiénes participan e intervienen en un escrutinio?

En una Comisión Escrutadora Auxiliar o de Municipio No zonificado intervienen las siguientes personas:

• Dos escrutadores.
• Un Registrador auxiliar o municipal.
• Testigos debidamente acreditados, apoderados o candidatos
• Funcionarios de los organismos de control.
• Representantes de la fuerza pública que garanticen la seguridad del recinto.
• Funcionarios encargados de la digitación en el aplicativo, procesamiento del Acta General de escrutinio, de generar los formularios E-23 y E-26, E-24, y apoyo al recuento de votos.
• Patinador: la persona encargada de saca las bolsas con los documentos electorales del arca triclave.

¿Qué pasa si los formularios E-14 o actas de escrutinio de jurados de votación publicados en la página Web de la Registraduría, no coinciden con los datos de preconteo del día de la elección?

El preconteo que se realiza el domingo de elección es de carácter informativo pero carece de validez y por lo tanto la información de los formularios electorales como el Acta de Escrutinio de Mesa E – 14 prevalece sobre el preconteo. Las diferencias entre los resultados del preconteo y las actas de escrutinio pueden originarse por errores en la digitación que realizan las casi 17.000 personas encargadas de la transmisión y recepción de datos, que se dictan vía telefónica: es posible que en la llamada una persona dicte un dato, por ejemplo “tres” y al otro lado de la línea se entienda otro, por ejemplo “trece”. Sin embargo históricamente el margen de error es del 0.5% y en todo caso precisamente para ello se publican en la web los formularios E-14, que son los que tienen validez durante el escrutinio.

¿Cómo están conformadas las Comisiones Escrutadoras?

Para el escrutinio Auxiliar o Zonal, el Tribunal Superior del Distrito Judicial designa dos (2) ciudadanos cuya calidad de miembros está compuesta por un Juez, Notario o Registrador de Instrumentos Públicos, encargados de hacer el respectivo cómputo de los votos depositados en las Arcas Triclaves. El Registrador Zonal o Auxiliar actúa como secretario de la comisión escrutadora.

En el escrutinio Distrital y Municipal, el Tribunal Superior del Distrito Judicial designa dos (2) ciudadanos de las mismas calidades descritas en el escrutinio anterior y actúan como secretarios de la comisión los Registradores Distritales y Municipales del Estado Civil.

Finalmente, durante el escrutinio General, el Consejo Nacional Electoral designa a dos (2) ciudadanos que hayan sido Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Consejo Nacional Electoral, Tribunal Superior, Tribunal de lo Contencioso Administrativo o Profesores de Derecho, como secretarios de esta comisión se designan a los dos Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil.

¿Cuándo se inician los escrutinios por parte de la comisión?

La Reforma Política que aprobó el Congreso el año pasado y fue sancionada por el Presidente de la República en julio de este año trae un cambio significativo en los escrutinios, que ya no comienzan el martes siguiente a la elección, como se hacía anteriormente, sino el mismo día de los comicios.

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley 1475 de 2011, las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares comenzarán el escrutinio que les corresponde el mismo día de la votación, a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa y a medida que se vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos, en el local que la Registraduría previamente señale.

Dicho escrutinio se desarrollará hasta las 12:00 de la noche. Cuando no sea posible terminar el escrutinio antes de la hora señalada, la audiencia de escrutinio continuará a las 9:00 am del día siguiente hasta las 9:00 pm y así sucesivamente hasta terminar el correspondiente escrutinio.

¿Los testigos que actuaron en las mesas de votación también pueden actuar durante el escrutinio?

Sólo si se acreditaron para ambos procesos. La Registraduría expide dos tipos de credenciales: la primera de ellas conocida como el formulario E-15 que le sirve al testigo para actuar ante los Jurados de votación y la segunda conocida como E-16, requerida para actuar ante las comisiones escrutadoras. Para que el testigo actúe ante la comisión escrutadora es indispensable presentar el E 16.

¿Cuáles son las inhabilidades para ejercer como escrutador?

