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última actualización 4:24 pm mayo 20 de 2013

Elecciones de autoridades locales

 
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Transparencia y seguridad, el gran reto electoral
Por: Carlos Ariel Sánchez Torres

Desde el año pasado la Registraduría Nacional del Estado Civil comenzó la preparación de las elecciones del 30 de octubre de 2011, fecha en la que los colombianos elegiremos alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y miembros de Juntas Administradoras Locales.

Seguramente las de octubre serán las elecciones más votadas en la historia de nuestro país y es un reto de la Organización Electoral y de las distintas entidades involucradas en el proceso, garantizar que las actividades preelectorales, el día de la elección y la etapa postelectoral se desarrollen con garantías para todos los ciudadanos, partidos y candidatos involucrados directamente en la contienda.

Las amenazas al proceso electoral pueden venir desde distintos frentes y por ello la Organización Electoral debe evaluar todos los riesgos posibles y blindarse contra ellos.

Existe, en primer lugar, el riesgo que representan las Farc y otros grupos guerrilleros, que tradicionalmente han tratado de obstaculizar el proceso electoral mediante amenazas a candidatos o actos terroristas como atentados a nuestras sedes y quema o retención de material electoral el día de la jornada, lo cual vulnera seriamente el derecho al sufragio de los colombianos.

Al lado de esa amenaza latente, se suma ahora la amenaza de las llamadas bandas criminales o Bacrim, rezago de los grupos de autodefensa, cuyo objetivo no es atentar directamente contra el proceso electoral sino cooptarlo o presionarlo: lograr que en puntos estratégicos de la geografía nacional ganen candidatos afines a sus intereses.

Llama la atención que el mapa de riesgo de fraude por suplantación, realizado por la Registraduría Nacional en el año 2009, y el mapa de riesgo de trashumancia electoral realizado en enero de este año, revelen que las zonas de mayor vulnerabilidad coinciden con regiones que son corredores para el tráfico de drogas, o con zonas con un importante ingreso por concepto de regalías.

Para blindar el proceso electoral y garantizarle a los colombianos transparencia y seguridad durante todo este período, la Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta para este proceso electoral con el apoyo de todos los miembros de la Policía Nacional. Nuestra entidad avanza en la preparación de la Cartilla de Formación y Capacitación dirigida a la Fuerza Pública, documento que incluye entre otros las funciones, competencias y prohibiciones de orden constitucional y legal de los miembros de la fuerza pública en el proceso electoral, así como recomendaciones para todo el personal de la institución, a fin de evitar conflictos de intereses, extralimitación de competencias o desviaciones y abusos de poder entre autoridades y funcionarios de las diferentes ramas del poder público.

Entre otros, los miembros de la Policía Nacional prestarán colaboración a los Delegados Departamentales y Registradores del Estado Civil y custodiarán nuestras sedes, incluyendo los centros de cómputo o procesamiento de información. Así mismo prestarán servicio de vigilancia en los puestos de votación, brindarán seguridad en el traslado de los pliegos electorales, custodiarán las arcas triclaves y vigilarán los sitios de escrutinio, que si se aprueba la reforma política que actualmente estudia la Corte Constitucional, será un escrutinio inmediato que comience tan pronto los jurados de votación terminen su misión, y no el martes siguiente a la elección, como está estipulado en el actual Código Electoral.

La actividad de la Policía Nacional el día de la elección en los puestos de votación es crucial para garantizar la seguridad de sufragantes, jurados y testigos, así como del material electoral. Durante la jornada electoral los miembros de la Policía Nacional realizarán acompañamiento a los jurados de votación, que son los únicos autorizados para manipular el material electoral. Así mismo brindarán garantías a todos los testigos electorales debidamente acreditados por los partidos y movimientos políticos, para que puedan ejercer su función veedora y verificadora, y a los delegados de puesto de la Organización Electoral.

Corresponde a la Policía garantizar el orden en el ingreso de ciudadanos a los puestos de votación y velar por el cumplimiento de medidas como la ley seca, la prohibición de porte de armas y de propaganda política, la obligatoriedad de ingresar a los puestos de votación con los celulares apagados y abstenerse de utilizarlos dentro del sitio, y la prohibición de ingresar cámaras fotográficas o de vídeo, salvo los representantes de los medios de comunicación, quienes en todo caso no podrán vulnerar el secreto del sufragio.

Por último, vale la pena recordar que los miembros de la Fuerza Pública no pueden ejercer la función del sufragio mientras permanezan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos; no pueden ser nombrados como jurados ni como testigos electorales, y no pueden interferir en el proceso de las votaciones ni en los escrutinios de mesa ni de comisiones escrutadoras. Esto incluye que no están autorizados para solicitar a los jurados información sobre los resultados del conteo de votos, ni información parcial sobre el número de votantes que ha concurrido a las urnas.

Confiamos en que el trabajo mancomunado que desarrollemos entre la Organización Electoral y la Fuerza Pública permita garantizarle a los colombianos unas elecciones seguras y transparentes, que refrenden la fortaleza de nuestro sistema democrático.

Calendario Electoral 2011
Octubre
3 Los partidos políticos presentan a las respectivas Registradurías del Estado Civil listas de los ciudadanos que actuarán como Testigos Electorales.
6 Selección de Delegados del Consejo Nacional Electoral.
15 días antes de la elección.
13 Designación de Comisiones Escrutadoras y Claveros por los Tribunales.
10 días antes de la elección.
15 Vence el plazo para que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos acrediten sus testigos electorales
18 Reemplazo de candidatos a Alcalde por muerte.
Ocho (8) días antes de la elección.
28 Finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos, las organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos y promotores de voto en blanco que hayan inscrito candidatos.
Cuarenta y ocho (48) horas antes de la elección.
29 Inicia la Ley Seca. 6 de la tarde del día anterior a la elección.
30 DÍA DE LA ELECCIÓN
Último domingo de octubre
30 Los miembros de la Comisión Escrutadora deberán estar en la sede, a las 3:30 de la tarde del día de la votación.
30 Se inician los escrutinios distritales, municipales y auxiliares a partir del cierre del proceso de votación.
31 Finaliza la Ley Seca. 6 a. m. del lunes siguiente a la elección.
ver calendario completo

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Avenida Calle 26 # 51-50 - CAN (Bogotá - Colombia) Conmutador: (571) 220 2880
Horario de atención al público en el CAIC de la Dirección Nacional de Identificación de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua



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