1. ¿Quién nombra los Delegados de Puesto de votación?
El Registrador Municipal, según el artículo 100 del Código Electoral Colombiano.
2. ¿Cuáles son los requisitos para ser Delegado de Puesto de votación?
Según el artículo 57 del Código Electoral, para ser Delegado de Puesto se debe ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
3. ¿Cuántas personas son designadas como Delegados de Puesto para la Jornada electoral?
La Registraduría Nacional del Estado Civil dispondrá de un Delegado de Puesto en cada uno de los puestos que se instalarán en todo el país.
4. ¿Cuál es el proceso de selección de los Delegados de Puesto y por cuanto tiempo se contratan?
La Registraduría realiza una convocatoria pública la cual es fijada en cada una de las sedes de la Entidad para que los interesados la conozcan y lleven los documentos que se exigen como: diploma de bachillerato, copia del puntaje del examen de Estado para ingreso a la educación superior y copia de cédula de ciudadanía. Después, la Registraduría realiza la selección teniendo en cuenta en primer lugar, los más altos puntajes en los exámenes de Estado y luego estudios superiores.
El personal se contrata entre 10 y 15 días antes de la jornada electoral, de acuerdo con los recursos disponibles asignados por el Gobierno Nacional.
Sigue a @registraduria5. ¿Quiénes no pueden ser designados como Delegado de Puesto?
No podrán ser Delegados de Puesto, los ciudadanos que sean parientes, ellos o sus cónyuges dentro del cuarto grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad, de quienes los nombren, o sea del Registrador Municipal.
6. ¿Ante quién toman posesión los Delegados de Puesto?
Los Delegados de Puesto tomarán posesión de su cargo ante el respectivo Registrador Municipal.
7. ¿Cuáles son las funciones del Delegado de Puesto?
8. ¿Quién capacita al Delegado de Puesto?
El ciudadano recibe capacitación de parte del Registrador del municipio en la sede de la Entidad.
9. ¿Qué actividades previas al día de la elección debe realizar el Delegado de Puesto?
10. ¿El Delegado de Puesto debe preparar el lugar de votación en donde fue asignado?
Sí, esta actividad se realiza el día sábado anterior a las elecciones y debe hacer las siguientes tareas:
11. ¿Qué debe tener el Delegado de Puesto en su carpeta el día de elección?
12. ¿Cuáles son las limitaciones del Delegado de Puesto?
Los Delegados deben tener muy presente que la máxima autoridad electoral en las mesas de votación son los jurados de votación. Las irregularidades o hechos que puedan constituir delitos electorales, deben ser denunciados por parte de los interesados ante las autoridades competentes en la mesa de justicia. Los delegados no tienen competencia legal para conocer sobre dichos hechos. Así mismo no pueden interferir en las funciones propias del proceso, a cargo de otras Entidades.
13. ¿A qué horas debe iniciar su labor el Delegado de Puesto el domingo de la elección?
Debe llegar a las 6:00 a.m., y presentarse ante las autoridades competentes como funcionario de la Registraduría Nacional responsable de proceso electoral. De inmediato empieza la verificación de las mesas.
14. ¿Qué hace el Delegado de Puesto cuando llegan los jurados de votación?
Debe recibir a los jurados, presentándose ante ellos como su Delegado e invitándolos a las 7:30 a.m. a revisar el kit de mesa y a que procedan a repasar el instructivo; indicándoles el diligenciamiento del acta de instalación, (primera parte del formato E-11).
Es importante reiterar a todos los jurados que deben permanecer durante el acto de instalación a partir de las 7:30 am; que es posible turnarse sus funciones durante la jornada, pero que es obligatorio contar con la presencia de todos los jurados, a las 4:00 p.m., para proceder a realizar el cierre de las votaciones y el preconteo de la mesa.
Sigue a @registraduria15. ¿Si no se presenta un jurado qué debe hacer el Delegado de Puesto?
El Delegado de Puesto tiene un formulario E-2 o de remplazo de jurados, el cual debe ser diligenciado en el momento de remplazar a los jurados que falten en las mesas de votación, con los que tiene en la lista de jurados remanentes.
16. ¿Qué debe hacer el Delegado de Puesto durante la jornada electoral?
17. ¿Qué debe hacer el Delegado de Puesto después de las 4:00 pm, una vez cerradas las mesas de votación?
18. ¿A dónde se dirige el Delegado de Puesto después de recoger los sobres de las mesas de votación?
El Delegado de Puesto le Informará al Comandante de Policía, a los organismos de control y a los Testigos Electorales su traslado hacía el sitio en el que se encuentran los claveros para la entrega de los sobres.
19. ¿Al Delegado de Puesto le entregan algún certificado por la gestión realizada?
Sí, una vez haga entrega de los documentos correspondientes a la totalidad de las mesas de votación a su cargo, a la comisión de claveros, debe reclamar el formulario E-19, indicando la hora de entrega.
Es importante que conserve dicho documento.
Sigue a @registraduria20. ¿Para que le sirve el certificado que es entregado al Delegado de Puesto?
El certificado le sirve para demostrar que entregó a los funcionarios de la Registraduría el material Electoral de las mesas que conforman el puesto asignado, antes de las 11:00 pm.