Dentro de la respectiva Circunscripción Electoral, no pueden ser miembros de comisiones escrutadoras o secretarios de éstas, los candidatos, sus cónyuges o parientes hasta el 2° grado de consanguinidad o de afinidad, o primero civil, según el artículo 151 del Código Electoral. La persona que encontrándose en alguna de las circunstancias anteriores no se declare impedida, será sancionada con arresto inconmutable hasta de treinta (30) días que se impondrá a petición de parte o de oficio por los Delegados del Registrador Nacional, de acuerdo al artículo 9 de la Ley 62 de 1988.

Si el Registrador se encuentra en estas circunstancias, debe informar oportunamente a los Delegados del Registrador Nacional para que éstos procedan a nombrar un Registrador Ad-hoc, quien actuará como Secretario de la Comisión.

¿Cómo deben ser designadas las comisiones escrutadoras?

Las Comisiones Escrutadoras Auxiliares, Municipales y Distritales, son designadas en sala plena por los respectivos Tribunales Superiores de Distrito Judicial, de acuerdo al artículo 157 del Código Electoral, diez (10) días hábiles antes de la fecha de la elección. El cargo de escrutador Municipal o Auxiliar es de forzosa aceptación y su falta se tipificará como causal de mala conducta, según el artículo 159 del Código Electoral.

¿Es obligatorio ser escrutador?

De acuerdo con el Artículo 159 de Código Electoral, los cargos de escrutadores distritales, municipales y zonales son de forzosa aceptación.

¿Existe exoneración para pagar la multa por inasistencia?

Podrán ser exonerados del pago de la multa y la causal de mala conducta quienes acrediten que su incumplimiento se debió a alguna de las causales establecidas y demostradas como: grave enfermedad del escrutador o su cónyuge, padre, madre o hijo; muerte de alguna de las personas mencionadas anteriormente; no ser residente del lugar donde fue designado; ser menor de 18 años.

¿Existe alguna penalidad o multa por faltar al servicio de la Comisión Escrutadora?

Las personas que no concurran a desempeñarse en este cargo de forzosa aceptación pagarán una multa que será impuesta mediante resolución por los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil.

¿Qué sucede si el ausente es un empleado público?

Estos empleados incurrirán en causal de mala conducta y la multa, mientras permanezcan en el empleo, se pagará mediante sucesivos descuentos que hará el pagador respectivo a razón de un diez por ciento (10%) del salario mensual que devengue el sancionado, de acuerdo al artículo 159 del Código Electoral.

¿Qué sucede si uno o ambos miembros de la comisión escrutadora no asisten?

Las comisiones escrutadoras distritales y municipales están conformadas por dos (2) ciudadanos que tienen el cargo de jueces, notarios o registradores de instrumentos públicos en el respectivo distrito judicial. Si al vencerse la hora en que se deben iniciar los escrutinios y uno o los dos miembros de la comisión escrutadora no se hubiesen hecho presentes, el juez que actúa en calidad de clavero, reconstruirá la comisión a través de una resolución (Formulario E-22) y dejará constancia de ello en el acta, además de comunicar esa novedad a los delegados del Registrador Nacional del Estado Civil para su cargo, según el artículo 162 del Código Electoral.

¿Las comisiones escrutadoras pueden negar el recuento de votos?

No. Las comisiones escrutadoras no podrán negar la solicitud cuando en las mismas actas de los jurados aparezcan tachaduras, enmendaduras en los nombres de los candidatos o en los resultados de la votación o haya duda a juicio de la comisión escrutadora, sobre la exactitud de los cómputos hechos por los jurados de votación, según el artículo 164 del Código Electoral.

¿Las comisiones escrutadoras pueden verificar una mesa en más de una ocasión?

No. De acuerdo con el Artículo 164 del Código Electoral, “Verificado el recuento de votos por una comisión escrutadora no procederá otro
alguno sobre la misma mesa de votación”.

¿Tienen derecho los escrutadores de resolver las reclamaciones presentadas ante los jurados de votación?

Sí. Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares resolverán, con base en las actas respectivas, las reclamaciones que se hayan presentado ante los jurados de votación, conforme al artículo 122 del Código Electoral.

¿Se pueden apelar las decisiones tomadas por los escrutadores sobre alguna reclamación?

