Inscripción de cédulas en puestos de votación

Histórico

Edición 4 del 19 de mayo de 2011

Historia del censo electoral en Colombia

 

El censo electoral es el instrumento técnico que le permite a la Registraduría Nacional del Estado Civil planear, organizar, ejecutar y controlar los eventos electorales en todo el país. La Corte Constitucional, en Sentencia C – 1121 de 2004, definió el censo electoral como Ver más

Más de 150 años de cambios

 

El censo electoral se remonta a 1843, año en que se redactó una nueva Constitución, la cual concedió el derecho a participar en los procesos electorales a aquellos hombres libres, mayores de 21 años que fueran dueños de bienes raíces localizados en el territorio. Con esta reforma se amplió el proceso electoral y en 1856 se realizó por primera vez en el país una elección de Presiéntete de la República por medio del sufragio universal.....Ver más

 

La última inscripción de cédulas de ciudadanía

 

El último período de inscripción de cédulas en puestos de votación fue entre el 19 de octubre y el 2 de noviembre de 2009. Los colombianos residentes fuera del país adelantaron este proceso hasta el 13 de noviembre de 2009. Antes de éste, se había realizado un proceso de inscripción de cédulas del 1 de marzo al 21 de mayo de 2007…Ver más

La Reforma Política de 2010

 

La reciente Reforma Política aprobada en el Congreso en diciembre de 2010 y que se encuentra actualmente en estudio por parte de la Corte Constitucional, trae consigo algunos cambios en materia de la depuración e inclusión de cédulas al censo electoral. Ver más

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El Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, Registrador Nacional invita a los ciudadanos a inscribir su cédula de ciudadanía

 

El Dr. Alfonso Portela Herrán, Registrador Delegado en lo Electoral de la Registraduría Nacional, explica la inscripción de cédulas en puestos de votación

quienes conforman el censo electoral

El Dr. Holman Ibáñez Parra, Director de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, habló en rueda de prensa realizada ayer lunes 16 de mayo sobre la inscripción de cédula para extranjeros y aplazamiento de la inscripción de cédulas en puestos de votación en municipios afectados por ola invernal, haga clic en el siguiente link para escuchar audio: http://www.registraduria.gov.co/audios/aplazan_inscripcion_algunos_puestos.mp3

Historia del censo electoral en Colombia

 

Foto del periódico La Republica en 1964, donde las personas ubican su nombre en el censo electoral de dicho año

 

El censo electoral es el instrumento técnico que le permite a la Registraduría Nacional del Estado Civil planear, organizar, ejecutar y controlar los eventos electorales en todo el país.

 

La Corte Constitucional, en Sentencia C – 1121 de 2004, definió el censo electoral como “una base de datos donde se incluyen los ciudadanos colombianos, residentes en el país y en el exterior, que pueden válidamente sufragar en un determinado certamen democrático, y que le permite al Estado controlar, planear, organizar y desarrollar no sólo los certámenes electorales sino igualmente los mecanismos de participación”.

 

A partir de la determinación del tamaño del censo electoral y de la participación ciudadana en los diferentes procesos electorales es posible calcular la cantidad de mesas de votación a instalar, lo que a su vez permite cuantificar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros que se requieren para la realización de las jornadas democráticas.

 

Para la conformación del censo previo a una nueva elección, se toma como base el censo electoral utilizado en los últimos comicios, se incorporan las cédulas inscritas durante el periodo de inscripción programado y se adicionan las cédulas expedidas por primera vez hasta cuatro meses antes de la respectiva elección. Así mismo, se excluyen las cédulas de los miembros activos de las fuerzas militares, de los ciudadanos condenados a pena privativa de la libertad y pérdida de derechos políticos y los documentos cuyo estado de vigencia fue afectado por muerte del ciudadano durante el lapso comprendido entre la última elección y la fecha de conformación.

 

La Dirección de Censo Electoral ha cumplido con el procesamiento, depuración y consolidación de información tanto de inclusión como de exclusión de cédulas en el censo y se pasó de 28.325.421 cédulas aptas para votar en el 2008 a 29.882.147 en el 2009 y a 30.261.335 a 31 de diciembre de 2010.

 

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Más de 150 años de cambios

 

Foto de 1970 en puesto de votación

 

El censo electoral se remonta a 1843, año en que se redactó una nueva Constitución, la cual concedió el derecho a participar en los procesos electorales a aquellos hombres libres, mayores de 21 años que fueran dueños de bienes raíces localizados en el territorio. Con esta reforma se amplió el proceso electoral y en 1856 se realizó por primera vez en el país una elección de Presiéntete de la República por medio del sufragio universal.

