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Las entidades interesadas deben contar con los medios tecnológicos “Emplear la consulta biométrica para las transacciones financieras y comerciales es nuestro propósito”: Registrador Nacional del Estado Civil
Bogotá D.C, miércoles 4 de julio de 2012. La implementación de la biometría en las entidades financieras y comerciales es el propósito que tiene la Registraduría Nacional del Estado Civil, después de varias medidas que se han aplicado desde febrero para dar cumplimiento a la Ley Antitrámites. “La consulta biométrica que ha sido tan exitosa en las elecciones se empleará para identificar a los ciudadanos durante las transacciones financieras y comerciales, así como nosotros tenemos seguridad de quién es el votante a través de la información de la huella, un banco o un establecimiento de comercio tendrá plena seguridad de quién es la persona que realiza la transacción. Este es nuestro propósito”, manifestó el registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez Torres. Respecto a la verificación de la huella, el Decreto 019 de enero de 2012, estipula en su Artículo 18, que “En los trámites y actuaciones que se cumpla ante las entidades públicas y los particulares que ejercen funciones administrativas en los que se exija la obtención de la huella dactilar como medio de identificación inmediato de la persona, ésta se hará por medios electrónicos”. La Registraduría Nacional del Estado Civil, a través del Archivo Nacional de Identificación, ANI, y el Sistema de Identificación Automatizado de Huellas Dactilares, Afis, es la Entidad encargada de entregar a las entidades públicas y privadas que así lo requieran, la información de más 40 millones de colombianos mayores de 18 años de edad vivos y muertos, por medio de la captura y cotejo de la huella dactilar. Para ello, “las referidas entidades y particulares contarán con los medios tecnológicos de interoperabilidad necesarios para cotejar la identidad del titular de la huella con la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil”, como lo estipula la Ley Antitrámites. Entre las medidas adoptadas por la Entidad se encuentran la eliminación del certificado de contraseña, la expedición gratuita del certificado de vigencia de la cédula por internet, el aplicativo web para que las notarias y entes encargados del registro civil reporten en tiempo real los registros civiles de defunción y la plataforma tecnológica para certificar la supervivencia de una persona a través del Ministerio de Protección Social. Recursos para periodistas: Más información sobre la Ley Antitrámites en el siguiente enlace: http://www.registraduria.gov.co/-Ley-Antitramites-.html Vea y escuche las declaraciones del Registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres, hablando sobre las medidas tomadas con respecto a la Ley Antitrámitesen los siguientes enlaces: Para más información sobre la descarga del certificado de vigencia de la cédula, en desarrollo de la Ley Antitrámites, vea y escuche Fernando Cadena Guevara, Coordinador de la Oficina de Novedades y Oscar Ernesto Torres Parra, Coordinador de Desarrollo y Programación de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Para más información sobre sobre la aplicación web para el reporte en línea de Registros Civiles de Defunción, en desarrollo de la Ley Antitrámites, vea y escuche a Oscar Torres Parra, Coordinador de Desarrollo y Programación de la Gerencia de Informática: |
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Pedagogía ¿Si deseo rectificar en mi cédula de ciudadanía el nombre o apellido, qué documento debo llevar? Si usted desea realizar la rectificación de la cédula de ciudadanía por cambio de nombre o apellido, debe llevar copia original del registro civil de nacimiento con el espacio de notas. Más preguntas frecuentes en: http://www.registraduria.gov.co/-AB... | ||
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