Las reclamaciones se pueden presentar inicialmente ante los Jurados de Votación; posteriormente ante las Comisiones Escrutadoras Distritales, Municipales y la última instancia serán los Delegados del Consejo Nacional Electoral, de acuerdo con los artículos 192 y 193 del Código Electoral Colombiano.

¿Cuándo no se acepta una reclamación?

En los escrutinios realizados por las comisiones escrutadoras distritales y municipales no se aceptarán reclamaciones o apelaciones que no sean formuladas por escrito en el acto mismo del escrutinio. También deberán entregarse por escrito las reclamaciones ante las comisiones auxiliares, de acuerdo con el artículo 167 del Código Electoral.

¿La comisión escrutadora debe hacer el cómputo total de votos?

Si. Las comisiones escrutadoras no se eximen de la obligación de hacer el cómputo total de votos, que se anotarán en el acta del escrutinio, so pena de incurrir en sanción prevista en el artículo 159 del Código Electoral.

¿Qué sucede cuando una comisión escrutadora no hace el respectivo escrutinio?

Según el artículo 171 del Código Electoral, cuando no se hubiere hecho el escrutinio por parte de la comisión escrutadora, el Registrador procederá a llevar personalmente a la delegación departamental y a entregar a los delegados del Registrador Nacional, bajo recibo, los documentos provenientes de las mesa de votación, tal como fueron recibidos de ellas.

¿Cuáles son las actas utilizadas por las comisiones escrutadoras y a quiénes se envían?

El Formulario E – 24 de resultados mesa a mesa y el Acta Parcial de Escrutinio E – 26), se expedirán en seis ejemplares con destino al Presidente del Consejo Nacional Electoral, al Presidente del Consejo de Estado, al Ministro del Interior y de Justicia, al Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo, a los Delegados del Registrador Nacional y al Gobernador Departamental, según el artículo 186 del Código Electoral.

¿Quién declara la elección de los Gobernadores, Alcaldes, Concejales, Diputados y del Ediles?

De acuerdo con los artículos 7 y 8 de la Ley 163 de 1994, la declaratoria de la elección se realiza así:

- Corresponde a los delegados del Consejo Nacional Electoral declarar la elección de los Gobernadores y del Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

- Las Comisiones Escrutadoras Departamentales declaran la elección de los Diputados.

- Las Comisiones Escrutadoras Distritales y Municipales les corresponde declarar la elección para los Alcaldes Distritales y Municipales, Concejales y Ediles o Miembros de Juntas Administradoras Locales.

- Para el caso de los escrutinios del distrito capital, la Comisión Escrutadora del Distrito Capital practicará los escrutinios de los votos por el Distrito Capital para Concejo Distrital y declarará la elección.

- Las Comisiones Escrutadoras Auxiliares del Distrito Capital practicarán el escrutinio de los votos para miembros de Juntas Administradoras Locales y declararán la elección de Ediles.

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Estas son las 15 preguntas frecuentes sobre los claveros

¿Quiénes son los claveros?

Los claveros son las personas encargadas de recibir e introducir en el arca triclave los pliegos electorales suscritos por los jurados de votación, y de custodiar y velar por su seguridad y contenido.

¿Qué es un arca triclave?

El arca triclave es la caja o recinto con tres cerraduras o candados, donde se introducen los documentos electorales. El arca estará al cuidado de tres claveros y cada uno de ellos tendrá la llave de una de las cerraduras o candados.

¿Cómo se marca un arca triclave?

Las arcas triclaves deben estar marcadas exteriormente con el nombre de la zona, comuna o corregimiento y el municipio a que corresponde.

¿Cuál es la función de los Claveros?

A medida que se vayan recibiendo los pliegos provenientes de las mesas de votación, los claveros los introducirán inmediatamente en el arca triclave respectiva y anotarán en un registro con sus firmas en el formulario (E-20), el día y la hora de la introducción de cada uno de ellos y su estado.

Una vez introducidos en el arca la totalidad de los documentos electorales, procederán a cerrarla y sellarla, y elaborarán un acta general de la diligencia en la que conste la fecha, hora de su comienzo y terminación y estado del arca. Cuando se inicien los escrutinios respectivos, los Claveros pondrán a disposición de la Comisión Escrutadora los sobres o paquetes que contienen los pliegos electorales de las mesas de votación, hasta la terminación del correspondiente escrutinio. (Art. 152 del Código Electoral).

