Registraduría Nacional del Estado Civil - Normatividad
Organización Electoral
Registraduría Nacional del Estado Civil
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última actualización 9:06 pm mayo 24 de 2013

Elecciones de autoridades locales

 
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Normatividad

Ministerio del Inteior
Decreto 3569 del 27 de septiembre de 2011

Por la cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones de Autoridades y Corporaciones Públicas Territoriales y se dictan otras disposiciones.


Registraduría Nacional del Estado Civil
Resolución No.4574 del 09 de junio de 2011

Por la cual se reanuda el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía para las elecciones de Gobernadores, Alcaldes, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y miembros de Juntas Administradoras Locales, que se realizarán el 30 de octubre de 2011, en los municipios en los cuales fue suspendido el proceso de inscripción por motivos de fuerza mayor (ola invernal).


Registraduría Nacional del Estado Civil y Procuraduría General de la Nación
Circular Conjunta No.12 del 19 de mayo de 2011

Presentación de listas, capacitación e idoneidad de los Testigos Electorales: Asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y los particulares como de su reconocida honorabilidad en el desempeño de las mismas.


Registraduría Nacional del Estado Civil
Resolución No.3748 del 16 de mayo de 2011

Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 3698 de 2011, que se suspende el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía para las elecciones de Gobernadores, Alcaldes, Asambleas Departamentales, Consejos Municipales y miembros de Juntas Administradoras Locales, que se realizarán el 30 de octubre de 2011, en algunos puestos de votación del país.


Consejo Nacional Electoral - Resolución No. 0022 del 10 de febrero de 2011

Por la cual se señala el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo el día 30 de octubre del año 2011.


Registraduría Nacional del Estado Civil
Resolución No. 0871 de 8 de febrero de 2011

Por la cual se establece el calendario Electoral para las elecciones de Gobernadores, Alcaldes, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y miembros de las Juntas Administradoras Locales, a realizarse el 30 de octubre de 2011.


Consejo Nacional Electoral - Resolución No. 0002 de 2011

Por la cual se fijan los montos máximos de dinero que se pueden invertir en las campañas de los mecanismos de participación ciudadana del año 2011 y los montos máximos de dinero privado con los cuales pueden contribuir los particulares para sufragar los gastos del proceso de recolección de firmas de tales mecanismos.


Consejo Nacional Electoral - Resolución No. 0003 de 2011

Por la cual se fija el valor de las pólizas de seriedad de candidaturas que deben otorgar los grupos significativos de ciudadanos y los movimientos sociales que inscriban candidatos a gobernaciones, asambleas departamenles y alcaldías, concejos municipales y distritales y a juntas administradoras locales, para las elecciones a realizarse en el año 2011.


Consejo Nacional Electoral - Resolución No. 0004 de 2011

Por la cual se reajustan y fijan los valores correspondientes a la reposición por voto válido depositado a favor de los candidatos para Gobernación, Alcaldías Municipales y Distritales, ASambleas Departamentales y Concejos Municipales y Distritales en las elecciones que se realicen en el año 2011.


Consejo Nacional Electoral - Resolución N° 0215 de 2007

Por la cual se establece el procedimiento breve y sumario a seguir para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas.


Congreso de Colombia - Ley N° 1070 de 2006

Por medio de la cual se reglamenta el voto de extranjeros residentes en Colombia.


Código Electoral Colombiano

Decreto 2241 de 15 de julio de 1986 por el cual se adopta el Código Electoral.


Reforma política de 2003 - Decreto 99 de 2003

Decreto 99 de 20 de enero de 2003 por el cual se ordena la publicación del proyecto de acto legislativo, por el cual se adopta una reforma política constitucional y se dictan otras disposiciones.


Reforma Política de 2009 - Acto Legislativo 01 de 2009

Acto legislativo 01 de 14 de julio de 2009 por el cual se modifican y adicionan unos artículos de la Constitución Política de Colombia.


Constitución Política de Colombia

El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente: CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA


Calendario Electoral 2011
Octubre
3 Los partidos políticos presentan a las respectivas Registradurías del Estado Civil listas de los ciudadanos que actuarán como Testigos Electorales.
6 Selección de Delegados del Consejo Nacional Electoral.
15 días antes de la elección.
13 Designación de Comisiones Escrutadoras y Claveros por los Tribunales.
10 días antes de la elección.
15 Vence el plazo para que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos acrediten sus testigos electorales
18 Reemplazo de candidatos a Alcalde por muerte.
Ocho (8) días antes de la elección.
28 Finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos, las organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos y promotores de voto en blanco que hayan inscrito candidatos.
Cuarenta y ocho (48) horas antes de la elección.
29 Inicia la Ley Seca. 6 de la tarde del día anterior a la elección.
30 DÍA DE LA ELECCIÓN
Último domingo de octubre
30 Los miembros de la Comisión Escrutadora deberán estar en la sede, a las 3:30 de la tarde del día de la votación.
30 Se inician los escrutinios distritales, municipales y auxiliares a partir del cierre del proceso de votación.
31 Finaliza la Ley Seca. 6 a. m. del lunes siguiente a la elección.
ver calendario completo

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Avenida Calle 26 # 51-50 - CAN (Bogotá - Colombia) Conmutador: (571) 220 2880
Horario de atención al público en el CAIC de la Dirección Nacional de Identificación de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua



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