 

Así inicia, con la primera elección, la creación del censo electoral conocido en el siglo pasado como conformación de la lista de electores.

 

En 1948, la Ley 89 dio origen a la Registraduría Nacional del Estado Civil y encargó a la Entidad la labor de construir los censos electorales y organizar los procesos electorales.

El Decreto 2241 o Código Electoral y la Ley 6 de 1990 contienen las disposiciones vigentes relacionadas con la organización de los procesos electorales y la conformación del censo electoral tales como la suspensión de la preparación de cédulas de ciudadanía cuatro meses antes de una votación con el fin de elaborar las listas de sufragantes.

 

Se establece además que a partir de 1988, el ciudadano sólo podrá votar en el lugar en donde está inscrita su cédula de ciudadanía y permanecerán en el censo electoral del sitio respectivo, las cédulas que integraban el censo de 1988, y las que con posterioridad se expidan allí o se inscriban, mientras no sean canceladas o se inscriban en otro lugar.

 


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La última inscripción de cédulas de ciudadanía

 

 

Cronología de la inscripción de cédulas

Año

Meses

Tipo de Elección

Inscritos Colombia

Inscritos Exterior

1997

Junio – Julio

Autoridades Locales

4.075.627

0

2000

Junio

Autoridades locales – octubre 29

3.117.374

0

2001

Octubre – Diciembre

Presidente – Congreso

1.763.689

155.352

2003

8 Enero – 3 Junio

Referendo y autoridades locales

289.410

0

6 Junio – 23 junio

2.047.870

0

Total 2003

Enero – Junio

 

2.337.280

155.352

2005

14 Febrero – 31 Octubre

Presidente, Vicepresidente y Congreso

199.872

144.256

1 al 10 de Noviembre

2.016.592

0

Total 2005

Febrero – Noviembre

 

2.216.464

144.256

2007

1 de Marzo – 21 de Mayo

Autoridades Locales – Octubre 27

3.696.056

0

2009

19 de Octubre – 13 de Noviembre

Presidente, Vicepresidente y Congreso

 

2.524.005

74.961

 

 

 

El último período de inscripción de cédulas en puestos de votación fue entre el 19 de octubre y el 2 de noviembre de 2009. Los colombianos residentes fuera del país adelantaron este proceso hasta el 13 de noviembre de 2009. Antes de éste, se había realizado un proceso de inscripción de cédulas del 1 de marzo al 21 de mayo de 2007.

En el último periodo de inscripción de cédulas del año 2009 un total de 2.524.005 colombianos se inscribieron para las elecciones de Congreso y Presidente de 2010. Se inscribieron en el exterior 74.961 y en el territorio nacional 2.449.044 personas.


Del 1 de marzo al 21 de mayo de 2007 se inscribieron 3.696.056, previo a las elecciones de autoridades locales, similares a las que se celebrarán el próximo 30 de octubre de 2011.

 

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La Reforma Política de 2010

 

 

La reciente Reforma Política aprobada en el Congreso en diciembre de 2010 y que se encuentra actualmente en estudio por parte de la Corte Constitucional, trae consigo algunos cambios en materia de la depuración e inclusión de cédulas al censo electoral.

 

La reforma busca modificar los plazos estipulados por la Ley 6 de 1990 para la conformación del censo. Mediante el artículo 47 se modifica la definición de censo: Hasta el momento, están aptas para votar y hacen parte del censo electoral los ciudadanos que tienen cédula de ciudadanía vigente. Sin embargo, si la reforma política pasa el examen de constitucionalidad y es promulgada por el Presidente de la República, el censo electoral se conformaría únicamente con los ciudadanos que sufragaron en la última elección presidencial, quienes obtuvieron su cédula por cédula por primera vez después de esos comicios y aquéllos que inscriban su cédula antes de la próxima elección.

 

Además, se modificarían los plazos estipulados por la Reforma de 1990, que regulan los tiempos de inclusión de personas y depuración del censo ya que el artículo 49 de la reforma señala que el periodo de inscripción se llevaría a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerraría 2 meses antes de la jornada electoral.

 

Esto significa que se recortaría el tiempo para realizar el proceso de depuración de las bases de datos. Según la Ley 6 de 1990 era de 4 meses y con la Reforma, el plazo para excluir del censo a los ciudadanos que no estén habilitados por la Constitución y la Ley para ejercer su derecho al voto, se reduce a dos meses antes de la elección.

De la misma manera, con los artículos 50 y 51 de dicha Reforma se modificarían los períodos de inscripción y de votaciones en el exterior

 

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