¿Cuál es la diferencia entre un clavero y un escrutador?

Los claveros son los encargados de custodiar los documentos electorales hasta el arca triclave mientras que los escrutadores son Jueces de la República, Notarios o Registradores de instrumentos públicos responsables de realizar el escrutinio.

¿Hay una hora establecida para introducir las actas y documentos electorales en el arca triclave?

Sí. Como está estipulado en el Artículo 144 del Código Electoral, inmediatamente después de terminado el escrutinio en las mesas de votación, las actas y documentos que sirvieron para la votación serán entregados por el presidente del jurado a los claveros, antes de las 11:00 pm.

Salvo que ante la comisión escrutadora se demuestre violencia, fuerza mayor o caso fortuito, los pliegos que fueron introducidos después de la hora establecida, no serán tenidos en cuenta en el escrutinio y el hecho se denunciará a la autoridad competente para que imponga la sanción que haga lugar.


¿Cómo se puede remplazar a un clavero?

La falta de asistencia de uno de los claveros será suplida por un ciudadano de reconocida honorabilidad, que designarán los otros dos ciudadanos que ejercen como claveros. (Artículo 149 del Código Electoral).

¿Cuáles son los impedimentos determinados por la Ley para ser clavero?

No podrán actuar como claveros de una misma arca ni desempeñar esta función en el mismo municipio, las personas que sean parientes entre sí hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o primero civil y sus cónyuges. (Art. 9 Ley 62 de 1988).

La persona que incurra en la situación prevista anteriormente, será sancionada con arresto inconmutable hasta de treinta (30) días, por medio de Resolución que dictarán de oficio o a petición de parte, los Delegados del Registrador Nacional. (Art. 9 Ley 62 de 1988).

¿Los claveros tienen sanciones?

Según el artículo 150 del Código Electoral, el incumplimiento de los deberes de clavero, es causal de mala conducta, que se sancionará con la pérdida del empleo. La normatividad correspondiente a los Claveros se encuentra estipulada entre los artículos 145 y 155 del Código Electoral.

¿Cuál es el horario de los claveros?

Los claveros auxiliares o zonales, municipales y distritales deberán permanecer en la Registraduría respectiva, así:

El domingo de elecciones desde las cuatro de la tarde (4:00 p.m.) hasta las doce de las noche. (12:00 p.m.) A partir de este día y hora hasta cuando venza el último de los términos señalados por la Registraduría Nacional para la introducción de los pliegos electorales en el arca triclave permanecerán a disposición del Registrador para los mismos efectos.

El lunes siguiente desde las ocho de la mañana (8:00 a.m.) Estarán presentes al momento de iniciar el escrutinio y durante el desarrollo del mismo. (Art. 152).

A partir de este día y hora hasta cuando venza el último de los términos señalados por la Registraduría Nacional para la introducción de los pliegos electorales en el arca triclave permanecerán a disposición del Registrador para los mismos efectos. (Art. 154 C.E.).

Los claveros deberán permanecer en las audiencias publicas de escrutinio para efectos de retirar y entregar del arca triclave los pliegos a la comisión escrutadora.

¿Quién es un Juez Clavero?

El Tribunal Superior del respectivo Distrito Judicial hará la designación del Juez que actuará como Clavero en cada una de las Registradurías Auxiliares. En las Registradurías Municipales, el Juez Municipal o en su defecto el Penal o el Promiscuo Municipal, actuará como Clavero sin necesidad de designación; en cuyo caso el Registrador le recordará el cumplimiento de esta función.

¿Los claveros comunican los resultados electorales?

Los claveros municipales, o por lo menos dos de ellos, comunicarán desde el mismo día de las elecciones, por el
medio más rápido, los resultados que obtengan los candidatos
a las corporaciones públicas, tanto a la Registraduría Nacional del Estado Civil como a los respectivos delegados del Registrador Nacional

En la misma forma comunicarán los resultados de las elecciones mediante telegrama circular al Registrador Nacional
del Estado Civil, al Ministro del Interior y de Justicia, al Gobernador, alcalde respectivo y a los correspondientes delegados del Registrador Nacional.

