La cédula de ciudadanía como documento de identificación en los actos políticos
como civiles quedó consagrada por la ley 7º de noviembre 8 de 1934,
sancionada por el presidente Alfonso López la cual disponía en su artículo
quinto que: "...a partir del 1 de febrero de 1935 será obligatoria la
presentación de la cédula de ciudadanía que para efectos electorales,exige la
ley 31 de 1929, en todos aquellos actos civiles y políticos en los que la
identificación personal sea necesaria..."(fuente: Historia Electoral Colombiana.
cap. 2). Esta cédula se expedia a las personas mayores de 21 años.
Posteriormente y acorde con el artículo 1 de la Ley 39 de 1961, la cédula de ciudadanía es el documento con
el cual los colombianos
mayores de edad, pueden identificarse en todos los actos civiles, políticos, administrativos y judiciales. Actualmente,
en Colombia, existen tres formatos vigentes de cédula, hasta el 31 de diciembre
de 2009. La Registraduría renovará las cédulas de primera y segunda generación
para que el 1o de enero de 2010 todos los ciudadanos colombianos porten un único
tipo de cédula, según la Ley 999 del 25 de diciembre de 2005.
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Certificado Electoral: Uno de los documentos más antiguos
usado como |
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Cédula Blanca Laminada: |
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Cédula Café Plastificada: |
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Cédula Amarilla de Hologramas: |
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