Registraduría Nacional del Estado Civil - Ayer lunes 28 de mayo venció el plazo para modificación de las candidaturas inscritas para la elección de gobernador de Valle
Organización Electoral
Registraduría Nacional del Estado Civil
República de Colombia
Escudo de Colombia
Síganos en: twitter face book blog youtube RSS
última actualización 4:24 pm mayo 20 de 2013

Prensa

Comunicado de Prensa No. 222 de 2012

Bookmark and Share

El 20 de junio vence el plazo para modificación de candidatos en caso de muerte

Ayer lunes 28 de mayo venció el plazo para modificación de las candidaturas inscritas para la elección de gobernador de Valle

- El miércoles 30 de mayo se publicará la lista de los aspirantes a esta elección.

- La Registraduría Nacional del Estado Civil remitirá a la Procuraduría General de la Nación la lista de los candidatos para confrontarla con las bases de datos de los ciudadanos inhabilitados.

Bogotá D.C, viernes 25 de mayo de 2012. Este lunes 28 de mayo a las 6:00 pm, vence el plazo para la modificación de los candidatos inscritos para la elección de gobernador de Valle, que se celebrará el domingo 1 de julio.

El pasado lunes 21 de mayo, a las 6:00 pm, venció el plazo para que los partidos políticos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos inscribieran sus candidatos.

Al culminar el período de inscripción, 3 partidos y movimientos políticos postularon aspirantes para ocupar este cargo y culminar el periodo electoral 2012 – 2015, así:

• Ubeimar Delgado Blandón, por la coalición Unidad Vallecaucana (Partido Verde, Partido de Unidad Nacional, Partido Liberal, Partido Conservador, Partido Cambio Radical, Partido Alianza Social Independiente, Asi y Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia, Aico).

• Carlos Arbey González Quintero, por el Partido Polo Democrático Alternativo.

• Francined de Jesús Cano Ramírez, por el Movimiento de Inclusión y Oportunidades, MIO.

Hasta el momento los partidos y movimientos políticos no han realizado la modificación de la inscripción de ningún aspirante a la gobernación del Valle.

De acuerdo con el calendario electoral establecido para esta elección, el miércoles 30 de mayo se publicará la lista de los aspirantes para estos comicios y la Registraduría Nacional del Estado Civil remitirá a la Procuraduría General de la Nación las listas de los candidatos para confrontarlas con las bases de datos de los ciudadanos inhabilitados.

El viernes 1 de junio vence el plazo para que los partidos y movimientos políticos realicen modificaciones por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviviente o evidencia con posterioridad de la inscripción.

De acuerdo con el Artículo 31 de la Ley 1475 de 2011, “Cuando se trate de revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción, podrán modificarse las inscripciones hasta un (1) mes antes de la fecha de la correspondiente votación”.

Hasta el miércoles 20 de junio, los partidos y movimientos políticos tienen plazo de realizar la modificación de los candidatos en caso de muerte.

De acuerdo con las consideraciones de decreto 0930 del 4 de mayo de 2012 suscrito por el Ministerio del Interior, la elección del gobernador de Valle, obedece a que la Contraloría General de la República declaró con responsabilidad fiscal solidaria a título de culpa grave y por una cuantía de $40.767.369.586 indexada a febrero de 2012, a Héctor Fabio Useche de la Cruz, elegido gobernador del Valle el pasado 30 de octubre de 2012. “Dicha situación genera inhabilidad sobreviviente al mencionado servidor público para desempeñar cargos públicos a partir de la ejecutoria del fallo que lo declaró responsable fiscal”.

Pedagogía

¿Cómo se elabora la División Política Administrativa para una elección atípica?

La División Política Administrativa, Divipol, se actualiza permanentemente en la medida que los Concejos Municipales expiden los acuerdos respectivos, de tal suerte que al programarse una elección atípica, para la ubicación de mesas de votación se tienen en cuenta los sitios que cumplan con esta disposición. Referente a la designación de los lugares donde funcionarán las mesas de votación, una vez se convoca a la elección, el Registrador Municipal, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 6 de 1990, expide la correspondiente resolución en coordinación con el Alcalde respectivo. Más preguntas frecuentes en: http://www.registraduria.gov.co/-AB...

Noticias al día
Lea, escuche y vea todos los días las noticias que sobre la Organización Electoral publican los medios de comunicación nacionales y regionales, en prensa, radio, televisión e internet. Para acceder a este servicio ingrese al siguiente enlace http://www.registraduria.gov.co/?page=noticias_aldia

youtube       face book       twitter      twitter      twitter      twitter RSS

Si aún no recibe la información de la Registraduría Nacional del Estado Civil en su correo electrónico, suscríbase aquí
Si no desea volver a recibir información de la Registraduría Nacional del Estado Civil haga clíc aquí

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Avenida Calle 26 # 51-50 - CAN (Bogotá - Colombia) Conmutador: (571) 220 2880
Horario de atención al público en el CAIC de la Dirección Nacional de Identificación de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua



Visitas desde el 9 de julio de 2010