¿Quién entrega las arcas triclaves?

Las arcas triclaves serán suministradas así:

Las de las Registradurías: Distrital, Municipal, Auxiliar o Zonal por las mismas Registradurías o por las alcaldías. (Art. 147 del Código Electoral).

Las de las Delegaciones del Registrador Nacional por las mismas Delegaciones o por las Gobernaciones.

Las del Consejo Nacional Electoral por la Registraduría Nacional.

¿Dónde se ubican las arcas triclaves?

Las arcas se deben ubicar en los sitios que ofrezcan seguridad y espacio suficiente para la introducción de los pliegos. Cuando el volumen de los documentos lo haga indispensable, podrán utilizarse locales u oficinas que se acondicionarán como arcas triclaves. (Art. 146 del Código Electoral).


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Los claveros y sus funciones durante las elecciones


Los claveros son los encargados de la seguridad del material electoral desde el momento en que concluye la jornada electoral, a las 4:00 pm, hasta el escrutinio.

De acuerdo con el artículo 41, de la Ley 1475 de 2011, “Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares comenzarán el escrutinio que les corresponde el mismo día de la votación, a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa y a medida que se vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos, en el local que la respectiva Registraduría previamente señale.

Dicho escrutinio se desarrollará hasta las doce (12) la noche. Cuando no sea posible terminar el escrutinio antes de la hora señalada, la audiencia de escrutinio continuará a las nueve (9) de la mañana del día siguiente hasta las nueve (9) de la noche y así sucesivamente hasta terminar el correspondiente escrutinio”.

A medida que se vayan recibiendo los formularios E-14 y demás pliegos provenientes de las mesas de votación, los claveros los introducirán inmediatamente en el arca triclave respectiva y anotarán en un registro con sus firmas, el día y la hora de la introducción de cada uno de ellos y su estado.
El arca triclave es la caja o recinto con tres cerraduras o candados, donde se introducen los documentos electorales. Esta caja estará al cuidado de tres claveros y cada uno de ellos tendrá la llave de una de las cerraduras o candados.

Las arcas triclave deben estar marcadas exteriormente con el nombre de la zona, comuna o corregimiento y el municipio al que corresponde.

Una vez introducidas en el arca la totalidad de los documentos electorales, los claveros procederán a cerrarla y a sellarla. Posteriormente, elaborarán un acta general de la diligencia en la que conste la fecha, hora de su comienzo y terminación, así como el estado del arca.

Cuando se inicien los escrutinios respectivos, los claveros pondrán a disposición de la Comisión Escrutadora los sobres o paquetes que contienen los pliegos electorales de las mesas de votación, hasta la terminación del correspondiente escrutinio, de acuerdo con el artículo 152 del Código Electoral.

Así mismo, los claveros volverán a reunirse a la hora y fecha en que deben comenzar los escrutinios distritales, municipales y zonales y pondrán a disposición de las respectivas comisiones escrutadoras uno por uno los sobres o paquetes que contienen los pliegos de las mesas de votación, hasta la terminación del correspondiente escrutinio.


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Capacitación para todos los actores del proceso electoral

La Registraduría Nacional del Estado Civil adelantó durante el 2011 una serie de acciones para lograr que tanto funcionarios como jurados de votación, testigos electorales, comisiones escrutadoras, partidos y candidatos, y en general todos los ciudadanos, conocieran más acerca del proceso electoral que se realizó el pasado 30 de octubre cuando los colombianos acudieron a las urnas para escoger a sus autoridades locales.

Foros, capacitaciones, cartillas, transmisiones a través de la web hicieron parte de las estrategias implementadas por la Entidad. Acciones que además se realizaron en varias regiones del país desconcentrando la información.

La formación empieza por casa
Para la Registraduría fue prioritario que sus funcionarios conocieran cada uno de los cambios, empezando por los que trajo la Reforma Política, así como los mecanismos implementados al interior para garantizar transparencia en el proceso.

El primer tema para socializar entre los funcionarios fue el proceso de inscripción de cédulas que se realizó en el país desde el miércoles 23 de febrero y hasta el 22 de mayo.

El 14 de febrero, la Entidad capacitó a los Registradores Municipales, Auxiliares y Especiales, a los Coordinadores Electorales y funcionarios de los Centros de Acopio de cada departamento en el diligenciamiento de los formularios y el manejo del aplicativo informático diseñado para conocer diariamente el proceso de inscripción.
Un equipo de funcionarios de la dirección de Censo Electoral se desplazó desde Bogotá a los diferentes departamentos, entre el 14 y el 22 de febrero, para dar cobertura a todo el país y lograr que todos los funcionarios recibieran la información respectiva.

Estas jornadas continuaron durante los meses previos a los comicios realizados el pasado 30 de octubre. Desde el 14 y hasta el 22 de julio las capacitaciones estuvieron dirigidas a todos los Registradores Especiales y Municipales en temas de inscripción de candidaturas, procedimientos y selección de jurados de votación, reforma política y censo electoral.

A esta jornada pedagógica asistieron además todos los coordinadores electorales departamentales y los formadores de centros de acopio.

El tercer encuentro de formación se realizó entre el 1 y el 2 de septiembre en Bogotá, en el que participaron todos los Registradores Especiales del país, para conocer el proceso de capacitación de jurados de votación, los testigos electorales, el escrutinio inmediato de mesa, la divulgación de resultados electorales y el plan de comunicaciones.

Funcionarios expertos en temas electorales de las diferentes dependencias de la Registraduría Nacional, que intervinieron en el proceso electoral, dirigieron las capacitaciones a los 74 Registradores Especiales, ya que fueron ellos los encargados de todo el desarrollo del proceso electoral en los municipios zonificados.

Jurados mejor capacitados

La Registraduría publicó en su página web www.registraduria.gov.co la cartilla de jurados de votación, para que los ciudadanos la conocieran, la estudiaran y llegaran mejor preparados a las capacitaciones que programó la Entidad de manera presencial en los 1.102 municipios del país para los 615.085 jurados que prestaron su servicio

Con esta cartilla no solo se llegó a los jurados sino a los partidos y movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos, testigos electorales acreditados ante los partidos, las misiones de observación y órganos de control vinculados al proceso electoral del 30 de octubre.

A la información entregada a través de la cartilla se sumaron las capacitaciones presenciales las cuales iniciaron en agosto y se extendieron hasta octubre, los talleres teórico prácticos, no sólo en los sitios en los que habitualmente se ofrece la capacitación sino también en las universidades y empresas en donde estas personas estudian o trabajan. Otra alternativa de capacitación para los jurados fue el Curso Virtual que se ofreció en convenio con el Sena.

Los partidos también participaron

Los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos como actores importantes de la jornada electoral también recibieron información de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Los temas tratados fueron el nuevo modelo de las tarjetas electorales, el rediseño del formulario E-14 y el nuevo software para la inscripción de candidatos.

La capacitación en materia de la nueva tarjeta electoral buscó explicar el propósito del modelo, las ventajas que se buscaban como la reducción en los votos nulos.


Jueces y policías

La Registraduría Nacional del Estado Civil envió por correo certificado 5.000 cartillas para capacitar a los jueces de todo el país sobre el proceso de escrutinio inmediato y los cambios que trae a raíz de la entrada en vigencia la Reforma Política.

Así mismo, desde el mes de septiembre se realizó en Bogotá la capacitación de más de 13.000 miembros de la fuerza pública en las que se trataron temas esenciales para el día de las elecciones, tales como jurados de votación, testigos electorales, propaganda electoral, delitos electorales y seguridad, entre otros.


Foros para todos los actores del proceso electoral

La Registraduría suscribió un convenio con la Revista Semana y la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, para realizar un ciclo de 5 foros llamados “Por una Colombia bien gobernada”, donde se trataron temas electorales como financiación de campañas, la vigilancia electoral, las funciones de los organismos electorales y la vigilancia electoral.

Los foros se realizaron en Bogotá, Medellín, Barranquilla y Cali con una asistencia presencial promedio de 400 personas, y un seguimiento a través de internet de más de 3.000 personas para cada evento. Adicionalmente La Esap, retransmitió todos los foros vía satelital en sus salones de capacitación en Medellín, Barranquilla, Cartagena, Tunja, Manizales, Neiva, Pereira, Bucaramanga, Villavicencio, Ibagué y Cali.
Como complemento a esta estrategia, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación adelantaron un ciclo de 8 foros “Estatuto Anticorrupción y Elecciones 2011” dirigido a las comisiones escrutadoras encargadas del proceso de oficialización de los resultados electorales y la declaratoria de elección, así como a partidos políticos y miembros de la organización civil, entre otros invitados.

Los foros iniciaron el 14 de julio y finalizaron el 13 de octubre y se cumplieron en las ciudades de Medellín, Riohacha, Barranquilla, Bucaramanga, Villavicencio, Ibagué y Pereira. Estos foros contaron con una asistencia promedio superior a las 350 personas y un seguimiento virtual de más de 2.000 cibernautas por sesión.


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Así Pasó

La Registraduría Nacional realizó varios simulacros y pruebas de funcionalidad de transmisión de datos

La Registraduría Nacional del Estado Civil realizó durante el mes de octubre simulacros de transmisión, recepción y consolidación y pruebas de funcionalidad técnica de comunicaciones y transmisión de datos, como preparación para las elecciones de autoridades locales que se realizaron en el país el 30 de octubre. Todo estuvo dispuesto a partir de las 9:00 am para dar inicio a las diferentes pruebas con las que se medió la capacidad de transmisión y recepción, preconteo, consolidación y divulgación de información de los resultados del conteo rápido de los resultados electorales de las 91.520 mesas instaladas en todo el territorio nacional.

Las pruebas sirvieron para evaluar la capacidad técnica instalada, las líneas telefónicas, el software, los centros de procesamiento y las distintas medidas de contingencia adoptadas.

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Votar ahora es más fácil: Instructivo de votación del 30 de octubr


Con el lema Votar ahora es más fácil, la Registraduría Nacional del Estado Civil adelantó la campaña pedagógica para explicarle a los colombianos cómo usar correctamente las tarjetas electorales del 30 de octubre, día en que los colombianos elegieron a los gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las Juntas Administradoras Locales.

Lla tarjeta electoral fue rediseñada para disminuir en un 70% el índice de votos nulos, ya que en 2007 más de 3 millones de tarjetas electorales resultaron nulas debido a la dificultad que tenía el elector para la escogencia de sus candidatos en la tarjeta electoral.

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La Registraduría Nacional del Estado Civil diseñó un nuevo modelo de cubículo

Así como la Registraduría Nacional del Estado Civil diseñó una nueva tarjeta electoral para las elecciones del 30 de octubre, con el fin de garantizar que votar ahora sea más fácil, en estos comicios los colombianos también estrenaron un nuevo modelo de cubículo, para proteger el secreto del voto y evitar que otros ciudadanos puedan ver las marcas que hace cada sufragante.

El nuevo diseño del cubículo, es decir el sitio al que los ciudadanos se acercan para marcar las tarjetas electorales, es un modelo más fácil de armar, más económico y ofrece mayor privacidad al votante, ya que tiene una pestaña o “pared” a cada lado y otra al frente que garantiza el secreto al voto. Mientras el cubículo anterior tenía dos caras, este tiene tres, buscando proteger la intimidad del votante.

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30.669.020colombianos conforman el censo electoral y estuvieron habilitados para votar el 30 de octubre

Un total de 30.669.020 ciudadanos podian votar en los 1.102 municipios del país el 30 de octubre en las elecciones de autoridades locales.

De los 30.669.020 colombianos que hacen parte del censo electoral, 14.741.464 son hombres y 15.927.556 mujeres.

Estos ciudadanos podian sufragar en 91.255 mesas de votación distribuidas en 10.271 puestos de votación.

El pasado 29 de julio, la Registraduría Nacional del Estado Civil publicó el precenso electoral en el que estaban habilitados para sufragar 30.785.857 de personas. El censo para la elección de autoridades locales disminuyó en 96.333 ciudadanos habilitados para votar en comparación con el precenso. La cifra de ciudadanos habilitados para votar el 30 de octubre varió debido a las reclamaciones que realizaron los ciudadanos durante el mes en el que permaneció publicado el precenso en las Registradurías Distrital, Municipales y Departamentales para presentar las correspondientes objeciones.

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